Vol. 4 Núm. 2 / Julio Diciembre 2023
Análisis jurídico del delito de enriquecimiento ilícito y su eficacia desde su tipificación
en Ecuador
Legal analysis of the crime of illicit enrichment and its effectiveness since its
classification in Ecuador
Análise jurídica do crime de enriquecimento ilícito e sua eficácia desde a sua
classificação no Equador
Brigitte Yulieth Intriago Salmerón
1
Universidad Tecnológica Indoamérica
bintriago3@indoameric.ued.ec
https://orcid.org/0000-0003-1202-5267
Fernando Eduardo Paredes Fuertes
2
Universidad Tecnológica Indoamérica
fernandoparedes@indoamerica.edu.ec
https://orcid.org/0000-0002-5489-7605
DOI / URL: https: //doi.org/10.55813/gaea/ccri/v4/n2 /252
Como citar:
Intriago, B. & Paredes, F. (2023). Análisis jurídico del delito de enriquecimiento ilícito y su
eficacia desde su tipificación en Ecuador. digo Científico Revista de Investigación, 4(2),
491-512.
Recibido: 30/09/2023 Aceptado: 16/11/2023 Publicado: 31/12/2023
1
Estudiante de la Facultad de Jurisprudencia, Ciencias Políticas y Ecomicas carrera de Derecho de la Universidad
Tecnológica Indoamérica, modalidad semi presencial.
2
Licenciado en Ciencias políticas, abogado de los Juzgados y Tribunales del Ecuador, Doctor en Jurisprudencia, Magister en
Derecho Penal y Procesal Penal y Magister en Administración y Docencia Universitaria; Docente a tiempo completo de la
Facultad de Jurisprudencia Ciencias Políticas y Económicas carrera de Derecho de la Universidad Tecnológica Indoamérica.
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Resumen
En Ecuador, el delito de enriquecimiento ilícito está tipificado en el Código Orgánico Integral
Penal (COIP). Para considerar que se ha cometido enriquecimiento ilícito, se deben cumplir
con la demostración de un aumento patrimonial que no pueda ser justificado legal o
moralmente por un funcionario público, en donde las pruebas y evidencias necesarias para
sustentar una acusación incluyen la presentación de declaraciones de bienes y rentas,
investigaciones financieras, cruces de datos y testimonios. El objetivo de este artículo es
realizar un análisis jurídico del delito de enriquecimiento ilícito y evaluar su eficacia desde su
tipificación en Ecuador por medio de una metodología cualitativa que permita profundizar y
comprender ampliamente esta temática. Como conclusión principal se tiene que si bien son
muchas las medidas jurídicas que se toman frente a este delito, se deben realizar un
fortalecimiento de los mecanismos de transparencia, la creación de instituciones especializadas
y la implementación de sistemas de control y vigilancia para contribuir en la prevención y
detección de este delito.
Palabras claves: Enriquecimiento, ilícito, tipificación, recursos, públicos, económicos,
financieros.
Abstract
In Ecuador, the offense of illicit enrichment is classified in the Comprehensive Organic Penal
Code (COIP). To consider that illicit enrichment has been committed, it is necessary to
demonstrate an unjustified increase in wealth that cannot be legally or morally justified by a
public official. The necessary evidence to support an accusation includes the presentation of
asset and income declarations, financial investigations, data analysis, and testimonies. The
objective of this article is to conduct a legal analysis of the offense of illicit enrichment and
evaluate its effectiveness since its classification in Ecuador, using a qualitative methodology
to delve deeply into and comprehensively understand this subject. The main conclusion is that
while there are many legal measures taken against this offense, there is a need to strengthen
transparency mechanisms, establish specialized institutions, and implement control and
surveillance systems to contribute to the prevention and detection of this crime.
Keywords: Clasification, Illicit enrichment, public resource, public official.
