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Vol. 6 Núm. 1 / Enero Junio 2025
La implementación y eficiencia de los beneficios penitenciarios en el Centro de Privación
de Libertad Chimborazo Número Uno
The implementation and efficiency of prison benefits at the Chimborazo No. 1
Deprivation of Liberty Center
A implementação e eficiência dos benefícios penitenciários no Centro de Privação de
Liberdade Chimborazo Número Um
Luis Anibal Vimos Buñay1
Universidad Bolivariana del Ecuador
luiguivimos89@gmail.com
https://orcid.org/0009-0002-5564-4981
Fernando Alberto Gorozabel Villota2
Universidad Bolivariana del Ecuador
fernando4367@hotmail.com
https://orcid.org/0009-0006-9169-9321
DOI / URL: https://doi.org/10.55813/gaea/ccri/v6/n1/943
Como citar:
Vimos, L. & Gorozabel, F. (2025). La implementación y eficiencia de los beneficios
penitenciarios en el Centro de Privación de Libertad Chimborazo Número Uno. Código
Científico Revista de Investigación, 6(1), 1336-1357.
Recibido: 10/04/2025 Aceptado: 12/05/2025 Publicado: 30/06/2024
1
Abogado por la Universidad Nacional de Chimborazo, Riobamba, Ecuador.
2
Abogado por la Universidad Estatal de Guayaquil, Guayaquil, Ecuador.
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Resumen
La implementación y eficiencia de los beneficios penitenciarios en el Centro de Privación de
Libertad Chimborazo N°1, observa un derrotero jurídico, social, económico y administrativo
que enfoca aspectos sobre su alcance y efectividad en el proceso de rehabilitación y reinserción
social de las Personas Privadas de Libertad. En consecuencia, a partir de una evaluación
detallada de su aplicación práctica, se observan factores que influyen en la eficacia de esta
modalidad, como la infraestructura penitenciaria, el acceso a programas educativos, laborales
y servicios médicos. El estudio social jurídico, aborda los desafíos y limitaciones que enfrenta
el Centro de Privación de Libertad Chimborazo N°1 en la concesión de beneficios
penitenciarios, destacando tanto los logros alcanzados asi como las áreas que requieren mejoras.
Entre los resultados positivos se evaluó el impacto de las políticas públicas en el mejoramiento
de la calidad de vida de las PPL, mientras que los aspectos negativos señalaron las deficiencias
estructurales y administrativas que obstaculizan su efectivo cumplimiento. Los beneficios
penitenciarios constituyen derechos de origen constituyente, cuyo objetivo principal es
promover la rehabilitación social efectiva y progresiva de las PPL, con la esperanza hacia una
reinserción social fructífera, sin embargo, la data escrutada evidencia limitaciones que
obstaculizan el cumplimiento efectivo de los procesos de rehabilitación y reintegración, lo que
refleja una desconexión entre la normativa ecuatoriana y la realidad de su aplicación en el
sistema penitenciario como lo es el Centro de Privación de Libertad Chimborazo No. 1.
Palabas clave: beneficio penitenciario, privados de libertad, centro de privación de libertad,
rehabilitación social, sistema de rehabilitación social.
Abstract
The implementation and efficiency of prison benefits at the Chimborazo No. 1 Deprivation of
Liberty Center follows a legal, social, economic, and administrative course that focuses on
aspects of its scope and effectiveness in the rehabilitation and social reintegration process of
Persons Deprived of Liberty. Consequently, based on a detailed evaluation of its practical
application, factors that influence the effectiveness of this modality are observed, such as prison
infrastructure, access to educational and work programs, and medical services. The socio-legal
study addresses the challenges and limitations faced by the Chimborazo No. 1 Deprivation of
Liberty Center in granting prison benefits, highlighting both the achievements reached and the
areas that require improvement. Among the positive results, the impact of public policies on
improving the quality of life of PDL was evaluated, while the negative aspects pointed to
structural and administrative deficiencies that hinder their effective fulfillment. Prison benefits
constitute rights of constituent origin, whose main objective is to promote the effective and
progressive social rehabilitation of PDL, with the hope of fruitful social reintegration. However,
the scrutinized data reveal limitations that obstruct the effective fulfillment of rehabilitation and
reintegration processes, reflecting a disconnection between Ecuadorian regulations and their
real application in the prison system, as seen in the Chimborazo No. 1 Deprivation of Liberty
Center.
Keywords: prison benefit, persons deprived of liberty, deprivation of liberty center, social
rehabilitation, social rehabilitation system.
