Código Científico Revista de Investigación/ V.5/ N. E3/ www.revistacodigocientifico.itslosandes.net
ISSN: 2806-5697
Vol. 5 – Núm. E3 / 2024
pág. 776
Derechos de los Adultos Mayores en materia de inquilinato:
Análisis comparado entre Ecuador y Estados Unidos
Rights of Older Adults in rental matters: Comparative analysis between
Ecuador and the United States
Direitos dos Idosos em matéria de arrendamento: Análise comparativa
entre o Equador e os Estados Unidos
Milton John Carrion Valle
1
Universidad Tecnológica Indoamérica
mcarrion4@indoamerica.edu.ec
Esteban Mateo Calero Larrea
2
Universidad Tecnológica Indoamérica
estebandelcalero@uti.edu.ec
DOI / URL: https://doi.org/10.55813/gaea/ccri/v5/nE3/345
Como citar:
Carrión, M. & Calero, E. (2024). Derechos de los Adultos Mayores en materia de inquilinato:
Análisis comparado entre Ecuador y Estados Unidos. Código Científico Revista de
Investigación, 5(E3), 776-798.
Recibido: 14/02/2024 Aceptado: 15/03/2024 Publicado: 30/04/2024
1
Estudiante de la Universidad Indoamérica
2
Abogado por la universidad San Francisco de Quito con mainors en filosofía. Auxiliar de Investigación y docente
a tiempo completo de la Universidad Indoamérica Especialista Superior en Derecho Procesal por la universidad
Andina Simón Bolívar. Master en derecho de daños con especialización en fundamentos para el análisis del
derecho privado por la universidad de Girona.
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Resumen
El presente artículo académico tiene como objetivo analizar los desafíos y recursos en la
protección de los derechos de los adultos mayores en el ámbito del arrendamiento, comparando
la legislación de Ecuador y Estados Unidos. La problemática radica en la falta de protección
específica para los adultos mayores en materia de inquilinato en Ecuador. Aunque cuentan con
derechos reconocidos en otros ámbitos, como la Constitución y la Ley Orgánica de las Personas
Adultas Mayores, la ausencia de beneficios y garantías legales específicas en el ámbito del
arrendamiento ha llevado a la vulneración de derechos fundamentales, como el acceso a una
vivienda digna. Esta carencia normativa deja a los adultos mayores en una posición de
desventaja frente a posibles abusos por parte de arrendadores, sin mecanismos claros para
proteger su estabilidad habitacional y su bienestar en el contexto del alquiler de viviendas. La
metodología de esta investigación es de naturaleza cualitativa que emplea los métodos
analíticos, exegético y de derecho comparado. El método analítico se utilizará para
descomponer el tema en sus componentes clave. Por otro lado, el método exegético implicará
una interpretación detallada y contextualizada de las leyes, regulaciones y disposiciones legales
relevantes en cada país, permitiendo un análisis profundo de la legislación vigente relacionada
con este tema. Finalmente, el método de derecho comparado se empleará para comparar y
contrastar las disposiciones legales y las prácticas en ambas jurisdicciones, identificando
similitudes, diferencias y posibles áreas de convergencia o divergencia en la protección de los
derechos de los adultos mayores en el contexto del arrendamiento de viviendas.
Palabras clave: adultos mayores, arrendamiento, Derechos, derecho Comparado, Ley de
Inquilinato.
Abstract
The present academic article aims to analyze the challenges and resources in protecting the
rights of older adults in the realm of tenancy, comparing the legislation of Ecuador and the
United States. The problem lies in the lack of specific protection for older adults in the field of
tenancy in Ecuador. Although they have recognized rights in other areas, such as the
Constitution and the Organic Law of Older Adults, the absence of specific legal benefits and
guarantees in the realm of tenancy has led to the violation of fundamental rights, such as access
to decent housing. This normative gap leaves older adults in a disadvantaged position against
possible abuses by landlords, without clear mechanisms to protect their housing stability and
well-being in the context of rental housing. The methodology of this research is qualitative in
nature, employing analytical, exegetical, and comparative legal methods. The analytical
method will be used to break down the topic into its key components. On the other hand, the
exegetical method will involve a detailed and contextualized interpretation of the laws,
regulations, and relevant legal provisions in each country, allowing for a thorough analysis of
the current legislation related to this topic. Finally, the comparative legal method will be
employed to compare the legal provisions and practices in both jurisdictions, identifying
similarities, differences, and potential areas of convergence or divergence in protecting the
rights of older adults in the context of tenancy.
Keywords: older adults, tenancy, Rights, Comparative Law, Tenancy Law.
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Resumo
O objetivo deste artigo acadêmico é analisar os desafios e recursos na proteção de dois direitos
na área de localização, comparando a legislação do Equador e dos Estados Unidos. O problema
reside na falta de proteção específica para quem tem condições de arrendamento no Equador.