Resumo
No Equador, o crime de enriquecimento ilícito está tipificado no Código Penal Orgânico
Integral (COIP). Para considerar que foi cometido enriquecimento ilícito, deve ser
demonstrada a demonstração de aumento de patrimônio que não possa ser justificado legal ou
moralmente por funcionário público, onde os testes e provas necessários para fundamentar uma
acusação incluem a apresentação de declarações de bens e rendimentos. , investigações
financeiras, cruzamento de dados e testemunhos. O objetivo deste artigo é realizar uma análise
jurídica do crime de enriquecimento ilícito e avaliar sua eficácia desde a sua classificação no
Equador através de uma metodologia qualitativa que permita uma compreensão mais profunda
e ampla deste tema. A principal conclusão é que embora existam muitas medidas legais
tomadas contra este crime, os mecanismos de transparência devem ser reforçados, a criação de
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instituições especializadas e a implementação de sistemas de controlo e vigilância devem ser
realizadas para contribuir para a prevenção e detecção deste crime.
Palavras-chave: Enriquecimento, ilícito, classificação, recursos, públicos, econômicos,
financeiros.
Introducción
En Ecuador, la lucha contra la corrupción y el enriquecimiento ilícito ha sido una
preocupación constante. El país ha establecido normas, medidas y acuerdos jurídicos con el fin
de prevenir y sancionar este delito que atenta contra la ética y el buen gobierno. El delito de
enriquecimiento ilícito se ha convertido en un tema central, y su tipificación en la legislación
busca garantizar la transparencia y la rendición de cuentas por parte de todos y cada uno de los
funcionarios dentro de su ejercicio de la función pública.
El enriquecimiento ilícito se refiere al aumento patrimonial injustificado de los
servidores públicos durante el ejercicio de sus funciones. Es considerado como un delito grave
que socava la confianza en las instituciones y vulnera los principios de honestidad y probidad,
siendo considerado como una de las consecuencias de la globalización y de la economía
bursátil (Astudillo, 2021).
La Constitución de la República del Ecuador, promulgada en el año 2008, establece en
su artículo 204 la función de transparencia y lucha contra la corrupción. Este principio se ha
materializado a tras de leyes y medidas complementarias, como la Ley Orgánica de
Transparencia y Acceso a la Información Pública y la Ley Orgánica de Participación
Ciudadana.
Una de las herramientas fundamentales en la lucha contra este delito es el digo
Orgánico Integral Penal (COIP) promulgado en el año 2014. Este digo tipifica al
enriquecimiento ilícito en su artículo 279 cuando:
Las o los servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal
en alguna de las instituciones del Estado, determinadas en la Constitución de la República, que
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hayan obtenido para sí o para terceros un incremento patrimonial injustificado a su nombre o
mediante persona interpuesta, producto de su cargo o función, superior a cuatrocientos salarios
sicos unificados del trabajador en general, serán sancionados con pena privativa de libertad
de siete a diez os. Se entenderá que hubo enriquecimiento ilícito no solo cuando el patrimonio
se ha incrementado con dinero, cosas o bienes, sino también cuando se han cancelado deudas
o extinguido obligaciones (…). (COIP, 2014, art. 279)
Esta tipificación se considera como un avance significativo dentro de la legislación
ecuatoriana, dado que define claramente los elementos que deben probarse para que una
conducta sea considerada como de enriquecimiento ilícito, por ejemplo, el aumento del
patrimonio de una manera injustificada, la función pública ejercida por el individuo, entre
otros. Lo cual conlleva a que se establezcan las responsabilidades de los servidores públicos,
asimismo, como las penas privativas de libertad, las multas e inhabilitaciones que dependen de
la gravedad del delito.
Sin embargo, a pesar de la existencia de estas disposiciones legales, el enriquecimiento
ilícito sigue siendo un desafío en la lucha contra la corrupción en Ecuador. Uno de los
obstáculos principales es la complejidad para determinar el origen ilícito de los recursos y
recopilar las pruebas que sean contundentes para condenarlo. Por otro lado, existe una
dificultad en evaluar la efectividad de las penas impuestas y las medidas de recuperación de
activos, así como la capacidad de las instituciones encargadas de investigar y enjuiciarlos.