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Resumo
A implementação e eficiência dos benefícios penitenciários no Centro de Privação de Liberdade
Chimborazo Número 1 observa um percurso jurídico, social, econômico e administrativo que
enfoca aspectos sobre seu alcance e efetividade no processo de reabilitação e reinserção social
das Pessoas Privadas de Liberdade (PPL). Consequentemente, a partir de uma avaliação
detalhada de sua aplicação prática, observam-se fatores que influenciam a eficácia dessa
modalidade, como a infraestrutura penitenciária, o acesso a programas educacionais, laborais e
serviços médicos. O estudo jurídico-social aborda os desafios e limitações enfrentados pelo
Centro de Privação de Liberdade Chimborazo Número 1 na concessão de benefícios
penitenciários, destacando tanto os avanços alcançados quanto as áreas que requerem
melhorias. Entre os resultados positivos, avaliou-se o impacto das políticas públicas na
melhoria da qualidade de vida das PPL, enquanto os aspectos negativos apontaram deficiências
estruturais e administrativas que dificultam seu cumprimento efetivo. Os benefícios
penitenciários constituem direitos de origem constituinte, cujo objetivo principal é promover a
reabilitação social efetiva e progressiva das PPL, com a esperança de uma reinserção social
bem-sucedida. No entanto, os dados analisados evidenciam limitações que dificultam o
cumprimento eficaz dos processos de reabilitação e reintegração, refletindo uma desconexão
entre a normativa equatoriana e a realidade de sua aplicação no sistema penitenciário, como
ocorre no Centro de Privação de Liberdade Chimborazo Número 1.
Palavras-chave: benefício penitenciário, pessoas privadas de liberdade, centro de privação de
liberdade, reabilitação social, sistema de reabilitação social.
Introducción
La evaluación y análisis de los beneficios penitenciarios concedidos a las Personas
Privadas de Libertad [PPL], con especial atención en su aplicación y cumplimiento mediante
un control interno previo, continuo y posterior al respecto del Centro de Privación de Libertad
Chimborazo No 1, radica en su institucionalidad, por consiguiente este centro penitenciario,
situado en la Provincia de Chimborazo, forma parte de la red de instituciones carcelarias que
refleja la complejidad del sistema penitenciario local y sus desafíos institucionales.
La implementación de programas de capacitación técnica, profesional y actividades
productivas como parte de las herramientas de rehabilitación y eventual reinserción social de
las Personas Privadas de Libertad del Centro de Privación de Libertad Chimborazo No. 1
reflejan condiciones que impiden su funcionamiento debido a factores internos y externos en el
sistema de ejecución de los beneficios penitenciarios.
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El sistema penitenciario ecuatoriano, en particular en la provincia de Chimborazo la
escala constante de dificultades que frisan el deficiente manejo interno del centro de privación
de libertad, además de la gestión de procesos de reinserción social de las Personas Privadas de
Libertad, tienen como consecuencia la tardía aplicación de los beneficios penitenciarios
enmarcados dentro del contenido normativo (Código Orgánico Integral Penal [COIP]) y el
Reglamento del Sistema de Rehabilitación Social [RSRS]) que afectan de manera significativa
la reintegración eficaz de este grupo vulnerable a la sociedad.
Elementos sociales como el estereotipo criminal, estigma social, criminalidad, escasez
de oportunidades laborales y la inopia de programas y políticas públicas de apoyo post-
penitenciario, de manera significativa agravan la problemática acerca de la eficiencia de los
beneficios penitenciarios.
De modo que, se torna imperativo un análisis inexorable acerca de la implementación
de un sistema integral de gestión de beneficios penitenciarios, el cual contemple la participación
coordinada con las diferentes áreas de atención mediante un control interno previo, continuo y
posterior al proceso de reclusión de los diferentes Centros de Privación de Libertad, en
particular el No.1 de Chimborazo.
El sistema de gestión de beneficios penitenciarios contempla el seguimiento
individualizado de las PPL, optimizando la solicitud y concesión de beneficios ante los jueces
de garantías penitenciarias, a través de principios como trazabilidad, transparencia y rendición
de cuentas, los cuales buscan contribuir con el perfeccionamiento de los procesos en el marco
de la eficiencia, así como también combatir la corrupción y garantizar un sistema equitativo y
justo para la población penitenciaria.
El sistema penitenciario ecuatoriano enfrenta uno de sus mayores desafíos en torno a la
efectiva reinserción social de las Personas Privadas de Libertad [PPL] una vez que cumplen su
condena. Al momento de recuperar su libertad, estas personas se enfrentan a diversas barreras,
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como las escasas oportunidades laborales, que dificultan su proceso de reintegración a la
sociedad.