Embora tenham direitos reconhecidos nos nossos domínios, como a Constituição e a Lei
Orgânica do Idoso, na ausência de benefícios e garantias legais específicas na área do
arrendamento estão sujeitos à violação de direitos fundamentais, como o acesso à habitação.
de valor. Esta falta de regulamentação deixa as crianças numa posição de desvantagem contra
possíveis abusos por parte dos proprietários, sem mecanismos claros para proteger a
estabilidade e segurança da sua habitação no contexto do arrendamento habitacional. A
metodologia desta pesquisa é de natureza qualitativa que utilizatodos analíticos, exegéticos
e comparativos. O método analítico será utilizado para decompor o tema em seus principais
componentes. Por outro lado, o método exegético envolverá uma interpretação detalhada e
contextualizada das leis, regulamentos e disposições legais relevantes de cada país, permitindo
uma análise aprofundada da legislação vigente relacionada com este tema. Por último, será
utilizado o método comparativo para comparar e contrastar as disposições legais e práticas em
ambas as jurisdições, identificando semelhanças, diferenças e possíveis áreas de convergência
ou divergência na proteção de dois direitos no contexto do arrendamento habitacional.
Palavras-chave: adultos mayores, arrendamiento, Derechos, derecho Comparado, Ley de
Inquilinato.
Introducción
Los adultos mayores, también conocidos como personas de la tercera edad o ancianos,
son aquellos individuos que han alcanzado una edad avanzada en su ciclo de vida. Si bien no
hay una definición universalmente aceptada de cuándo comienza esta etapa, generalmente se
considera que una persona es mayor cuando alcanza los 65 años de edad esto según lo que
establece la Ley Orgánica de las personas Adultas Mayores. Este grupo demográfico representa
una parte significativa de la población en muchos países y su número está en constante aumento
debido al envejecimiento de la población.
A lo largo del tiempo, los derechos de los adultos mayores han experimentado avances
significativos en muchos países, reflejando un cambio cultural hacia una mayor valoración y
protección de este grupo demográfico. En el ámbito legal, se han promulgado leyes y políticas
específicas destinadas a garantizar el bienestar y la dignidad de los adultos mayores. Estos
avances incluyen la creación de programas de seguridad social, acceso a la atención médica,
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protección contra la discriminación por edad y la promoción de una calidad de vida adecuada
en la vejez (Huenchuan, 2011). Además, se han establecido organismos gubernamentales y
organizaciones no gubernamentales dedicados a abogar por los derechos de los adultos
mayores y a proporcionarles apoyo y recursos como el Sistema Nacional Especializado de
Protección Integral de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, el Consejo Nacional
para la Igualdad Intergeneracional, la Defensoría del Pueblo, etc.
Actualmente, los adultos mayores son considerados como parte de los grupos de
atención prioritaria según lo establecido en el artículo 35 de la Constitución. Esta designación
implica que tienen derechos exclusivos para priorizar su bienestar y protección. La inclusión
de los adultos mayores en esta categoría resalta la importancia de reconocer sus necesidades
específicas y garantizar que reciban la atención y el apoyo adecuados. Estos derechos
exclusivos se extienden a diversas áreas, como la atención médica, la seguridad social, la
vivienda, la participación en la vida comunitaria y el acceso a servicios especializados.
Reconocer y proteger los derechos de los adultos mayores como grupo de atención prioritaria
es fundamental para promover su dignidad, autonomía y calidad de vida en la sociedad.
A pesar de que la Constitución otorga derechos exclusivos a los adultos mayores, en
materia de inquilinato no cuentan con ningún beneficio adicional o derecho específico. Aunque
estos individuos están reconocidos como parte de los grupos de atención prioritaria según lo
establecido en el artículo 35 de la Constitución, la falta de disposiciones legales que aborden
sus necesidades en el ámbito del arrendamiento de viviendas representa una laguna
significativa en la protección de sus derechos. Esta situación expone a los adultos mayores a
posibles situaciones de vulnerabilidad y abuso por parte de arrendadores, evidenciando la
necesidad de establecer normativas específicas que salvaguarden sus intereses en este contexto
particular.
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En contraste con la situación en Ecuador, en Estados Unidos, los adultos mayores
cuentan con una amplia gama de derechos y protecciones en materia de inquilinato. La
legislación estadounidense incluye disposiciones específicas diseñadas para salvaguardar los
intereses y la seguridad habitacional de este grupo demográfico. Estas medidas abarcan desde
regulaciones que prohíben la discriminación por edad en la vivienda hasta programas de
asistencia y subsidios destinados a facilitar el acceso a alojamientos adecuados para las
personas de la tercera edad, como se desarrolla en el tercer acápite. Además, existen instancias
legales y recursos de apoyo disponibles para aquellos adultos mayores que enfrentan problemas
relacionados con el arrendamiento, lo que les brinda una mayor protección y respaldo en
comparación con sus pares en otros contextos legales.
El objetivo principal de este artículo académico es analizar los desafíos y recursos
existentes en la protección de los derechos de los adultos mayores en el contexto del
arrendamiento de viviendas, mediante una comparación exhaustiva de la legislación vigente en
Ecuador y Estados Unidos. Se busca identificar las brechas y diferencias en las disposiciones
legales de ambos países, así como evaluar la efectividad de los mecanismos establecidos para
garantizar el acceso a una vivienda digna y segura para este segmento de la población. A través
de este análisis comparativo, se pretende contribuir al desarrollo de políticas y normativas que
promuevan la protección integral de los derechos de los adultos mayores en el ámbito del
arrendamiento, con miras a mejorar su calidad de vida y bienestar.
