La proporcionalidad de las penas en el delito de enriquecimiento ilícito en el Ecuador
DOI:
https://doi.org/10.55813/gaea/ccri/v4/nE2/173Keywords:
Delito, enriquecimiento ilícito, imprescriptibilidad, penas, proporcionalidadAbstract
El presente artículo se orienta al estudio de la proporcionalidad de la pena en el delito de enriquecimiento ilícito en Ecuador, con énfasis en la imprescriptibilidad que se ha contemplado para este tipo penal. Entiéndase como proporcionalidad al juicio valorativo sobre la coherencia o equilibrio que tiene que existir entre el hecho delictivo y la pena concreta. Ahora bien, pese a que el Código Orgánico Integral Penal (COIP, 2014), en su artículo 279 establezca que el enriquecimiento ilícito se sanciona según el monto de incremento patrimonial, buscando establecer una relación proporcional en la asignación de las penas, este concepto de proporcionalidad ha sido objeto de diversas interpretaciones y debates tanto a nivel nacional como internacional, más aún, al considerar que la acción penal y la condena de este tipo penal no prescriben en este país. Ante dicho escenario se aprecia la importancia de que en la nación se establezca una sanción que sea proporcional al delito del enriquecimiento ilícito, dado que el daño resultante afecta directamente al tesoro público, por ende, a la economía de la población ecuatoriana. De ahí la necesidad de llevar a cabo un análisis jurídico para comprender el contexto actual de esta problemática suscitada en Ecuador.