Las medidas estratégicas para mejorar la eficiencia y trasparencia en la concesión de los
beneficios penitenciarios deberán incluir la identificación de pugnas y delitos de corrupción,
los cuales agravan la situación de los Centros de Privación de Libertad afectando la
transparencia en la gestión penitenciaria. En tal virtud, la población privada de libertad como
parte de los grupos con un grado de vulnerabilidad, deberá conocer los controles administrativos
y legales que optimicen su proceso de rehabilitación y reinserción social.
Metodología
La naturaleza de investigación del presente artículo perseguirá un análisis cualitativo,
cuya inscripción se basa en la línea del Derecho Penitenciario y Ejecución Penal, la exploración
doctrinaria y social sobre el bloque normativo aplicable, mecanismos de gestión penitenciaria,
problemáticas operativas vinculadas en la ejecución de beneficios penitenciarios en el Centro
de Privación de Libertad Chimborazo No. 1 definen un estudio analítico en el cumplimiento de
la legislación vigente y su eficiencia en la implementación dentro de escenarios de
rehabilitación y reinserción social de las Personas Privadas de Libertad.
Resultados
El Sistema Penitenciario en Ecuador
El sistema penitenciario en Ecuador se enfrenta a una crisis estructural marcada por el
hacinamiento, la falta de recursos, la violencia y conflictos internos. Según datos del Servicio
Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de Libertad y Adolescentes
Infractores [SNAI], la capacidad de las cárceles ecuatorianas se ha visto superada ampliamente,
con una sobrepoblación que excede el 13.45% de la capacidad instalada. Este hacinamiento
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genera condiciones inhumanas de vida, lo que dificulta la implementación de programas de
rehabilitación y reintegración social para las PPL.
El indicador de tasa de hacinamiento se registra dentro del Plan Nacional de Desarrollo
2021 2025, fue incluido a fin de evidencias las carencias que vive el Sistema Nacional de
Rehabilitación Social, actualmente enfrenta problemas de seguridad, violencia, hacinamiento e
infraestructura en condiciones inadecuadas, de esta manera es necesario la evaluación mensual
del indicador de hacinamiento (Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas
Privadas de la Libertad y a Adolescentes Infractores - SNAI, 2023, p. 64)-
Una de las principales características del sistema penitenciario en Ecuador es la falta de
recursos económicos y humanos capacitados para gestionar la rehabilitación de las personas
privadas de liberad. La insuficiencia de persona de seguridad, profesionales en salud mental y
rehabilitación, asi como la carencia de infraestructura adecuada, dificultan el cumplimiento de
los derechos fundamentales de los internos.
La doctrina ecuatoriana, refiere que la crisis penitenciaria en Ecuador responde no solo
a la falta de inversión en el sistema, sino también a la ausencia de políticas públicas que
promueven una rehabilitación efectiva se basa en el respeto a los derechos humanos.
Una de las problemáticas críticas que deterioran el sistema penitenciario responde a la
violencia dentro del centro de privación de libertad, siendo que, en la última década, los motines
y enfrentamiento entre bandas dentro de las cárceles ecuatorianas han resultado en la muerte de
decenas [PPL]. Estos conflictos, nutridos por el control de organizaciones criminales y el
elevado índice de falta de control estatal dentro de las cárceles, reflejan una fractura en el
sistema de seguridad penitenciaria.
La academia jurídica, reconoce que la falta de personal capacitado y las deficiencias en
la infraestructura carcelaria han permitido que las bandas delictivas tomen el control de ciertos
centros penitenciarios, exacerbando la inseguridad y la falta de orden. Las estadísticas refieren
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que, “El sistema carcelario del país cuenta con una capacidad de 27.556 plazas para recluir a
personas privadas de la libertad, pero el año pasado albergó a 31.273 en promedio” (García,
2024)
A pesar de los desafíos, la Constitución de la República del Ecuador y el Código
Orgánico Integral Penal, establecen de manera pormenorizada que el sistema penitenciario debe
estar orientado hacia la rehabilitación social, muestra de aquello el Art. 201 de la Constitución,
cuyo contenido refiere que:
Art. 201. El sistema de rehabilitación social tendrá como finalidad la rehabilitación
integral de las personas sentenciadas penalmente para reinsertarlas en la sociedad, así como la
protección de las personas privadas de libertad y la garantía de sus derechos.
El sistema tendrá como prioridad el desarrollo de las capacidades de las personas
sentenciadas penalmente para ejercer sus derechos y cumplir con sus responsabilidades al
recuperar la libertad (Asamblea Nacional, 2021).
De lo citado se identifica que, la privación de libertad tiene como objetivo principal la
rehabilitación integral, esto mediante el trabajo, educación, y la capacitación que permitan al
colectivo de [PPL] reinsertarse en la sociedad de manera efectiva a fin de salvaguardar sus
derechos y responder por sus obligaciones. Sin embargo, la implementación de estos principios
normativos se ha visto dilucidada como consecuencia de los problemas estructurales y legales
en los Centros de Privación de Libertad.