En este artículo se abordará cuatro subtemas, el primer subtema se centra en los
derechos específicos de los adultos mayores en Ecuador, destacando las disposiciones
constitucionales y legales relevantes que afectan su situación en el ámbito del arrendamiento.
El segundo subtema analiza en detalle la ley de inquilinato en Ecuador. El tercer subtema se
adentra en el marco legal y los derechos de los adultos mayores en materia de inquilinato en
Estados Unidos, contrastando las diferencias y similitudes con el contexto ecuatoriano.
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Finalmente, el cuarto subtema examina la situación actual de las personas adultas mayores en
Ecuador, ofreciendo un panorama general de su realidad socioeconómica y habitacional para
contextualizar mejor los desafíos y las necesidades específicas de este grupo demográfico en
el país.
Desarrollo
Derechos de los Adultos Mayores
Los adultos mayores son individuos que han alcanzado una etapa avanzada de su vida,
generalmente considerada a partir de los 65os de edad, así lo establece el artículo 5 de la
Ley Orgánica de las Personas Adultas Mayores. González (2023) Este grupo demogfico se
caracteriza por experimentar cambios físicos, cognitivos y emocionales asociados al proceso
natural de envejecimiento, así como por enfrentar diversos desafíos y oportunidades en áreas
como la salud, la participación social y el bienestar emocional.
El artículo 35 de la Constitución de la Republica del Ecuador establece:
Las personas adultas mayores, niñas, niños y adolescentes, mujeres embarazadas,
personas con discapacidad, personas privadas de libertad y quienes adolezcan de
enfermedades catastróficas o de alta complejidad, recibirán atención prioritaria y
especializada en los ámbitos público y privado. (Asamblea Constituyente, 2008)
Los adultos mayores son considerados dentro de los grupos de atención prioritaria,
debido a varios factores. En primer lugar, el envejecimiento de la población es una tendencia
demográfica importante en el país esto sen lo que establece González (2023), lo que
destaca la necesidad de prestar especial atención a las necesidades y derechos de este grupo.
Ades, muchos adultos mayores enfrentan desaos relacionados con el acceso a servicios
de salud, la seguridad económica y la participación social, lo que resalta la importancia de
implementar políticas y programas específicos para apoyar su bienestar y calidad de vida.
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Al ser un grupo de atención prioritaria la Constitución prevalece una especial
protección, por ello en su artículo 37 estableció los siguientes derechos exclusivos de los
adultos mayores:
1. La atencn gratuita y especializada de salud, así como el acceso gratuito a
medicinas.
2. El trabajo remunerado, en función de sus capacidades, para lo cual tomará en cuenta
sus limitaciones.
3. La jubilación universal.
4. Rebajas en los servicios públicos y en servicios privados de transporte y
espectáculos.
5. Exenciones en el régimen tributario.
6. Exoneración del pago por costos notariales y registrales, de acuerdo con la ley.
7. El acceso a una vivienda que asegure una vida digna, con respeto a su opinión y
consentimiento (Asamblea Constituyente, 2008).
Garantizar derechos exclusivos a las personas adultas mayores es esencial para
asegurar su dignidad y respeto desps de haber contribuido a la sociedad durante su vida
laboral. Esto les brinda protección contra la discriminación en ámbitos como el empleo, la
atención médica y la vivienda, promoviendo ala igualdad de oportunidades. Además, al
asegurarles acceso a servicios especializados y programas de bienestar social, se fomenta su
bienestar y calidad de vida en la etapa de jubilación.
Para fortalecer la protección y el respeto a los derechos de las personas adultas
mayores, que están consagrados en la constitución, se promulgó la Ley Orgánica de Personas
Adultas Mayores en 2019. Esta ley según su artículo 3 fue creada para los siguientes fines:
1. Crear el Sistema Nacional Especializado de Protección Integral de los Derechos de
las Personas Adultas Mayores.
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2. Impulsar el cumplimiento de mecanismos de promoción, asistencia, exigibilidad,
protección y restitución de los derechos de las personas adultas mayores, garantizando
la igualdad y no discriminación.
3. Orientar políticas, planes y programas estatales que aborden las necesidades de los
adultos mayores y promuevan un envejecimiento saludable.
4. Fomentar la corresponsabilidad y la participación del Estado, la sociedad y la familia
para incluir a las personas adultas mayores, respetando su autonomía y experiencias
de vida.
5. Promover la integración y participación de las personas adultas mayores en la
formulación de políticas públicas y en diversas actividades sociales, culturales y
vicas.
6. Establecer un marco normativo que garantice el pleno ejercicio de los derechos de las
personas adultas mayores.
7. Garantizar una vida digna para las personas adultas mayores mediante el acceso a
servicios de calidad en todas las etapas del envejecimiento.
8. Promover la eliminación de todas las formas de abandono, discriminación, odio,
explotación, violencia y abuso por razones de la edad, dentro del ámbito de
competencia de los organismos del Sistema, de acuerdo con la legislacn vigente.
