Vol. 5 Núm. 1 / Enero Junio 2024
La celeridad en los procesos contenciosos administrativos en Ecuador
The expeditiousness in administrative contentious processes in Ecuador
A celeridade nos processos de contencioso administrativo no Equador
José Antonio Ruiz Bautista
1
Universidad Indoamérica
joseruiz@uti.edu.ec
Aníbal Geovanny Leiva Jaramillo
2
Universidad Indoamérica
aleiva2@indoamerica.edu.ec
DOI / URL: https://doi.org/10.55813/gaea/ccri/v5/n1/409
Como citar:
Ruiz, J. & Leiva, A. (2024). La celeridad en los procesos contenciosos administrativos en
Ecuador. Código Científico Revista de Investigación, 5(1), 813-837.
Recibido: 20/05/2024 Aceptado: 10/06/2024 Publicado: 30/06/2024
1
Magíster en derecho, mención derecho administrativo. Docente investigador de la carrea de derecho de la
Universidad Indoamérica.
2
Estudiante de la Universidad Indoamérica.
Código Científico Revista de Investigación Vol. 5 Núm. 1 / Enero Junio 2024
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Resumen
El principio de celeridad asegura una administración de justicia efectiva y oportuna, buscando
evitar demoras innecesarias y el cumplimiento de los plazos y términos procesales, por ello,
este principio busca también una gestión eficiente que permita resolver las controversias de
manera expedita sin comprometer la calidad de las decisiones judiciales. La falta de celeridad
en los procesos contencioso-administrativos se reconoce como una amenaza a la tutela judicial,
especialmente en casos que involucran compensaciones económicas, ya que la demora en las
sentencias puede afectar los derechos de los demandantes y los intereses del Estado generando
consecuencias financieras adversas para las instituciones demandadas. La investigación
propuesta tiene como objetivo analizar la aplicación del principio de celeridad en los
procedimientos contenciosos administrativos en Ecuador, identificando obstáculos y
proponiendo soluciones para optimizar la eficiencia del sistema para garantizar una tutela
judicial efectiva. La metodología utilizada es deductiva apoyada en el análisis
documentológico y bibliográfico. Se concluye que es necesario la implementación de medidas
como la simplificación de trámites y el uso de tecnologías para agilizar la gestión documental,
con el fin de mejorar la celeridad procesal y hacer más sostenible la gestión presupuestaria de
las entidades demandadas.
Palabras Clave: celeridad, COGEP, contencioso administrativo, Ecuador, principios
constitucionales.
Abstract
The principle of expeditiousness ensures an effective and timely administration of justice,
seeking to avoid unnecessary delays and to comply with procedural deadlines and terms.
Therefore, this principle also aims for efficient management to resolve disputes promptly
without compromising the quality of judicial decisions. The lack of expeditiousness in
contentious-administrative processes is recognized as a threat to judicial protection, especially
in cases involving financial compensations, as delays in judgments can affect the rights of
plaintiffs and the interests of the State, leading to adverse financial consequences for the
defendant institutions. The proposed research aims to analyze the application of the
expeditiousness principle in administrative contentious procedures in Ecuador, identifying
obstacles and proposing solutions to optimize the efficiency of the system to ensure effective
judicial protection. The methodology used is deductive, supported by document analysis and
bibliographic research. It is concluded that the implementation of measures such as
streamlining procedures and the use of technologies to expedite document management is
necessary to improve procedural expeditiousness and make the budgetary management of
defendant entities more sustainable.
Keywords: expeditiousness, COGEP, administrative contentious, Ecuador, constitutional
principles.
Resumo
O princípio da celeridade garante uma administração da justiça eficaz e oportuna, procurando
evitar atrasos desnecessários e o cumprimento dos prazos e prazos processuais, pelo que este
princípio procura também uma gestão eficiente que permita a resolução dos litígios com
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celeridade, sem comprometer a qualidade das decisões judiciais; . A falta de celeridade nos
processos contencioso-administrativos é reconhecida como uma ameaça à proteção judicial,
especialmente nos casos que envolvem compensações económicas, uma vez que a demora nas
decisões pode afetar os direitos dos autores e os interesses do Estado, gerando consequências
financeiras adversas. para as instituições demandadas. A pesquisa proposta tem como objetivo
analisar a aplicação do princípio da celeridade nos procedimentos administrativos contenciosos
no Equador, identificando obstáculos e propondo soluções para otimizar a eficiência do sistema
para garantir uma proteção judicial eficaz. A metodologia utilizada é dedutiva apoiada em
análise documental e bibliográfica. Conclui-se que é necessária a implementação de medidas
como a simplificação de procedimentos e a utilização de tecnologias para agilizar a gestão
documental, de forma a melhorar a celeridade processual e tornar mais sustentável a gestão
orçamental das entidades arguidas.
Palavras-chave: celeridade, COGEP, contencioso administrativo, Equador, princípios
constitucionais.
Introducción
El principio de celeridad en los procesos judiciales es esencial para garantizar una
administración de justicia efectiva y oportuna. Este principio, está dirigido a asegurar que las
diligencias judiciales se realicen con prontitud, evitando cualquier demora innecesaria que
pueda afectar el curso normal de los procedimientos. La celeridad no busca simplemente
rapidez por misma, sino una gestión eficiente que permita resolver las controversias de
manera expedita sin comprometer la calidad y la ponderación en las decisiones judiciales.