Además, el sistema penitenciario en Ecuador enfrenta problemas en cuanto al abuso de
la prisión preventiva, lo contribuye al hacinamiento carcelario. Según el informe (Comité
Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos, 2024) un porcentaje significativo de la
población penitenciaria se encuentra en prisión preventiva, situación que agrava las condiciones
de las cárceles sin que exista una sentencia condenatoria contra los procesados/sentenciados.
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El uso excesivo de la prisión preventiva tiene como resultado tanto el hacinamiento
carcelario, así como la notoria vulneración de los derechos al debido proceso, y la presunción
de inocencia, lo cual impide el acceso y aplicación de los beneficios penitenciarios para la
comunidad de las [PPL] que así lo requieran debido a la carga administrativa de los funcionarios
que ejercen esta potestad.
La falta de programas efectivos de reintegración social es uno de los problemas críticos
en el sistema penitenciario ecuatoriano. Aunque la normativa establece que los internos tienen
derecho a acceder a programas de educación y formación, la realidad es que son insondables
los centros penitenciarios en el país que cuentan con los recursos necesarios para implementar
estos programas de manera efectiva.
Los académicos ecuatorianos Córdova Rafael y Gómez Gina señalan que la ausencia de
un enfoque rehabilitador genera que la mayoría de [PPL] al salir en libertad, enfrenten barreras
significativas para insertarse en la sociedad, lo cual genera la reincidencia delictiva, refiriendo
que:
Sistema que está concebido para desarrollar la eficiente planificación y ejecución de
actividades de salud, estudio, trabajo, alimentación y especialmente para brindarles un trato
digno de las personas privadas de libertad; sin embargo, actualmente ocurre lo contrario, ya que
la carencia, hacinamiento, corrupción, infraestructura carcelaria deficiente, la falta de personal
o guías penitenciarios capacitados, e inclusive el abuso de la prisión preventiva, latente en los
centros de privación de libertad de nuestro país, exponen a las PPL a reiteradas violaciones de
sus derechos humanos (Córdova y Gómez de la Torre, 2024, p. 56).
En este sentido, el sistema carcelario ecuatoriano observa como antesala un
funcionamiento correctivo, sin embargo, sus antecedentes sociales, punitivos, jurídicos y
rehabilitadores han descrito el desarrollo de beneficios penitenciarios para las personas privadas
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de libertad, cuyo contenido normativo diserta de la realidad actual del Ecuador que alarma a los
diferentes actores de la sociedad.
Desafíos del Sistema Carcelario en la Implementación de Beneficios Penitenciarios
La implementación de los beneficios penitenciarios en el sistema de justicia y carcelario
ecuatoriano enfrenta una serie de desafíos que limitan su eficacia en la reducción del
hacinamiento y la reintegración de las personas privadas de libertad. Uno de los principales
problemas es la falta de recursos y capacidad administrativa, lo que impide la adecuada
evaluación de los internos que podrían ser beneficiados.
La escasez de personal capacitados y el sobrecargado sistema de justicia dificultan la
aplicación expedita de beneficios como la libertad condicional y la reducción de penas,
generando retrasos y desigualdades en su concesión.
La sobrepoblación en las cárceles representa un obstáculo clave en la implementación
de los beneficios penitenciarios. De acuerdo con informes internacionales de (Pérez, 2022) los
altos niveles de ocupación en las prisiones dificultan la ejecución de programas de
rehabilitación y evaluación de los internos, los cuales son necesarios para determinar su
elegibilidad para la aplicación de los beneficios penitenciarios.
El hacinamiento no solo afecta la calidad de vida dentro de las cárceles, sino que
también limita las posibilidades de acceder a medidas alternativas a la privación de libertad,
perpetuando la crisis penitenciaria.
Uno de los desafíos que impera dentro del esquema penitenciario es la falta de
coordinación entre las instituciones encargadas de la administración de justicia y el sistema
penitenciario. Para (Verdugo, 2023) “Entre las medidas de tipo estructural incluye realizar un
diagnóstico de la situación penitenciaria para diseñar y aplicar políticas de previsión efectivas,
establecer programas especializados de formación para el personal encargado de la seguridad
penitenciario (…)” (p. 97).
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En este sentido, se determina que la ausencia de un marco de cooperación efectiva entre
jueces, fiscales y las autoridades penitenciarias ha generado una desconexión que retrasa la
aplicación de beneficios penitenciarios. La falta de sistemas integrados de información y
burocracia judicial contribuyen a la ineficiencia en la toma de decisiones y al incremento del
tiempo que los internos transitan en prisión, incluso cuando ya cumplen con los requisitos para
recibir beneficios penitenciarios.