(Asamblea Nacional, 2019)
Con la implementación de estas medidas legislativas, Ecuador, que es un país
garantista de derechos, ha intentado demostrado su compromiso con la protección y el pleno
respeto de los derechos de las personas mayores en la sociedad. Además de estas leyes, se
requiere un enfoque integral que incluya políticas blicas, programas de sensibilizacn,
acceso equitativo a servicios de salud y bienestar social, a como medidas concretas para
combatir la discriminación y el abuso hacia las personas mayores.
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Asimismo, dentro de la Ley Orgánica de las Personas Adultas Mayores en Ecuador,
uno de los derechos fundamentales consagrados es el derecho a la vivienda, el articulo 24
consagra:
Las personas adultas mayores tienen derecho al disfrute de una vivienda digna y
adecuada; a residir en su propia vivienda por el tiempo que sea necesario, sin que su
familia o apoderados puedan limitar su derecho de uso, goce y disposición (Asamblea
Nacional, 2019)
Sin embargo, este articulo a pesar de hablar sobre el derecho de las personas adultas
mayores a residir en su propia vivienda, no se refiere a los adultos mayores que viven bajo
contrato de arrendamiento, lo que subraya la importancia de aumentar garantías a este grupo.
El derecho a la vivienda es de suma importancia para las personas. En primer lugar, una
vivienda adecuada proporciona estabilidad y seguridad, aspectos esenciales para el bienestar
sico y emocional de este grupo demográfico.
Tener un lugar propio donde vivir les brinda un sentido de pertenencia y autonomía,
contribuyendo a su calidad de vida y satisfacción personal. La vivienda adecuada es crucial
para mantener la salud y la independencia en la vejez. Un entorno habitacional seguro y
accesible puede ayudar a prevenir lesiones y enfermedades, permitiendo que las personas
mayores se desenvuelvan con comodidad y autonomía en su vida diaria. Esto es
especialmente importante considerando los posibles desafíos sicos y de movilidad que
pueden surgir con el envejecimiento. (Cueto, 2019)
El derecho a la vivienda también está estrechamente relacionado con la integración
social y el bienestar emocional de las personas adultas mayores. Contar con un espacio
habitacional adecuado les permite mantener relaciones sociales, participar en actividades
comunitarias y mantener un estilo de vida activo y conectado con su entorno. La vivienda no
solo es un refugio sico, sino también un lugar donde se construyen relaciones y se fomenta
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el sentido de comunidad. Además, la vivienda adecuada es un factor determinante en la
calidad de vida que pueden tener las personas adultas mayores. Un entorno habitacional
seguro y saludable es fundamental para facilitar el acceso a servicios de salud y cuidado a
domicilio, lo que contribuye a la prevencn de enfermedades y al manejo efectivo de
condiciones médicas cnicas.
La Ley de Inquilinato en Ecuador
La Ley de Inquilinato en Ecuador es un recorrido marcado por la evolución de las
relaciones entre arrendadores e inquilinos, así como por la búsqueda constante de un equilibrio
justo en los términos de los contratos de arrendamiento. A lo largo del tiempo, esta ley ha
experimentado múltiples cambios y reformas para adaptarse a las necesidades y realidades
sociales del país. El primer indicio significativo relacionado con el inquilinato se remonta a
1855, cuando surge la Ley de Propiedad Horizontal, considerada como un precursor de la
legislación actual sobre inquilinato. Sin embargo, no fue hasta 1938 cuando se dio el primer
paso hacia la creación de una normativa específica sobre inquilinato, con la aparición del
anteproyecto de la Ley de Inquilinato, que establecía causales para la terminación de contratos
de arrendamiento (Falconi, 2009).
En los años siguientes, se promulgaron diversas leyes sobre inquilinato, con el objetivo
de regular las relaciones entre arrendadores e inquilinos y proteger los derechos de ambas
partes. Estas leyes fueron objeto de constantes modificaciones y ajustes para abordar las nuevas
realidades sociales y económicas del país. Uno de los momentos más destacados en la historia
de la Ley de Inquilinato fue en 1947, cuando el presidente José María Velasco Ibarra emitió un
reglamento para evitar abusos por parte de los arrendadores, particularmente en lo que respecta
a los montos de arrendamiento. A lo largo de las décadas siguientes, la Ley de Inquilinato sufrió
diversas reformas y ajustes, como los congelamientos de las pensiones de arrendamiento en
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1970 y la introducción de nuevos artículos en el año 2000, destinados a fortalecer los derechos
de los inquilinos (Falconi, 2009).
La Ley de Inquilinato en Ecuador establece normativas para los contratos de
arrendamiento en áreas urbanas. Define los requisitos que deben cumplir las propiedades, así
como los derechos y responsabilidades tanto de arrendadores como de arrendatarios. Además,
contempla los motivos por los cuales se puede rescindir el contrato y los procedimientos legales
correspondientes. Esta ley prevé una especial protección para los inquilinos; de forma tal que
incluso establece supuestos de responsabilidad vicaria, tal como el previsto en el artículo 56 de
la Ley de Inquilinato: “El arrendador o subarrendador y el arrendatario o subarrendatario son
responsables no sólo de su propia culpa, sino también de la de su familia, huéspedes,
dependientes o encargados” (H. Congreso Nacional, 2000). La responsabilidad vicaria se
refiere a la responsabilidad legal que recae en una persona o entidad por los actos realizados
por otra persona bajo su supervisión, autoridad o control (Barriga, 2019).