La celeridad no debe entenderse como una mera aceleración sin sentido, sino como un
llamado a los jueces para actuar con prontitud en el despacho de las causas, manteniendo un
equilibrio entre la rapidez procesal y la reflexión necesaria para una toma de decisiones
fundamentada. Este equilibrio es fundamental para asegurar que la justicia se imparta de
manera efectiva, brindando respuestas oportunas a las partes involucradas y contribuyendo a
la eficacia global del sistema judicial. (Cabanellas, 2017)
Por ello, la falta de celeridad en los procesos contencioso-administrativos se reconoce
como una amenaza seria a la tutela judicial, ya que la demora en la emisión de sentencias
definitivas podría conducir al deterioro de los derechos e intereses de los demandantes. Esta
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demora también podría afectar la eficacia de las resoluciones judiciales, destacando la
necesidad de contar con mecanismos procesales que contrarresten los posibles abusos del
privilegio de autotutela de la administración.
La demora en los procedimientos contenciosos administrativos, especialmente aquellos
en los que se busca una compensación económica, plantea un problema para la efectividad de
la tutela judicial. Esto no solo repercute en la satisfacción de los derechos del demandante, sino
también en el presupuesto de las entidades demandadas. La falta de celeridad en dichos
procesos puede generar consecuencias financieras adversas para las instituciones implicadas,
afectando así la capacidad de respuesta del sistema judicial y desafiando la esencia misma de
la tutela judicial efectiva. Es así como, resulta imperativo abordar las causas subyacentes de la
dilación procesal y buscar soluciones que optimicen la eficiencia del sistema, garantizando un
equilibrio entre la protección de los derechos individuales y la gestión adecuada de los recursos
públicos.
El prolongado tiempo que demandan estos procedimientos conlleva costos
administrativos y legales considerables, impactando de manera negativa en el presupuesto de
dichas entidades. Para abordar esta problemática, es esencial proponer mecanismos de solución
que promuevan la eficiencia y agilidad en los procesos contenciosos administrativos. La
implementación de medidas como la simplificación de trámites, la adopción de tecnologías que
agilicen la gestión documental, y la asignación de recursos específicos para estos casos, son
posibles enfoques que podrían contribuir a optimizar la celeridad procesal, garantizando así
una tutela judicial efectiva y una gestión presupuestaria más sostenible para las entidades
demandadas.
El objetivo de esta investigación es analizar la aplicación del principio de celeridad en
los procedimientos contenciosos administrativos en Ecuador, identificando obstáculos y
proponiendo soluciones para optimizar la eficiencia del sistema para garantizar una tutela
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judicial efectiva. Esto se alcanzará a través de un estudio detallado, que busca examinar la
aplicación práctica de este principio en el ámbito administrativo, identificando posibles
obstáculos y áreas de mejora.
La investigación se propone evaluar cómo la celeridad, o la falta de esta, impacta en la
eficiencia y eficacia de la justicia administrativa, considerando aspectos como demoras
injustificadas, pérdida de pruebas relevantes y posibles consecuencias para las partes
involucradas.
Desarrollo
Procesos Contenciosos Administrativos
El proceso contencioso-administrativo se refiere a la vía judicial utilizada para resolver
conflictos entre los ciudadanos y la administración pública. En muchos sistemas legales, este
proceso proporciona a los ciudadanos un medio para impugnar decisiones administrativas,
actos o actuaciones que consideran injustas, ilegales o contrarias a sus derechos.
“El tema del contencioso administrativo en Ecuador no es nuevo; prácticamente todas
las Constituciones Políticas, con excepción de las de 1945 y 1967, establecían un Consejo de
Estado o de Gobierno como órgano consultivo del ejecutivo” (Duran, 2010, p. 15). Sin
embargo, Duran (2016) aclara que “fue la Constitución de 1905 la que creó la jurisdicción
contenciosa administrativa y dispuso que entre las atribuciones del Consejo de Estado estaba
decidir asuntos contenciosos administrativos, de acuerdo con la ley (p. 12). El recurso
contencioso administrativo estuvo suspendido entre 1925 - 1929 y 1935 - 1938, en los períodos
que correspondieron a las dictaduras del Dr. Isidro Ayora y del Ingeniero Federico Páez.
Durante ese tiempo, el Consejo de Estado según Duran (2016) estaba compuesto de la
siguiente manera:
1. El Presidente de la Corte Suprema, quien lo presidía,
2. Un senador, elegido por la Cámara del Senado,
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3. Un diputado elegido por la Cámara de Diputados,
4. Dos ciudadanos elegidos por el Congreso Pleno,
5. El Procurador General de la Nación,
6. El Contralor General de la Nación,
7. Un representante del Consejo Nacional de Economía, elegido de su seno,
8. El Presidente del Tribunal Supremo Electoral,
9. Un Oficial General o Superior, designado anualmente por las Fuerzas Armadas, y,
10. El Presidente del Instituto Nacional de Previsión (p. 23)
Además, por derecho propio, los ministros del Ejecutivo eran miembros, participando
sin derecho a voto en las deliberaciones del Consejo. En cuanto a asuntos contenciosos
administrativos, la Constitución de 1945 otorgó competencia al Tribunal de Garantías
Constitucionales, y las de 1967 y siguientes, dentro de sus respectivas áreas, a los Tribunales
Fiscal y de lo Contencioso Administrativo (Duran, 2016)
Como asunto de litigio, el contencioso administrativo fue incipiente en los primeros
tiempos, pero el desarrollo del contencioso tributario fue particular, y para 1963 ya contaba
con un Código Fiscal, más tarde sustituido por el Código Tributario. Mediante la Ley No. 35,
publicada en el Registro Oficial No. 338, el 18 de marzo de 1968, se dictó la Ley de la
Jurisdicción Contenciosa Administrativa que, desde entonces, no ha sufrido modificaciones
sustanciales. (Duran, 2023)
En la actualidad, los procesos contenciosos-administrativos están regulados por el
Código Orgánico General de Procesos (COGEP) (2015), el cual indica:
Las jurisdicciones contencioso tributaria y contencioso administrativo previstas en la
Constitución y en la ley, tienen por objeto tutelar los derechos de toda persona y realizar
el control de legalidad de los hechos, actos administrativos o contratos del sector
público sujetos al derecho tributario o al derecho administrativo; así como, conocer y
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resolver los diversos aspectos de la relación jurídico-tributaria o jurídico administrativa,
incluso la desviación de poder (Art. 300)
El procedimiento contencioso administrativo no solo pretende prevenir abusos de
poder, sino también fomentar la transparencia y la legalidad en la gestión pública. Además, la
capacidad de estos para abordar diversos aspectos de la relación jurídico-tributaria o jurídico-
administrativa, incluida la desviación de poder, resalta su papel en la defensa de la justicia y la
equidad en el ejercicio del poder público.
