La proporcionalidad de las sanciones administrativas en el sistema educativo ecuatoriano.
DOI:
https://doi.org/10.55813/gaea/ccri/v5/n2/568Palabras clave:
Proporcionalidad, Sistema educativo, Infracciones, Sanciones administrativasResumen
En el presente artículo se analiza la aplicación del principio de proporcionalidad en la imposición de sanciones administrativas en el sistema Educativo Ecuatoriano a funcionarios que se encuentran sujetos a los procedimientos administrativos sancionadores que contempla la Ley Orgánica de Educación Intercultural y su Reglamento General, la importancia de este estudio recae en el particular de que nuestro ordenamiento constitucional reconoce el principio de proporcionalidad como parte de las garantías del debido proceso, lo que constituye un mandato de optimización en relación a la emisión de sanciones justas que se encuentren acorde al acto cometido, lo que quieres decir, que toda sanción desmedida contraviene el derecho al debido proceso en su garantía de la proporcionalidad, en este contexto, a través de la metodología de investigación cualitativa y de la técnica de recopilación documental, se consiguió abordar el estudio de la proporcionalidad desde sus diferentes aristas y conjeturas, donde la proporcionalidad ha sido vista como un medio de racionalización que a través de la ponderación permite analizar el hecho cometido frente al daño causado y por consiguiente determinar la aplicación correcta de la sanción que se encuentre acorde al daño infringido, concluyendo, que la naturaleza jurídica de este principio es regular el poder punitivo estatal impidiendo que las sanciones y las penas desborden de lo racional, no obstante, a diferencia de otras materias para el Derecho Administrativo, este principio puede volverse obsoleto, en virtud de que la administración a través de sus entes con potestad coercitiva se limitan únicamente a la aplicación de la ley, lo que significa que si la medida adoptada como castigo supera el acto que se sanciona, la única vía es la aplicación de la normativa sin la posibilidad de ningún tipo de interpretación.