Ahora bien, según Miranda (2018) el arrendamiento es un contrato mediante el cual
una parte, llamada arrendador, se compromete a ceder el uso o goce de un bien mueble o
inmueble a otra parte, denominada arrendatario, a cambio de un pago periódico conocido como
renta” (p. 12). Este contrato establece los derechos y obligaciones de ambas partes, incluyendo
la duración del arrendamiento, el monto y forma de pago de la renta, las condiciones de uso
del bien arrendado y las responsabilidades en caso de daños o incumplimientos. Arellano
(2019) sobre el arrendamiento menciona:
El Arrendamiento no es otra cosa que la relación contractual verbal o escrita, en la que
una persona natural o jurídica entrega el uso, goce y posesión de un inmueble de manera
temporal a otra persona natural o jurídica a cambio de una prestación económica
llamada renta o canon de arrendamiento. (Arellano, 2019)
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La Ley de inquilinato garantiza la protección de los derechos de los arrendatarios,
asegurando su acceso a una vivienda digna y segura, al tiempo que establece procedimientos
para resolver disputas con los arrendadores. Además, ofrece seguridad jurídica para ambas
partes al regular los términos y condiciones de los contratos de arrendamiento, lo que reduce
la incertidumbre y el riesgo de conflictos legales.
La Ley de Inquilinato en Ecuador se rige por una serie de principios fundamentales que
buscan garantizar un marco legal justo y equitativo para las partes involucradas en contratos
de arrendamiento. Estos principios, que regulan la aplicación y ejecución de la ley, según Espín
(2022) son:
1. Principio de Tutela Judicial Efectiva: Este principio asegura que las partes involucradas
en un contrato de arrendamiento tengan acceso a un sistema judicial eficaz y accesible
para resolver disputas y hacer valer sus derechos. Garantiza que los arrendatarios y
arrendadores puedan recurrir a los tribunales de justicia de manera oportuna y obtener
una resolución justa y equitativa.
2. Principio de Publicidad: Este principio establece la importancia de la transparencia y
accesibilidad de la información relacionada con los contratos de arrendamiento y los
derechos y obligaciones de las partes involucradas. Busca asegurar que los términos y
condiciones del arrendamiento sean conocidos y entendidos por ambas partes desde el
inicio de la relación contractual.
3. Principio de Eficiencia: Este principio promueve la agilidad y eficacia en la
administración de la justicia en materia de inquilinato. Busca garantizar que los
procesos judiciales relacionados con contratos de arrendamiento se lleven a cabo de
manera rápida y eficiente, sin dilaciones innecesarias, para resolver las controversias
de manera oportuna.
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4. Principio del Debido Proceso: Este principio garantiza que todas las partes involucradas
en un proceso judicial relacionado con contratos de arrendamiento tengan derecho a un
proceso justo y equitativo. Esto incluye el derecho a ser escuchado, el derecho a
presentar pruebas y argumentos, y el derecho a una resolución imparcial por parte de
un tribunal competente e imparcial.
La Ley de Inquilinato, vigente desde el año 2000 en Ecuador, representa un marco legal
importante para regular las relaciones entre arrendadores y arrendatarios en el país. Sin
embargo, a lo largo de los años, se ha evidenciado la necesidad de realizar reformas para
actualizarla y adaptarla a las nuevas realidades sociales y demográficas. En este sentido, es
imperativo que cualquier reforma incluya beneficios específicos tanto para las personas adultas
mayores como para aquellas con discapacidades. Estos beneficios podrían abarcar medidas que
garanticen la estabilidad habitacional, facilidades de acceso a la vivienda, adaptaciones
razonables en los espacios arrendados, y protección contra posibles formas de discriminación
en el proceso de alquiler.
Marco Legal y derechos de los adultos mayores en cuestión de inquilinato en Estados
Unidos
Aunque la Constitución de Estados Unidos no menciona explícitamente a las personas
mayores, los derechos fundamentales se aplican a todas las personas, independientemente de
su edad. En este país, numerosas leyes federales y estatales tienen el poder de proteger los
derechos de los adultos mayores. El marco legal y los derechos de los adultos mayores en
Estados Unidos en relación con el arrendamiento están respaldados por una serie de leyes
federales y estatales que buscan proteger a este grupo de población vulnerable. Estas leyes
abordan una variedad de aspectos, desde la discriminación en el proceso de arrendamiento
hasta la accesibilidad de la vivienda y la estabilidad en el alquiler.