Duran (2016) considera: “lo contencioso administrativo es el conflicto que se suscita
entre la Administración y los particulares que, en sede judicial, discuten la eficacia jurídico-
legal de un acto o resolución emanados del poder público, que ha causado estado” (p. 22). Es
decir, el contencioso administrativo emerge como la vía judicial donde los ciudadanos
cuestionan la validez legal de actos gubernamentales, generando un espacio para la revisión y
equilibrio entre la Administración y los particulares en situaciones de conflicto jurídico.
Ha decir de Jiménez (2012) la consagración del Proceso Contencioso
Administrativo garantiza la prohibición de restringir mediante normas el derecho de los
particulares a cuestionar judicialmente las decisiones administrativas” (p. 23). Este
proceso refleja un compromiso con la transparencia, la rendición de cuentas y el acceso a la
justicia, fundamentales en la relación entre la administración pública y los ciudadanos.
En cuanto a las características de este proceso Duran (2016) indica las siguientes:
1. En relación con los sujetos, la administración será siempre parte procesal, como actora
o como demandada.
2. En relación con el objeto, la actividad administrativa afecta el derecho objetivo o
subjetivo del recurrente.
3. En relación con la apreciación, esta jurisdicción es revisora de los actos de la
administración, específicamente, del asunto materia de la impugnación de que se trate.
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4. En relación con el juzgamiento, tiene competencia legal y constitucional para juzgar la
actividad administrativa sin que se sientan afectadas las demás funciones, propiciando,
exclusivamente, el imperio de la legalidad; y,
5. En relación con el contenido, se halla integrada por normas propias que rigen en lo
sustantivo y en lo adjetivo, en la materia contencioso-administrativa. (p. 18)
En primer lugar, la participación constante de la administración como parte procesal,
ya sea como demandante o demandada, refleja la constante interacción entre la esfera pública
y los ciudadanos. La vinculación directa del objeto del proceso con los derechos, tanto
objetivos como subjetivos, del recurrente indica la naturaleza específica de las controversias
que aborda, conectando la actividad administrativa con las afectaciones directas a los derechos
individuales.
La función revisora de la jurisdicción respecto a los actos de la administración destaca
su papel como garante del cumplimiento legal y la rectitud en la toma de decisiones
gubernamentales. La competencia legal y constitucional para juzgar la actividad
administrativa, preservando la independencia de funciones, refuerza la importancia de esta
jurisdicción en el mantenimiento del imperio de la legalidad.
Por último, la existencia de normas específicas que rigen tanto en lo sustantivo como
en lo adjetivo en la materia contencioso-administrativa subraya la necesidad de un marco
jurídico especializado para abordar eficazmente las complejidades de las disputas entre la
administración y los particulares. Estas características delinean claramente el rol esencial del
proceso contencioso administrativo en la vigilancia y equilibrio de la actuación gubernamental.
Por ello, en Ecuador la justicia contencioso-administrativa se caracteriza por su
integración al sistema judicial, marcando una distinción con otros procedimientos donde los
sistemas son predominantemente administrativos o tienen una naturaleza mixta. Esta
particularidad refleja la conexión directa entre las disputas entre la administración y los
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ciudadanos y el sistema de justicia formal, estableciendo la importancia de un enfoque legal en
la resolución de conflictos en este ámbito.
Procedimiento del contencioso administrativo
El procedimiento del contencioso administrativo constituye la vía legal para resolver
disputas entre ciudadanos y la administración pública, asegurando el control judicial de los
actos administrativos. En cuanto a la competencia de este procedimiento el COGEP (2016)
establece que en las disputas en las que el Estado o las entidades incluidas en el sector público
designadas por la Constitución sean demandadas, la jurisdicción se establecerá en el tribunal
del área donde resida la parte actora. En cambio, si la parte actora es el Estado o alguna de estas
instituciones, la competencia se determinará según el lugar de residencia del demandado (Art.
299).
La importancia de establecer la competencia jurisdiccional en las controversias donde
el Estado o las instituciones del sector público señaladas por la Constitución son demandados
radica en la garantía de un proceso legal equitativo y accesible. Al asignar la competencia al
órgano jurisdiccional del domicilio de la parte actora cuando el Estado o las entidades públicas
son demandados, se busca proporcionar un entorno judicial s accesible y práctico para el
ciudadano que presenta la demanda. Por otro lado, al fijar la competencia en el lugar del
domicilio del demandado cuando el Estado o las instituciones públicas actúan como
demandantes, se promueve la eficiencia procesal al permitir que el proceso se lleve a cabo en
un tribunal cercano a la ubicación del demandado.