Además, las cifras de corrupción en proceso de investigación y sentenciadas, se
configuran como uno de los grandes desafíos dentro del sistema penal, el cual compromete la
implementación efectiva de los beneficios penitenciarios. Para los constitucionalistas, Tablante
y Morales, refieren que:
Una de las manifestaciones de la corrupción se advierte en la generación de una
diferencia de trato arbitrario entre las personas que cuentan con recursos económicos u ofrecen
beneficios para activar determinadas funciones que el Estado está obligado a garantizar en
condiciones de igualdad para todas las personas bajo su jurisdicción. Lo anterior merece un
especial análisis desde la perspectiva de la relacion entre la pobreza y derechos humanos. Esta
situación es, por ejemplo, especialmente visible en el acceso a bienes y servicios vinculados al
ejercicio de derechos humanos en los sistemas penitenciarios. (Tablante y Moralez Antoniazzi,
2018, p. 346)
En consecuencia, se destaca que la existencia de conductas derivadas de la corrupción,
tanto en el otorgamiento de beneficios como en la administración de los centros penitenciarios,
socava la legitimidad del sistema y coloca en duda la equidad en la concesión de medidas
alternativas a la prisión. Este desafío y problemática estructural favorece a ciertos grupos de
personas privadas de libertad, mientras margina a otros que podrían ser igualmente elegibles,
pero carecen de los recursos e información necesaria.
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Los problemas de infraestructura penitenciaria dificultan la implementación de
programas esenciales para que los internos puedan acceder a beneficios. El diagnóstico del
sistema carcelario en el Ecuador evidencia una clasificación de problemáticas insubsanables en
décadas de gobierno, muestra de aquello el aumento de la población de privados de libertad,
agravando la posibilidad de reinserción social, de lo cual, refiere que:
Pese a los esfuerzos realizados por proveer a la población penitenciaria de distintas
actividades y de que el reglamento establece condiciones mínimas para su ejecución como
infraestructura y materiales, el porcentaje de población que logra acceder a los ejes de
tratamiento es menos de la mitad a decir de funcionarios del SNAI. (kaleidos, 2021, p. 21)
No obstante, se dilucida que la falta de espacios adecuados para la capacitación y
rehabilitación dentro de los centros de privación de libertad impide que los reclusos participen
en las actividades requeridas para ser considerados aptos para la aplicación de los beneficios
penitenciarios. En consecuencia, sin una inversión sustancial en mejorar las instalaciones y los
programas de rehabilitación, el sistema seguirá fallando en cumplir su rol de justicia, siendo la
reinserción y rehabilitación social de las personas privadas de libertad.
La desconfianza pública en los beneficios penitenciarios se constituye en el mismo
sentido en un reto significativo, la percepción de que estos beneficios promueven la impunidad
y facilitan la reincidencia delictiva ha generado un clima de rechazo social hacia su
implementación. La Magister Núñez Nadia, refiere que,
Es evidente que el Sistema Penitenciario de nuestro país viene atravesando un proceso
de crisis institucional puesto que la pena privativa de libertad busca inducir a no cometer delitos,
así como la rehabilitación y reinserción de los privados de libertad a la sociedad, sin embargo,
nuestras cárceles en muchos casos lo que hacen es perfeccionar y reproducir la violencia. La
reincidencia y la nula reinserción lo confirman. (Núñez Falconi, 2018, p. 55)
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Es decir, este escepticismo criminal es el resultado de los altos índices delictivos a nivel
nacional e internacional sumado a esto la falta de información sobre el impacto positivo que los
beneficios penitenciarios aplicados de forma eficiente pueden tener en la reducción de la
reincidencia y en la reintegración de las personas, lo cual refuerza el estigma hacia quienes
reciben estos beneficios en ámbitos familiares, sociales, laborales y de educación.
Sistema Penitenciario del Centro de Privación de Libertad Chimborazo Número Uno
Una Visión Estructural, Social y Jurídica de los Beneficios Penitenciarios
El Centro de Privación de Libertad Chimborazo Número Uno, como muchas de las
cárceles en Ecuador, enfrenta serios problemas estructurales que limitan la implementación
efectiva de los beneficios penitenciarios. Este centro, ubicado en la región central del país, ha
sido señalado por organismos nacionales e internacionales como una de las instalaciones más
afectadas por el hacinamiento, la insuficiencia de recursos y la carencia de personas
especializado para la rehabilitación de los internos. Según Kaleidos Centro de Etnografía
Interdisciplinaria citando a BID, refiere que:
Otras de las problemáticas relacionadas al hacinamiento han sido ampliamente
documentadas. Según un informe del BID (2018), el 42% de los presos duerme en el suelo, el
20% no tiene acceso regular a agua potable, y menos de la mitad de los internos participa en
algún tipo de actividad educativa en las cárceles de la región. (kaleidos, 2021, p. 11)
Las instalaciones del centro han sobrepasado su capacidad operativa, lo que ha
obstaculizado la concesión de beneficios como la libertad condicional y el régimen semiabierto,
ambos previstos en la normativa ecuatoriana como mecanismos para reducir la población
carcelaria y promover la reintegración social.
