La tenencia compartida y la corresponsabilidad parental
DOI:
https://doi.org/10.55813/gaea/ccri/v4/n1/114Palabras clave:
Actitud Parental, derechos del niño, Igualdad de género, Sistemas JurídicosResumen
La coparentalidad ha sido una de las instituciones de novísimo aparecimiento en la realidad jurídica nacional. Aquello a partir de la publicación de la Sentencia No. 20-15-IN/21, en la que se realizó una revisión crítica a la coparentalidad y la tenencia compartida. Así también de cómo sus elementos fungen de vital importancia para la materialización de una serie de derecho y obligaciones. La presente investigación tuvo por objeto ahondar de manera crítica y reflexiva en el contenido de la prenombrada sentencia a fin de establecer criterios y directrices clara para la aplicación de esta. Para ello, el contenido metodológico se manifestó a través de la exegética jurídica y la revisión documental respecto de la doctrina, ley y jurisprudencia tanto nacional, como de ordenamientos jurídicos vecinos y de avanzada. Con los que se permitió denotar la necesidad por parte del sistema actual de dotar de reglas claras y precisas en las que el análisis jurisprudencial no recabó. Sin embargo, a partir del análisis obtenido, se augura la pronta reformulación de la tenencia compartida como figura clave para la materialización de la coparentalidad, así como los derechos y obligaciones de los progenitores para con sus hijos.