Si se habla de legitimación activa que se refiere al derecho de una persona o entidad
para actuar como demandante en un proceso legal o judicial. El COGEP (2016) consagra:
Se encuentran habilitados para demandar en procedimiento contencioso tributario y
contencioso administrativo:
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1. La persona natural o jurídica que tenga interés directo en demandar la nulidad o
ilegalidad de los actos administrativos o los actos normativos de la administración
pública, ya sea en materia tributaria o administrativa.
2. Las instituciones y corporaciones de derecho y las empresas públicas que tengan la
representación o defensa de intereses de carácter general o corporativo, siempre que la
acción tenga como objeto la impugnación directa de las disposiciones tributarias o
administrativas, por afectar a sus intereses.
3. La o el titular de un derecho subjetivo derivado del ordenamiento jurídico, que se
considere lesionado por el acto o disposición impugnados y pretenda el reconocimiento
de una situación jurídica individualizada o su restablecimiento.
4. La máxima autoridad de la administración autora de algún acto que, en virtud de lo
prescrito en la ley, no pueda anularlo o revocarlo por sí misma.
5. La persona natural o jurídica que pretenda la reparación del Estado cuando considere
lesionados sus derechos ante la existencia de detención arbitraria, error judicial, retardo
injustificado, inadecuada administración de justicia o violación del derecho a la tutela
judicial efectiva por violaciones al principio y reglas del debido proceso.
6. La persona natural o jurídica que se considere lesionada por hechos, actos o contratos
de la administración pública.
7. Las sociedades en los términos previstos en la ley de la materia (Art. 303)
Esta diversificación de actores, que abarca desde individuos con interés directo hasta
instituciones, corporaciones y empresas, resalta la importancia de garantizar un acceso justo y
eficiente a la justicia. La consideración de diferentes perspectivas, incluyendo la búsqueda de
reparación del Estado y la inclusión de sociedades, enriquece el proceso legal al reflejar la
complejidad de las relaciones entre la administración pública y los ciudadanos. Este enfoque
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contribuye a la transparencia y la equidad en la resolución de disputas legales, promoviendo
un sistema legal más completo y accesible para todos los involucrados.
Por otro lado, el Código Orgánico General de Procesos, COGEP (2016) también determina:
La demanda se podrá proponer contra:
1. La autoridad o las instituciones y entidades del sector público de quien provenga el
acto o disposición a que se refiere la demanda.
2. La o el director, delegado o jefe de la oficina u órgano emisor del título de crédito,
cuando se demande su nulidad o la prescripción de la obligación tributaria o se
proponga excepciones al procedimiento coactivo.
3. La o el funcionario recaudador o el ejecutor, cuando se demande el pago por
consignación o la nulidad del procedimiento de ejecución.
4. Las personas naturales o jurídicas a cuyo favor deriven derechos del acto o
disposición en los casos de la acción de lesividad.
5. Las personas naturales o jurídicas que hayan celebrado contratos con el Estado (Art.
304).
Esta precisión es esencial para asegurar una aplicación justa y equitativa de la ley,
permitiendo que los procedimientos legales aborden de manera efectiva las controversias en el
ámbito gubernamental. La inclusión de diversas figuras, desde funcionarios públicos hasta
entidades privadas que han celebrado contratos con el Estado, sugiere un enfoque integral para
garantizar la transparencia y rendición de cuentas en el sistema legal. Con este tipo de
disposiciones se busca contribuir a la estabilidad y eficacia del proceso legal, al tiempo que
respalda el acceso a la justicia para todas las partes involucradas.
El procedimiento contencioso administrativo, se rige por plazos específicos que buscan
establecer un marco temporal para la presentación de demandas en función de la naturaleza de
la acción legal. En los casos de acciones subjetivas o de plena jurisdicción, el término para
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proponer la demanda es de noventa días, a partir de la notificación del acto impugnado. Para
las acciones objetivas o de anulación por exceso de poder, se dispone de un plazo de tres años
desde la expedición del acto impugnado (COGEP, 2015).
En casos que abarquen asuntos contractuales y otras materias que se encuentren dentro
de la jurisdicción de los tribunales distritales de lo contencioso administrativo, el plazo para
presentar la demanda se extiende a cinco años. La acción de lesividad, por su parte, puede
interponerse en un plazo de noventa días a partir de la declaratoria de lesividad. Las
reclamaciones vinculadas con pagos indebidos, pagos excesivos o devoluciones de lo
correctamente abonado deben ser interpuestas en un lapso de tres años a partir de la fecha del
pago o de la determinación correspondiente, según sea el caso. Para otras acciones de
competencia de los jueces, el término o plazo se determina según la ley y la naturaleza
específica de la pretensión (COGEP, 2015)
El procedimiento contencioso administrativo es un mecanismo estructurado para
abordar disputas entre ciudadanos y la administración pública. Su importancia radica en la
protección de los derechos individuales y colectivos al ofrecer un recurso legal para impugnar
actos administrativos considerados perjudiciales. Además, actúa como un control efectivo
sobre los actos administrativos, asegurando que estos estén dentro de los límites de la legalidad
y previniendo posibles abusos de poder.
La transparencia y la rendición de cuentas se ven fortalecidas, ya que la administración
debe justificar y defender sus decisiones ante un tribunal imparcial. Facilita el acceso a la
justicia al ofrecer un proceso estructurado para impugnar decisiones administrativas,
contribuyendo a la resolución eficiente de disputas y evitando demoras innecesarias.