En el ámbito social, los internos del Centro de Privación de Libertad Chimborazo
Número Uno, enfrentan condiciones de vida precarias que impactan directamente en su
capacidad para acceder a los beneficios penitenciarios. El hacinamiento y la falta de acceso a
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programas de educación y trabajo dentro de la prisión limitan las oportunidades de los reclusos
para demostrar su rehabilitación, lo que afecta negativamente su elegibilidad para recibir
beneficios penitenciarios.
El acceso a los beneficios penitenciarios, cambios de régimen o prelibertad dependen
de que la información retrate adecuadamente la participación de cada PPL en los ejes de
tratamiento. Una información incompleta significa retrasos u obstáculos para que el interno o
interna acceda a sus derechos. (kaleidos, 2021, p. 22)
Se destaca que, en varios centros de privación de libertad, incluido el de Chimborazo,
no se cumplen los estándares nimos de rehabilitación exigidos por la ley, lo que limita la
eficacia de los beneficios penitenciarios como instrumento de reinserción social.
Desde una perspectiva jurídica, la aplicación de los beneficios penitenciarios en el
Centro de Privación de Libertad Chimborazo Número Uno, está respaldado por el Código
Orgánico Integral Penal [COIP] y la Constitución de la República del Ecuador [CRE], que
establecen que la finalidad de la pena privativa de libertad es la rehabilitación social del interno.
Los artículos 672 y 673 del COIP señalan que el Sistema Nacional de Rehabilitación
Social es el conjunto de principios normas, políticas de las instituciones, programas y procesos
que se interrelacionan e interactúan de manera integral, para la protección de las personas
privadas de libertad. (Organismo Técnico del Sistema de Rehabilitación Social, 2021, p. 10)
No obstante, la realidad es que la aplicación de estas disposiciones legales se enfrenta a
desafíos como la sobrecarga de los jueces de garantías penitenciarias, la falta de seguimiento
post excarcelación y la deficiente coordinación entre el sistema judicial y las autoridades
penitenciarias.
En lo que atañe a la competencia para la ejecución de las penas privativas y no privativas
de la libertad corresponde a las y los jueces de garantías penitenciarias, conforme se encuentra
claramente establecido en el Libro III del Código Orgánico Integral Penal, artículo 666,
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normativa que preceptúa que ejecución de penas y medidas cautelares corresponde al
Organismos Técnico encargado del Sistema de Rehabilitación Social, bajo el control y
supervisión de las o los jueces de garantías penitenciarias. (Corte Nacional de Justicia, 2022, p.
3)
De ahí que, uno de los principales problemas es la falta de un sistema de monitoreo
adecuado que permita hacer un seguimiento efectivo de los internos que reciben beneficios
penitenciarios, lo que a menudo resulta en un proceso de reincidencia delictiva y la falta de
confianza en el sistema carcelario impidiendo procesos de rehabilitación sociales.
La estructura del Centro de Privación de Libertad Chimborazo Número Uno refleja las
carencias del sistema carcelario en términos de infraestructura y gestión. Este centro, diseñado
originalmente para albergar una cantidad específica de internos, ha visto como su población se
ha multiplicado en los últimos años, sin que se realicen mejoras sustanciales en la
infraestructura o los servicios disponibles.
El nivel de vulnerabilidad de las personas privadas de libertad en el Centro de Privación
de Libertad Chimborazo Número Uno se ve exacerbada por la falta de programas efectivos de
salud mental y apoyo psicológico, las cuales son esenciales para el proceso de rehabilitación.
Adicional, la Defensoría del Pueblo del Ecuador, refiere que:
(…) se han podido constatar las graves deficiencias que tiene nuestro sistema de
rehabilitación social; las cuales se han ido agravando en los últimos años, sobre todo debido al
hacinamiento y sobrepoblación carcelaria, y la disminución de los recursos materiales y
humanos destinados a sistema de rehabilitación social, debido a la crisis económica por la que
atraviesa el país. (Defensoría del Pueblo del Ecuador, 2022, p. 17)
Por ello, se ha indicado que el apoyo psicosocial es crucial para la rehabilitación de los
internos, especialmente en contextos de hacinamiento y violencia como lo que se han vivido en
los últimos años en las cárceles ecuatorianas. No obstante, en el caso del Centro de Chimborazo,
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estos programas son prácticamente escasos conforme se ha evidenciado, lo que afecta la
capacidad de los internos de cumplir con los requisitos exigidos para acceder a beneficios
penitenciarios.