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Un ejemplo de esto es la legislación de Nueva Jersey de 2019 que asegura un contrato
de arrendamiento de 40 años para inquilinos mayores de 62 años o con discapacidades que
residen en ciertos tipos de propiedades como condominios (Fernández, 2016). Esto refleja un
compromiso sólido de proporcionar estabilidad y seguridad a largo plazo para los adultos
mayores y discapacitados en el ámbito del arrendamiento. Al garantizar un arrendamiento
legalmente protegido, esta medida no solo protege los derechos de estos grupos vulnerables,
sino que también les brinda la tranquilidad de tener un hogar seguro y estable durante un
período prolongado. En un momento en que la seguridad de la vivienda es crucial para la
calidad de vida de los adultos mayores y discapacitados, esta legislación demuestra un esfuerzo
significativo para abordar sus necesidades específicas en el mercado de alquiler.
Asimismo, en Estados Unidos existe la Ley de Vivienda Justa, o Fair Housing Act,
Fernández (2016) sobre esta ley, establece que es una pieza legislativa que prohíbe la
discriminación en el ámbito residencial. Promulgada en 1968 como parte de la Ley de Derechos
Civiles, esta ley establece prohibiciones claras contra la discriminación en la vivienda basada
en características protegidas como la raza, el color, el origen nacional, la religión, el sexo, la
situación familiar y la discapacidad. Sin embargo, cabe destacar que este marco legal no se
limita únicamente a estas características, sino que también incluye otras protecciones contra la
discriminación, como la orientación sexual y la identidad de género en algunos estados y
municipios.
Para la supervisión del cumplimiento de esta ley está el Departamento de Vivienda y
Desarrollo Urbano de los Estados Unidos (HUD). Esta agencia federal se encarga de
monitorear el cumplimiento de la ley, investigar las denuncias de discriminación y colaborar
con organizaciones locales para implementarla a nivel comunitario. Además, el HUD se dedica
a educar al público sobre sus derechos bajo la ley, asegurando que las personas estén
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informadas y capacitadas para defender sus derechos en caso de discriminación (Leguizamón,
2014).
Una de las características más importantes de la Ley de Vivienda Justa es su enfoque
integral para abordar diversas formas de discriminación en la vivienda. Esto incluye prácticas
como la negativa a arrendar o vender propiedades, la imposición de condiciones diferenciadas
para alquileres o ventas, la prestación de servicios o instalaciones distintas según características
protegidas, y la publicidad que sugiere preferencias hacia determinados grupos. Este enfoque
integral busca garantizar la igualdad de acceso a la vivienda para todas las personas,
independientemente de sus características personales.
Sin embargo, a pesar de los avances significativos logrados gracias a esta ley, aún
existen desafíos en la lucha contra la discriminación en la vivienda en los Estados Unidos.
Algunos de estos desafíos incluyen la persistencia de prácticas discriminatorias sutiles, como
la preferencia implícita por inquilinos más jóvenes al momento de alquilar una propiedad, la
falta de conciencia sobre los derechos de vivienda justa y la necesidad de mejorar la aplicación
y el cumplimiento de la ley a nivel local. Por lo tanto, es crucial continuar vigilando y aplicando
rigurosamente la Ley de Vivienda Justa para garantizar un acceso equitativo a la vivienda para
todos los ciudadanos estadounidenses.
Otra ley que regula derechos en temas de inquilinato también está la Ley de Americanos
con Discapacidades (ADA) de 1990, sobre esta ley Cercas (2019) indica que es una legislación
integral que protege los derechos civiles de las personas con discapacidades en los Estados
Unidos. Uno de los aspectos fundamentales de esta ley es su disposición para garantizar la
equidad en la vivienda. La ADA prohíbe la discriminación en la vivienda contra las personas
con discapacidades y establece que los propietarios están obligados a realizar ajustes
razonables para acomodar sus necesidades. Esto significa que los inquilinos con discapacidades
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no pueden ser rechazados como candidatos de alquiler solo por su condición, y los propietarios
deben realizar modificaciones en las viviendas para asegurar su accesibilidad.
Además, la ADA también establece disposiciones para garantizar la igualdad de
oportunidades en el ámbito laboral. Los empleadores tienen la obligación de proporcionar
acomodaciones razonables para los empleados con discapacidades, lo que incluye ajustes en el
lugar de trabajo para garantizar su plena participación en las actividades laborales (Cercas,
2019). Sin embargo, es importante destacar que la ley también protege la libertad de
contratación, lo que significa que los empleadores tienen derecho a seleccionar a los candidatos
más adecuados para un puesto, siempre y cuando no discriminen a las personas con
discapacidades de manera injusta. Esta disposición equilibra la protección de los derechos de
las personas con discapacidades con la libertad empresarial y la eficiencia en la contratación
(Leguizamón, 2014).
Las leyes que prohíben la discriminación en la vivienda, como la Ley de Vivienda Justa,
aseguran que los adultos mayores no sean objeto de tratos injustos o desfavorables por su edad
al buscar alquileres. Esto les brinda la oportunidad de acceder a una variedad de opciones de
vivienda sin temor a ser discriminados. Por otro lado, las regulaciones que requieren
adaptaciones razonables en las viviendas para personas con discapacidades, como las
establecidas por la Ley de Americanos con Discapacidades, son especialmente beneficiosas
para los adultos mayores que puedan tener limitaciones físicas o de movilidad. Estas
adaptaciones pueden incluir la instalación de rampas, barras de agarre en baños, o la
eliminación de barreras arquitectónicas, lo que les permite vivir de manera independiente y
segura en sus hogares.