Asimismo, a través de las decisiones judiciales, contribuye al desarrollo de la jurisprudencia,
estableciendo precedentes legales que guían futuras interpretaciones y resoluciones.
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Principios de la administración de justicia en los procesos contenciosos administrativos
Los principios que guían la administración de justicia en los procesos contenciosos
administrativos están intrínsecamente ligados a la búsqueda de una resolución justa y
transparente de las disputas entre los ciudadanos y la administración pública. Por ello, son un
sólido fundamento legal que garantiza que todas las partes involucradas tengan igualdad de
acceso y tratamiento ante la ley. La transparencia emerge como un pilar fundamental,
permitiendo que cada fase del proceso sea abierta al escrutinio público, fortaleciendo así la
confianza en el sistema legal. La justicia, en este marco, no solo se traduce en el dictamen de
sentencias, sino también en el respeto escrupuloso de los derechos individuales y en la
aplicación imparcial de las normativas vigentes.
En Ecuador, estos principios son establecidos en la Constitución de la República (2008):
1. Los órganos de la Función Judicial gozarán de independencia interna y externa. Toda
violación a este principio conllevará responsabilidad administrativa, civil y penal de
acuerdo con la ley.
2. La Función Judicial gozará de autonomía administrativa, económica y financiera.
3. En virtud de la unidad jurisdiccional, ninguna autoridad de las demás funciones del
Estado podrá desempeñar funciones de administración de justicia ordinaria, sin
perjuicio de las potestades jurisdiccionales reconocidas por la Constitución.
4. El acceso a la administración de justicia será gratuito. La ley establecerá el régimen
de costas procesales.
5. En todas sus etapas, los juicios y sus decisiones serán públicos, salvo los casos
expresamente señalados en la ley.
6. La sustanciación de los procesos en todas las materias, instancias, etapas y diligencias
se llevará a cabo mediante el sistema oral, de acuerdo con los principios de
concentración, contradicción y dispositivo (Art. 168).
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La importancia de estos principios es que garantizan un sistema legal justo, equitativo
y transparente. La independencia interna y externa de los órganos judiciales asegura que estos
puedan ejercer sus funciones de manera imparcial, sin influencias indebidas, promoviendo la
confianza de la sociedad en la justicia. Cualquier violación a este principio no solo representa
una falta ética, sino que conlleva responsabilidades administrativas, civiles y penales,
estableciendo un marco de rendición de cuentas.
La autonomía administrativa, económica y financiera de la Función Judicial es crucial
para su eficiente operación. Esta autonomía garantiza que el sistema judicial pueda gestionar
sus recursos de manera independiente, sin depender de otras ramas del gobierno, lo que
contribuye a preservar su integridad y capacidad de tomar decisiones basadas en la ley.
La unidad jurisdiccional es otro principio esencial, evitando la interferencia de otras
funciones del Estado en la administración de justicia ordinaria. Esto salvaguarda la
imparcialidad del sistema y asegura que la aplicación de la ley sea realizada exclusivamente
por aquellos investidos con autoridad judicial.
La gratuidad en el acceso a la administración de justicia es un principio democrático
que promueve la igualdad ante la ley. Garantizar que los ciudadanos tengan la capacidad de
buscar justicia sin barreras económicas es esencial para el fortalecimiento de la democracia. La
publicidad de los juicios y sus decisiones, excepto en casos expresamente señalados por la ley,
contribuye a la transparencia del sistema judicial, permitiendo que la sociedad observe y evalúe
la actuación de la justicia. Finalmente, la implementación del sistema oral en la sustanciación
de procesos, conforme a los principios de concentración, contradicción y dispositivo, agiliza y
simplifica los procedimientos judiciales, favoreciendo una justicia s eficiente y accesible
para todos los ciudadanos.
El sistema procesal, entendido como el conjunto de normas que rigen la resolución de
disputas legales, se erige como un medio fundamental para la realización de la justicia. Por
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ello, las normas procesales desempeñan un papel crucial al consagrar principios como la
simplificación, uniformidad, eficacia, inmediación, celeridad y economía procesal. Estos
principios buscan garantizar un proceso judicial justo, ágil y eficiente. No obstante, el
reconocimiento de que la justicia prevalece sobre formalidades evita que la búsqueda de
eficacia sacrifique la esencia misma del debido proceso. De este modo, se establece un
equilibrio entre la eficiencia del sistema y la preservación de las garantías fundamentales,
asegurando que ningún acto procesal omita la esencia de la justicia (Constitución de la
República, 2008)
Estos principios de simplificación, uniformidad, eficacia, inmediación, celeridad y
economía procesal en los procesos contenciosos administrativos son importantes para el buen
funcionamiento de la administración de justicia. La simplificación busca eliminar redundancias
y complejidades innecesarias, facilitando así la comprensión y agilizando la tramitación de los
casos. La uniformidad garantiza la coherencia en la aplicación de las normas, evitando
interpretaciones dispares y promoviendo la equidad.
La eficacia asegura que los recursos judiciales se utilicen de manera efectiva,
maximizando la resolución de casos sin dilaciones indebidas. La inmediación, por su parte,
implica una conexión directa entre el juez y las partes, favoreciendo un entendimiento más
profundo de los asuntos en disputa y permitiendo una toma de decisiones más informada. La
celeridad se presenta como un principio esencial, especialmente en los procesos contenciosos
administrativos, donde la prontitud en la resolución de disputas entre ciudadanos y la
administración pública es fundamental para evitar perjuicios innecesarios. Por último, la
economía procesal busca optimizar los recursos, tanto en términos de tiempo como de costos,
promoviendo una gestión eficiente de los casos.