En este sentido, el objetivo de este artículo es realizar un análisis jurídico del delito de
enriquecimiento ilícito y su eficacia desde su tipificación en el Ecuador, centrándose en las
disposiciones del COIP. Se buscará examinar de manera exhaustiva las normas y decretos
vigentes que regulan este delito; asimismo, se analizará la jurisprudencia relevante.
En base a esto, se identificarán los distintos desafíos y las oportunidades para fortalecer
la eficacia del delito de enriquecimiento ilícito, proponiendo posibles mejoras y
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recomendaciones para garantizar una aplicación más efectiva de la justicia y combatir esta
práctica corrupta.
Desarrollo
Evolución y antecedentes de enriquecimiento ilícito en Ecuador
El enriquecimiento ilícito es un delito que se refiere al aumento injustificado de la
riqueza de una persona mediante medios ilegales o injustos. Según la Convención
Interamericana contra la corrupción (1996, Art. 9) en el capítulo IX, estipula que el
enriquecimiento ilícito de funcionarios blicos consiste en un incremento de sus ingresos
legítimos durante el ejercicio de sus funciones y que posteriormente, no puede ser justificado.
En Ecuador, este término tuvo su primera aparición en 1974 y se estableccomo un
delito autónomo en el digo Penal. Durante la década de los 90, se registraron numerosos
casos de corrupción en el ámbito político ecuatoriano, como los relacionados con Aduanas, el
feriado bancario y los gastos reservados. Por ejemplo, en el gobierno de Lucio Gutiérrez (2003-
2005), hubo denuncias de corrupción en el poder judicial, el poder ejecutivo y diversas
entidades estatales, lo que gene protestas en varias ciudades y finalmente condujo a la
destitución del presidente.
Luego de estos eventos, en 2006, Rafael Correa asum la presidencia y propuso
medidas para promover la transparencia en la administración pública, como la revocatoria de
cargos públicos y la implementación de mecanismos de compras y contratación transparentes.
En 2007, se planteó la creación de una Ley de Enriquecimiento Ilícito para sancionar a quienes
se benefician indebidamente en detrimento del Estado. Ese mismo o, se estableció la
Asamblea Constituyente, donde se debatió ampliamente sobre la lucha contra la corrupción y
se logró la tipificación del enriquecimiento ilícito, junto con otros delitos como el peculado, el
cohecho y la concusión. El debate constituyente se centró en la creación de herramientas para
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combatir la corrupción, y la incorporación del enriquecimiento ilícito en la constitución fue
considerada una de las medidas clave para lograr este objetivo.
Sin embargo, aunque su aparición fue temprana, los juzgamientos han sido pocos,
siendo aque su tipificación tenga falencias en cuanto a su aplicabilidad. Es así como en el
Código Orgánico Integral Penal (COIP) se le declara en el Art. 279 en donde las personas que
ejerzan funciones públicas o actúen en nombre de una autoridad estatal en una institución del
Estado, y que hayan obtenido, para mismas o para terceros, un incremento patrimonial
injustificado, producto de su cargo o función, a su nombre o a través de una persona interpuesta,
que exceda los cuatrocientos salarios básicos, serán sancionadas con pena privativa de libertad
de siete a diez años. Si el incremento está entre doscientos y cuatrocientos salarios, la pena será
de cinco a siete años, y si es de hasta doscientos salarios, la pena sede tres a cinco años
(COIP, 2014, art.279).
Asimismo, en el Art. 297 de este mismo código se declara que la persona que obtenga
para sí o para otra, en forma directa o por un tercero, un incremento patrimonial no justificado
es sancionado con la pena privativa de la libertad. Este se perfecciona cuando un servidor
blico o cualquiera que actúe en virtud de las potestades estatales, obtengan para sí mismas o
un tercero, un incremento patrimonial injustificado.