La falta de un enfoque integral y multidisciplinario en la administración del Centro de
Privación de Libertad Chimborazo Número Uno, ha sido identificado como una de las
principales limitaciones para la implementación de los beneficios penitenciarios. La doctrina
refiere que, “(…) medidas inmediatas sugirió “recuperar la completa autoridad en la
administración penitenciaria”, “prevenir y sancionar la corrupción en los centros
penitenciarios” (…)” (Verdugo, 2023, p. 97)
Es decir, la ausencia de coordinación entre las autoridades penitenciarias, judiciales y
de bienestar social, acomo la carencia de programas de reinserción sostenibles, limitan el
éxito de los beneficios. Para que estos puedan tener un impacto positivo en la vida de los
internos y reducir la reincidencia, es necesario que el sistema penitenciario funcione de manera
articulada, asegurando que los derechos humanos y las normativas legales se garanticen en todo
el proceso.
Hacinamiento y su Impacto en la Rehabilitación de las Personas Privadas de Libertad
El hacinamiento en los centros penitenciarios ecuatorianos representa uno de los
mayores obstáculos para la rehabilitación efectiva de las personas privadas de libertad y su
acceso a los beneficios penitenciarios. La sobrepoblación carcelaria de manera constante
deteriora la vida de las [PPL], además de que impide la implementación adecuada de programas
de rehabilitación previa a la obtención de beneficios penitenciarios, esenciales para su
reintegración social.
Las condiciones de hacinamiento carcelario afectan directamente la salud física y
mental de los internos, incrementando el riesgo de enfermedades contagiosas y problemas
psicológicos, para los investigadores Muñoz y Arrias la salud pública, desórdenes mentales,
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violencia, son consecuencia del sistema penitenciario sobrepoblado, señalando que, Esto es
una consecuencia de la ansiedad producida por un entorno sobrepoblado que genera hetero y
auto comportamientos agresivos” (Intriago Muñoz & Arrias Añez, 2020).
Razón por la cual, se destaca que la falta de acceso a servicios de salud adecuados en
entornos superpoblados agrava la vulnerabilidad de los recursos, limitando su capacidad para
participar en programas educativos y laborales que son cruciales para su rehabilitación,
entonces, el hacinamiento fomenta un ambiente de violencia y conflicto interno, dificultando
aún más la implementación de medidas de reinserción social.
La discrepancia existente entre la normativa y la realidad operativa subraya la necesidad
de reformas estructurales en el sistema penitenciario. El impacto del hacinamiento refleja la
inequidad en el acceso a los beneficios penitenciarios; las personas privadas de libertad de
escasos recursos y desconocimiento enfrentan mayores barreras para acceder a programas de
rehabilitación.
El hacinamiento carcelario en Ecuador representa un obstáculo significativo para la
rehabilitación de las personas privadas de libertad y vulnera sus derechos fundamentales.
Entonces, abordar este problema requiere una reforma estructural profunda que incluya la
reducción de la población penitenciaria a través de políticas de despenalización, el
fortalecimiento de programas de rehabilitación y la mejora en la infraestructura de los centros
de privación de libertad.
Programas Penitenciarios, Rehabilitación, Reinserción Social y Reincidencia Criminal
Los programas penitenciarios son iniciativas diseñadas para la rehabilitación y
reintegración social de las personas privadas de libertad, buscando reducir la reincidencia y
promover una transición exitosa de los internos a la sociedad, estos programas incluyen
actividades educativas, laborales, terapéuticas y de formación profesional, orientadas a
desarrollar habilidades y competencias que faciliten la reinserción social.
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La obligatoriedad de los programas de rehabilitación como parte integral de la pena
privativa de libertad, enfatiza el rol de transformación personal y social de las personas privadas
de libertad, en consecuencia, es imperioso asegurar herramientas que aseguren una aplicación
eficiente de reinserción, para lo cual las académicas Villamarín y López, refieren que:
Es importante destacar que los derechos humanos son universales, irrenunciables,
imprescindibles e irrevocables, además del punto de partida para la creación de los derechos
fundamentales que tienen los grupos de atención prioritaria, y en este caso el de los privados de
libertad, quienes permanecen en los Centros de Rehabilitación Social, con la aspiración de
cumplir su pena para posteriormente reincorporarse a la sociedad. (Villamarín Rodríguez y
López Moya, 2023)
La rehabilitación es un apoyo fundamental de los programas penitenciarios, centrada en
la modificación de conductas y actitudes del interno para prevenir la reincidencia, estrategias
efectivas de rehabilitación incluyen terapias psicológicas, educación formal e informal, y
capacitación laboral.