En conjunto, estos principios no solo agilizan la administración de justicia en los
procesos contenciosos administrativos, sino que también garantizan que esta sea transparente
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y accesible. La aplicación coherente de estos principios fortalece la confianza en el sistema
legal y contribuye a la protección efectiva de los derechos de los ciudadanos frente a la
administración pública.
Principio de Celeridad.
El concepto de celeridad procesal va más allá de la simple modernización de los
procedimientos legales. No se trata únicamente de ajustar técnicas y definir competencias para
acortar los plazos procesales, sino que posee una profunda conexión con la esencia de los
derechos humanos. En el corazón de esta perspectiva yace el reconocimiento de que la vida
humana es efímera, y, por ende, los conflictos sociales requieren ser resueltos de manera
expedita. La celeridad procesal se convierte en una herramienta esencial para que el Derecho
cumpla su función fundamental como estabilizador de expectativas tanto individuales como
colectivas (Luhmann, 2009)
La celeridad, etimológicamente vinculada a la expresión latina "celeritas", connota
velocidad, prontitud y agilidad. Este término adquiere el significado de "velocidad, prontitud,
rapidez", valorándose como una cualidad cuando se manifiesta en actividades diligentes. En el
ámbito judicial, la celeridad se convierte en un principio esencial, reflejando la necesidad de
una tramitación rápida y eficiente de los procesos legales. Este concepto no solo implica la
rapidez en la toma de decisiones, sino también la prontitud en la respuesta a las demandas de
la sociedad, asegurando así la agilidad en la realización de actos judiciales para lograr una
administración de justicia eficaz y accesible. (Guerrero, 2016)
Al acelerar la resolución de disputas legales, se contribuye directamente a la protección
de los derechos fundamentales de las personas. La prolongación excesiva de los procedimientos
judiciales puede generar una negación implícita de justicia, afectando la confianza en el sistema
legal y, en última instancia, comprometiendo la vigencia de los derechos humanos. La pronta
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resolución de los conflictos, en cambio, permite que el Derecho actúe como un mecanismo
eficaz para mantener la estabilidad en las relaciones individuales y colectivas.
En el contexto complejo que rodea la cuestión de la celeridad procesal, es importante
reconocer que el proceso judicial sirve como un instrumento multifacético, cumpliendo
dualmente el papel de facilitar el acceso a la justicia y de proporcionar un método estructurado
para resolver las cuestiones planteadas en un juicio. La efectiva instrumentación de este
proceso requiere una cuidadosa combinación de elementos políticos, administrativos y
judiciales, cada uno desempeñando un papel esencial en la búsqueda de una justicia eficiente
y accesible (Callegari, 2001).
Desde una perspectiva política, es necesario establecer pautas que contribuyan a acortar
los plazos y simplificar las fases procedimentales (Callegari, 2001). La adaptación de
competencias, la generación de reglas procesales y materiales que se adecuen al estilo de vida
de la sociedad contemporánea son pasos fundamentales para agilizar el sistema judicial. La
modernización política, por lo tanto, se convierte en una herramienta clave para construir un
proceso judicial que responda de manera eficaz a las demandas cambiantes de la sociedad.
En el ámbito administrativo, la gestión eficiente se vuelve cada vez más dependiente
de sistemas informatizados (Callegari, 2001). La implementación de modelos de gestión
modernos se enfrenta al desafío de producir un trabajo de alta calidad y en gran cantidad. La
tecnología se erige como aliada en la optimización de los procesos administrativos, permitiendo
una mayor rapidez y eficiencia en la tramitación de los casos judiciales.
En el ámbito judicial, el Poder Judicial asume un compromiso con la sociedad al abrirse
institucionalmente. Esta apertura no solo implica una mayor accesibilidad para los ciudadanos,
sino que también garantiza la realización efectiva del principio de acceso a la justicia
(Callegari, 2001). La transparencia y la comunicación efectiva son elementos fundamentales
para construir una relación de confianza entre la judicatura y la sociedad.
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En este sentido la Constitución de la República (2008) indica: Toda persona tiene
derecho al acceso gratuito a la justicia y a la tutela efectiva, imparcial y expedita de sus
derechos e intereses, con sujeción a los principios de inmediación y celeridad; en ningún caso
quedará en indefensión” (Art. 75). La inmediatez y celeridad destacadas refuerzan la idea de
que la justicia debe ser pronta y accesible
La celeridad no solo contribuye a la satisfacción de las partes involucradas, sino que
fortalece la confianza en el sistema judicial al demostrar su capacidad de responder de manera
oportuna a las demandas de la sociedad. En última instancia, este principio asegura que la
justicia no solo sea accesible, sino también expedita, cumpliendo así con su función esencial
de resolver disputas de manera rápida y equitativa.
La inobservancia del principio de celeridad conlleva consecuencias negativas que
afectan la plena realización de los estándares del debido proceso. La ausencia de una gestión
expedita y eficiente puede resultar en dilaciones injustificadas, lo cual no solo afecta la
prontitud en la resolución de disputas, sino que también socava la esencia misma de un proceso
justo. La celeridad no solo implica rapidez, sino también la necesidad de evitar demoras
innecesarias que podrían perjudicar a las partes involucradas (Dousdebes-Santos, 2016).