El establecimiento de contratos de arrendamiento de larga duración, como los
garantizados por la legislación de ciertos estados, proporciona estabilidad residencial a los
adultos mayores, lo que les permite planificar a largo plazo y vivir con mayor seguridad
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financiera. En particular, en lugares como Nueva Jersey, donde se ofrece un arrendamiento
protegido por hasta 40 años para personas mayores o con discapacidad, se les brinda la
tranquilidad de contar con un hogar estable durante un período prolongado.
Situación actual de las personas Adultas Mayores en Ecuador
Según el último censo nacional realizado por el Instituto Nacional de Estadística y
Censos (INEC), en Ecuador residen 1.221.572 personas mayores de 65 años, lo que equivale
al 7,4% de la población total. De acuerdo con este mismo censo, el 18,8% de las personas
mayores de 65 años vive en situación de pobreza, mientras que el 13,9% presenta algún tipo
de discapacidad, y el 8,7% se encuentra en situación de dependencia (INEC, 2023). Según
datos proporcionados por la Defensoría del Pueblo (2021): durante el período comprendido
entre 2014 y 2018 se documentaron un total de 1.144 casos de vulneración de derechos de las
personas mayores en el país. Dentro de estas violaciones, se destacó que el derecho a la
vivienda se posicionó como el segundo más afectado, justo después del derecho a la seguridad
social.
Asimismo, según el Ministerio de Inclusión Económica y Social, el programa Misión
Ternura atendió a 1.500 personas mayores en situación de calle, abandono o riesgo social,
brindándoles alojamiento, alimentación, salud, recreación y acompañamiento psicosocial
(MIES, 2023). Según el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC, 2023), en el año
2020, el 48,1% de los hogares en Quito eran de propiedad propia, mientras que el 34,6% se
encontraba en régimen de alquiler, y el restante 17,3% correspondía a otras modalidades de
tenencia.
Los índices de adultos mayores en Ecuador revelan una realidad preocupante en
términos de pobreza, discapacidad y vulneración de derechos, especialmente en lo que respecta
al acceso a la vivienda. La alta incidencia de personas mayores viviendo en situación de
pobreza, junto con el porcentaje significativo que enfrenta discapacidades y dependencia,
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subraya la necesidad urgente de medidas que garanticen su bienestar y dignidad. Otorgar
derechos y beneficios específicos en materia de inquilinato a los adultos mayores podría ser
una estrategia efectiva para reducir estos índices. Al garantizar un acceso equitativo a la
vivienda y protegerlos de posibles abusos por parte de arrendadores, se podría mejorar
considerablemente la calidad de vida de este grupo demográfico vulnerable.
Para reducir los índices antes expuestos, se pueden implementar diversas políticas
públicas y reformas legislativas:
Ley de Protección al Adulto Mayor en el Ámbito del Arrendamiento: Se podría
promulgar una ley específica que establezca derechos y garantías para los adultos
mayores que alquilan viviendas. Esta ley podría incluir disposiciones que prohíban la
discriminación por edad en el arrendamiento, asegurando que los adultos mayores
tengan igualdad de oportunidades para acceder a viviendas adecuadas.
Programas de Subsidios para Adultos Mayores: Se podrían establecer programas de
subsidios o ayudas económicas dirigidas exclusivamente a adultos mayores de bajos
recursos que enfrentan dificultades para pagar el alquiler. Estos subsidios podrían
ayudar a cubrir parte del costo del arrendamiento, aliviando la carga financiera de los
adultos mayores y garantizando su acceso a una vivienda digna.
Creación de Viviendas Adaptadas para Adultos Mayores: Se podrían desarrollar
proyectos de viviendas adaptadas específicamente para adultos mayores, con
instalaciones y servicios diseñados para satisfacer sus necesidades particulares. Estas
viviendas podrían contar con accesibilidad universal, espacios seguros y servicios de
apoyo, como atención médica y social, para garantizar el bienestar de los residentes
mayores.
Fomento del Envejecimiento Activo y Comunitario: Se podrían implementar políticas
que promuevan el envejecimiento activo y la participación de los adultos mayores en la
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comunidad. Esto podría incluir programas de vivienda intergeneracional, donde adultos
mayores puedan vivir en comunidades mixtas con personas de diferentes edades,
fomentando la integración social y el apoyo mutuo entre generaciones.
Medidas de Protección Legal y Asesoramiento: Se podrían establecer servicios de
asesoramiento legal gratuitos o de bajo costo para adultos mayores que enfrentan
problemas relacionados con el arrendamiento. Estos servicios podrían brindar
orientación sobre sus derechos y opciones legales en caso de enfrentar conflictos con
arrendadores o ser víctimas de abusos.
Metodología
La metodología de esta investigación es de naturaleza cualitativa que empl los
métodos analíticos, exegético y de derecho comparado. El método analítico se utilizó para
descomponer el tema en sus componentes clave. Por otro lado, el método exegético implicó
una interpretación detallada y contextualizada de las leyes, regulaciones y disposiciones legales
relevantes en cada país, esto permitió un análisis profundo de la legislación vigente relacionada
con este tema. Finalmente, el método de derecho comparado se empleó para comparar y
contrastar las disposiciones legales y las prácticas en ambas jurisdicciones, identificando
similitudes, diferencias y posibles áreas de convergencia o divergencia en la protección de los
derechos de los adultos mayores en el contexto del arrendamiento de viviendas.