La participación activa en estos programas esta correlacionada con una reducción
significativa en las tasas de reincidencia, ya que proporcionan a las [PPL] las herramientas
necesarias para una vida productiva fuera del sistema penal. No obstante, la implementación en
Ecuador enfrenta desafíos como la falta de recursos y personal capacitado, lo que limita la
eficacia de estos programas.
La reincidencia criminal es un indicador clave de la efectividad de los programas
penitenciarios, elementos como la falta de oportunidades laborales, estereotipo criminal,
estigmatización social y ausencia de apoyo psicológico aumentan de manera significativa las
probabilidades de que las [PPL] retomen la delincuencia.
La infraestructura carcelería y la disponibilidad de recursos son determinantes en la
implementación de programas penitenciarios efectivos. El hacinamiento extremo en los Centros
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de Privación de Libertad a nivel nacional, evidencian que su capacidad institucional, limitado
espacio y escasez de recursos necesarios dificultan la realización de actividades rehabilitadoras
para su posterior acceso a los diferentes beneficios penitenciarios.
La falta de comunicación efectiva y la duplicidad de funciones entre jueces, fiscales y
autoridades penitenciarias generan retrasos y errores en la concesión de beneficios
penitenciarios, esta desconexión administrativa contribuye al mantenimiento de la
sobrepoblación carcelaria y a la ineficacia de los programas de rehabilitación.
En síntesis, para mejorar la efectividad de los programas penitenciarios en Ecuador, es
necesario adoptar un enfoque integral que incluya la inversión en infraestructura, la
capacitación del personal penitenciario y la coordinación institucional. La adopción de estas
medidas contribuirá a un sistema penitenciario de mayor accesibilidad de garantías y beneficios
penitenciarios impidiendo el aumento de tasas de criminalidad.
Conclusiones
Limitaciones estructurales y administrativas: El Centro de Privación de Libertad
Chimborazo No. 1 enfrenta graves desafíos para aplicar eficientemente los beneficios
penitenciarios debido al hacinamiento y la insuficiencia de recursos económicos y humanos. La
falta de personal capacitado, servicios básicos inadecuados y deficiencias en la infraestructura
afectan negativamente el cumplimiento de los derechos fundamentales de las personas privadas
de libertad. Esta situación limita sus posibilidades de rehabilitación y reinserción social
efectiva, perpetuando ciclos de marginación y exclusión.
Falta de programas efectivos: Si bien la normativa ecuatoriana establece que los centros
de privación de libertad deben promover actividades de educación, trabajo y rehabilitación, en
la práctica estos programas son casi inexistentes o insuficientes. La ausencia de estas
oportunidades reduce enormemente las posibilidades de que las PPL adquieran las
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competencias necesarias para una reintegración digna y productiva en la sociedad tras su
liberación.
Descoordinación institucional: La fragmentación entre el sistema judicial y las
autoridades penitenciarias genera fallas graves en la implementación de beneficios
penitenciarios. Las demoras en los trámites, la falta de transparencia y la burocracia excesiva
crean desigualdades en el acceso a estos derechos, dejando a muchas personas aptas para dichos
beneficios en condiciones injustas de reclusión prolongada.
Se recomienda reformas estructurales y reducción del hacinamiento. El Estado debe
implementar políticas claras de despenalización para delitos menores, promoviendo medidas
alternativas a la prisión que ayuden a descongestionar las cárceles. Paralelamente, es
imprescindible destinar mayores recursos a la ampliación y mejora de la infraestructura
penitenciaria, garantizando condiciones de vida dignas y espacios adecuados para la
capacitación y rehabilitación de las PPL.
Implementación de programas integrales de rehabilitación. Se recomienda el diseño y
ejecución de programas efectivos que incluyan educación formal, capacitación laboral y apoyo
psicológico, todos ellos orientados a preparar a las PPL para su vida postpenitenciaria. Estos
programas deben ser inclusivos, continuos y adaptados a las necesidades de los diferentes
perfiles de la población penitenciaria, con énfasis en mujeres, personas con discapacidad y
grupos vulnerables.
Fortalecimiento de la coordinación interinstitucional. Se sugiere la creación de un
sistema integrado de información que facilite el intercambio de datos entre jueces, fiscales y
autoridades penitenciarias. Esto permitirá evaluar de manera eficiente y objetiva la elegibilidad
de las PPL para los beneficios penitenciarios, garantizando decisiones justas, transparentes y
ágiles. La capacitación del personal judicial y penitenciario en derechos humanos y en el
manejo eficiente de procesos administrativos debe ser una prioridad.
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