La falta de celeridad puede comprometer la integridad del proceso legal, afectando la
confianza en el sistema judicial y, en última instancia, menoscabando la protección de los
derechos fundamentales. Por tanto, la observancia rigurosa del principio de celeridad no solo
es esencial para la eficacia del sistema judicial, sino tambn para garantizar que los estándares
del debido proceso sean respetados de manera integral.
También, constituye un impedimento para el adecuado ejercicio de la tutela judicial
efectiva, toda vez que esta se direcciona a:
1. Eliminar obstáculos procesales que afecten a la libertad de acceso a la justicia
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2. Obtener una sentencia debidamente motivada y fundada, en un tiempo razonable,
más allá si la decisión es acertada o no
3. Que esa sentencia sea cumplida, es decir que se cumpla fehacientemente con la
ejecutoriedad del fallo (p. 19).
Procedimiento de acciones contencioso-administrativas
El Código Orgánico General de Procesos, COGEP (2016), expresa que “Todas las
acciones contencioso-administrativas se tramitarán en procedimiento ordinario, salvo las de
pago por consignación que se tramitarán en procedimiento sumario.” (Art. 327). El uso del
procedimiento ordinario para la mayoría de las acciones proporciona un marco completo y
detallado para abordar una variedad de disputas, lo que permite un análisis exhaustivo de los
problemas en juego y un proceso más completo de resolución. Por otro lado, la elección del
procedimiento sumario para las acciones relacionadas con el pago por consignacn sugiere
una necesidad de agilidad y eficiencia en la resolución de disputas específicas, como aquellas
relacionadas con obligaciones financieras.
Las etapas del procedimiento ordinario, según lo establecido en el COGEP (2016),
comienzan con la calificación de la demanda y la contestación. Una vez presentada y admitida
la demanda, el juez cita a los demandados, quienes tienen treinta días para presentar su
contestación. Previamente a la sustanciación del proceso, el juez califica la demanda y otros
escritos pertinentes, procediendo conforme a las disposiciones generales. La audiencia
preliminar se convoca tres días después del vencimiento del plazo para contestar la demanda.
Las partes deben comparecer personalmente, salvo excepciones autorizadas. Durante esta
audiencia, el juez resolverá sobre excepciones previas y otros aspectos relacionados con la
validez del proceso.
Además, se discuten las excepciones previas, se promueve la conciliación, se exponen
los fundamentos de las partes y se realizan otros actos procesales relevantes. El juez podrá
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ordenar la práctica de pruebas y resolver sobre su admisibilidad. Posteriormente, se resuelven
las excepciones previas planteadas, estableciendo los términos para subsanar defectos, si
corresponde, o declarando sin lugar la demanda en caso de excepciones no subsanables.
Durante la audiencia preliminar, también se resuelven los recursos propuestos, determinando
su procedencia y efecto. Finalmente, la audiencia de juicio se realiza en un plazo máximo de
treinta días después de la audiencia preliminar. Durante esta etapa, se formulan los alegatos
iniciales, se practican las pruebas admitidas y se realizan los alegatos finales. El juez emitirá
su resolución conforme a lo dispuesto en el Código.
Por otro lado, el procedimiento sumario, conforme al Artículo 333 del COGEP (2016),
se caracteriza por una serie de reglas que agilizan el desarrollo del proceso. En primer lugar, se
destaca que no procede la reforma de la demanda, lo que implica que esta debe presentarse de
manera completa y definitiva desde el inicio del proceso. Además, solo se admite la
reconvención conexa, lo que limita la posibilidad de incluir nuevos reclamos en la contestación
de la demanda. Una de las particularidades del procedimiento sumario es la brevedad de los
plazos procesales. Tanto para contestar la demanda como para la reconvención, se dispone de
un término de quince días, con excepciones específicas para ciertos tipos de casos, como los
relacionados con niñez y adolescencia, donde el plazo se reduce a diez días.
La audiencia única es el eje central del procedimiento sumario y se divide en dos fases.
En la primera fase, se lleva a cabo el saneamiento del proceso, la fijación de los puntos en
debate y la conciliación entre las partes. En la segunda fase, se desarrolla la prueba y los
alegatos. Esta audiencia debe realizarse en un plazo máximo de treinta días a partir de la
contestación a la demanda, aunque existen plazos diferenciados para ciertos tipos de casos,
como los relacionados con niñez y adolescencia, despido intempestivo de mujeres
embarazadas, dirigentes sindicales, entre otros.
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Metodología
Este trabajo se desarrolló mediante un paradigma cualitativo mismo que consiste en un
‘‘sistema de creencia, convicciones y forma de asumir la realidad, la relación sujeto-objeto y
la lógica procedimental para la generación de conocimiento científico’’ (Finol y Vera, 2020, p.
7). La metodología utilizada es deductiva apoyada en el análisis documentológico y
bibliográfico.
La investigación propuesta tiene como objetivo analizar la aplicación del principio de
celeridad en los procedimientos contenciosos administrativos en Ecuador, identificando
obstáculos y proponiendo soluciones para optimizar la eficiencia del sistema para garantizar
una tutela judicial efectiva.
Resultados
El principio de celeridad en los procesos contenciosos administrativos en Ecuador
revela la interconexión entre este concepto y la esencia misma de los derechos humanos. La
celeridad no es solo un ajuste técnico de procedimientos legales, sino una herramienta
fundamental para que el Derecho cumpla su función de estabilizador de expectativas
individuales y colectivas. La etimología de "celeridad" sugiere velocidad y prontitud,
cualidades importantes en el ámbito judicial para garantizar una administración de justicia
eficaz y accesible. Al acelerar la resolución de disputas, se protegen directamente los derechos
fundamentales de las personas, evitando una negación implícita de justicia que socavaría la
confianza en el sistema legal.