Resultados
En Ecuador, los adultos mayores son considerados parte de los grupos prioritarios en la
Constitución, lo que implica un reconocimiento formal de su importancia y vulnerabilidad en
la sociedad. Sin embargo, a pesar de esta consideración especial, en materia de inquilinato no
se han establecido derechos o beneficios adicionales específicos para los adultos mayores. Esto
significa que, aunque tienen acceso a servicios de salud gratuitos, jubilación universal y otras
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medidas de protección, no cuentan con garantías legales en el ámbito del arrendamiento que
aseguren su estabilidad habitacional y su bienestar en la vejez.
Por el contrario, en Estados Unidos, el marco legal ofrece una serie de protecciones y
recursos específicos para los adultos mayores en cuestiones de arrendamiento. La Ley de
Vivienda Justa y la Ley de Estadounidenses con Discapacidades son ejemplos de legislación
federal que prohíbe la discriminación en el proceso de arrendamiento y garantiza la
accesibilidad de las viviendas para las personas mayores con discapacidades. Además, algunos
estados tienen leyes que protegen a los inquilinos mayores de desalojos injustificados y
aseguran la estabilidad en la vivienda.
Esta disparidad entre Ecuador y Estados Unidos resalta la necesidad de mejorar la
protección de los derechos de los adultos mayores en materia de inquilinato en el contexto
ecuatoriano. Aunque se reconoce su vulnerabilidad y se promulgan leyes para proteger sus
derechos en otros ámbitos, como la salud y la jubilación, la falta de medidas específicas en el
arrendamiento deja a los adultos mayores en una posición de desventaja frente a posibles
abusos por parte de arrendadores y obstaculiza su acceso a una vivienda digna y segura.
Otra diferencia es que Ecuador, no cuenta con un Organismo como el HUD, y su
implementación sería fundamental para garantizar la aplicación efectiva de leyes y políticas
que protejan contra la discriminación en el ámbito del inquilinato. Este organismo tendría la
responsabilidad de monitorear el cumplimiento de las leyes relacionadas con la vivienda,
investigar denuncias de discriminación y colaborar con organizaciones locales para promover
la igualdad de acceso a la vivienda para todos los ciudadanos. Además, este organismo podría
desempeñar un papel crucial en la educación pública sobre los derechos de los inquilinos y las
responsabilidades de los propietarios, ayudando así a crear conciencia y prevenir la
discriminación en el proceso de alquiler de viviendas.
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Mientras que en Estados Unidos se han establecido importantes protecciones legales
para los adultos mayores en el ámbito del arrendamiento, en Ecuador existe una brecha en la
protección de sus derechos en esta área. Es fundamental que el gobierno ecuatoriano considere
la implementación de medidas legislativas y políticas que garanticen la igualdad de acceso a la
vivienda y la protección contra la discriminación para los adultos mayores en el proceso de
arrendamiento.
Conclusiones
La situación de los adultos mayores en Ecuador destaca la importancia de garantizar
sus derechos y proteger su bienestar en todas las etapas de la vida. Aunque la Constitución
reconoce la prioridad de atención a este grupo demográfico y establece una serie de derechos
exclusivos, como el acceso gratuito a la salud y la jubilación universal, la falta de medidas
específicas en materia de vivienda para los adultos mayores plantea desafíos significativos.
Aunque se han promulgado leyes como la Ley Orgánica de Personas Adultas Mayores en 2019,
aún se requiere un enfoque integral que incluya políticas públicas efectivas, programas de
sensibilización y acceso equitativo a servicios sociales.
La alta incidencia de pobreza, discapacidad y vulneración de derechos entre los adultos
mayores, como se refleja en el 18,8% que vive en situación de pobreza y el 13,9% que presenta
algún tipo de discapacidad según el último censo del INEC, subraya la necesidad de
implementar medidas específicas en materia de inquilinato para garantizar su bienestar y
dignidad. Promulgar leyes que prohíban la discriminación por edad en el arrendamiento,
establecer programas de subsidios para aquellos en situación de vulnerabilidad económica y
desarrollar viviendas adaptadas son algunas de las estrategias clave que podrían mejorar
significativamente la calidad de vida de los adultos mayores en el país.
La disparidad entre Ecuador y Estados Unidos en la protección de los derechos de los
adultos mayores en materia de arrendamiento destaca la necesidad de abordar esta brecha en el
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contexto ecuatoriano. Aunque en Ecuador se reconoce formalmente la importancia y
vulnerabilidad de los adultos mayores en la Constitución, la falta de derechos y beneficios
adicionales específicos en el ámbito del arrendamiento deja a este grupo demográfico en una
posición desventajosa. En contraste, en Estados Unidos, existen importantes protecciones
legales que prohíben la discriminación en el proceso de arrendamiento y garantizan la
accesibilidad de las viviendas para los adultos mayores.
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