Desde una perspectiva política, la modernización y adaptación de competencias son
esenciales para acortar plazos y simplificar procedimientos. La tecnología en la gestión
administrativa se erige como aliada para lograr mayor rapidez y eficiencia en la tramitación de
casos judiciales. La Constitución de la República (2008) subraya la inmediatez y celeridad
como principios fundamentales para el acceso gratuito a la justicia.
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En el contexto de los procesos contenciosos administrativos, la eficiencia se vuelve
crítica, y el COGEP establece competencias y plazos específicos para garantizar un acceso
equitativo. La diversificación de actores habilitados para demandar refleja un enfoque integral,
incluyendo desde individuos hasta instituciones, resaltando la complejidad de las relaciones
entre la administración y los ciudadanos. La falta de celeridad no solo compromete la integridad
del proceso legal, sino que también afecta la confianza en el sistema judicial, menoscabando la
protección de los derechos fundamentales. La rigurosa observancia del principio de celeridad
no es solo esencial para la eficacia del sistema judicial, sino también para garantizar el respeto
integral de los estándares del debido proceso.
En el marco del contencioso administrativo en Ecuador, el proceso se presenta como
un instrumento multifacético que cumple roles duales: facilitar el acceso a la justicia y
proporcionar un método estructurado para resolver disputas. La competencia política y
administrativa, junto con la implementación de tecnologías modernas, se revelan como
elementos clave para construir un proceso judicial que responda eficazmente a las demandas
cambiantes de la sociedad. La celeridad en los procesos contenciosos administrativos no es
solo una necesidad técnica, sino un pilar esencial para la eficacia, equidad y confianza en el
sistema judicial ecuatoriano.
Conclusiones
El incumplimiento de los plazos y términos procesales en el procedimiento ordinario,
donde se sustancian las acciones contenciosas administrativas, es algo que pasa comúnmente
dentro de los procedimientos administrativos, esto socava la efectividad de la tutela judicial.
Esta falta de cumplimiento tiene repercusiones directas tanto para los ciudadanos como para el
Estados. Para los ciudadanos, el retraso en la resolución de los casos puede resultar en una
prolongada incertidumbre y dificultades financieras. La demora en la obtención de una
sentencia puede significar una espera prolongada para obtener reparación por daños sufridos o
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derechos vulnerados. Además, el extenso proceso judicial puede generar gastos adicionales
para los demandantes en términos de honorarios legales y otros costos asociados, lo que afecta
su acceso efectivo a la justicia.
Por otro lado, para el Estado, el incumplimiento de los plazos procesales puede
traducirse en un aumento significativo en los valores a pagar en casos donde la sentencia
conlleva una reparación económica. Estos retrasos pueden provocar la acumulación de
intereses, multas u otros cargos adicionales que el Estado debe asumir como resultado de su
responsabilidad legal. Es decir, la falta de eficiencia en la resolución de casos puede generar
una carga financiera adicional en términos de recursos judiciales y administrativos utilizados
durante todo el proceso.
El procedimiento contencioso administrativo suele involucrar disputas entre
ciudadanos y entidades gubernamentales, de allí la importancia del principio de celeridad y su
resolución oportuna es crucial para evitar la dilación innecesaria y garantizar el acceso a una
justicia pronta. Aquí hay algunas estrategias para garantizar la eficiencia en estos procesos:
Tecnología y Automatización: La incorporación de tecnologías modernas y sistemas de
gestión electrónica puede agilizar significativamente los procesos. La presentación
electrónica de documentos, la gestión de expedientes en línea y la automatización de
tareas administrativas pueden reducir los tiempos de espera y aumentar la eficiencia en
la gestión de casos.
Establecimiento de Plazos Razonables: Es esencial establecer plazos razonables para
cada fase del proceso. Los tribunales deben tener el poder de gestionar y controlar los
tiempos, evitando demoras injustificadas y asegurando que las partes cumplan con los
plazos establecidos.
Evaluación Periódica del Desempeño: Realizar evaluaciones periódicas del desempeño
de los tribunales y funcionarios judiciales en términos de eficiencia y celeridad puede
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ser una herramienta efectiva para identificar áreas de mejora y aplicar medidas
correctivas.
Simplificación Procesal: Simplificar los procedimientos y tmites judiciales puede
contribuir a una mayor celeridad. Eliminar procesos innecesarios y reducir la burocracia
puede agilizar la resolución de casos.
La optimización de los procesos judiciales es importante para garantizar una
administración de justicia oportuna. En este sentido, estos procesos se deberían sustanciar en
procedimiento sumario en lugar de ordinario, esta es una medida que podría agilizar
significativamente la resolución de disputas. La consolidación de dos audiencias en una sola
no solo ahorra tiempo y recursos, sino que también simplifica el proceso para todas las partes
involucradas, promoviendo así una mayor eficiencia en el sistema judicial.
Además, hay que constituir más tribunales distritales. La escasez de tribunales en
relación con el número de provincias genera una carga excesiva sobre los existentes, lo que
resulta en demoras y una prestación deficiente del servicio público. Al establecer más
tribunales distritales, se podría distribuir de manera más equitativa la carga de trabajo y mejorar
la accesibilidad de la justicia para los ciudadanos en todas las regiones. Esto no solo promovería
la calidad del servicio judicial, sino que también fortalecería la confianza en el sistema legal
en su conjunto.
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