Siendo así que estos pueden obtener un incremento patrimonial injustificado, el cual
requiere demostrar que la persona acusada ha experimentado un aumento significativo en su
patrimonio que no puede ser justificado por ingresos lícitos. Esto implica que debe existir una
disparidad entre los ingresos declarados y el incremento patrimonial obtenido. Asimismo, este
se configura cuando no se puede proporcionar una explicación legal o moral válida para el
incremento patrimonial. Es decir, no se pueden presentar pruebas de ingresos legales,
herencias, donaciones u otras fuentes lícitas que respalden el aumento patrimonial.
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Por otro lado, debe haber una vinculación con una función pública o privada, en donde
en el caso de los servidores públicos se tienen en cuenta que entre sus prohibiciones se
encuentra según lo estipulado en el inciso k del artículo 24 de la Ley Orgánica del Servicio
Público (2010), el solicitar, aceptar o recibir, de cualquier manera, dádivas, recompensas,
regalos o contribuciones en especies, bienes o dinero, privilegios y ventajas en ran de sus
funciones, ya sea para sí o para sus superiores (LOSEP, 2010, Art. 24).
Estas prohibiciones buscan que los servidores blicos puedan dedicar su tiempo y
esfuerzo en servir al Estado y administrar correctamente los recursos que poseen. Es así que,
para probar el delito de enriquecimiento ilícito, s allá de una duda razonable, deben estar
respaldados por una serie de pruebas y evidencias lidas. Además, se debe garantizar el debido
proceso y la presunción de inocencia durante el desarrollo del juicio y la presentación de la
acusación.
Aparte de la tipificación del enriquecimiento ilícito dentro del COIP, se considera la
existencia de otras normativas relevantes a nivel del país, tales como la Ley Orgánica de
Transparencia y Acceso a la Información blica (LOTAIP), promulgada en el o 2004, la
cual en el caso del este hecho penal tiene como objetivo promover la transparencia en la gestión
blica y establecer mecanismos para el acceso a la información (Congreso Nacional, Registro
Oficial Suplemento 337, 2004).
En el caso del enriquecimiento ilícito es especialmente relevante, debido a que facilita
la obtención de información sobre los bienes y patrimonio de los funcionarios públicos. Las
personas tienen derecho de solicitar y recibir información relacionada con las declaraciones de
bienes y rentan, así como cualquier otro dato que permita verificar si un funcionario público
ha incurrido en este delito.
Esta ley establece los procedimientos y plazos para que las entidades públicas
respondan a las solicitudes de información, asegurando la máxima transparencia y rendición
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de cuentas. Asimismo, esta ley establece sanciones para aquellos funcionarios públicos que
obstaculicen el acceso a la información o que proporcionen información falsa.
Por otro lado, es importante destacar la Ley Orgánica de la Función Legislativa,
promulgada en 2009 y modificada en 2021, que establece el marco normativo para el
funcionamiento y atribuciones de la función legislativa en Ecuador. En relación con el
enriquecimiento ilícito, la Asamblea Nacional tiene competencia para llevar a cabo
investigaciones y fiscalizaciones sobre presuntos actos de corrupción cometidos por
funcionarios públicos.
Es a como desde esta Ley la Asamblea Nacional tiene la facultad de iniciar
investigaciones y realizar auditorías sobre las declaraciones de bienes y patrimonio de los
funcionarios públicos. Además, puede convocar a comparecencias, solicitar informes y
documentación, y recabar testimonios relacionados con presuntos casos de enriquecimiento
ilícito.
Tipificación del enriquecimiento ilícito
Como se mencionó anteriormente la tipificación del enriquecimiento ilícito se da a
partir del Art. 279 del COIP. En donde se deben considerar elementos o criterios para reconocer
que se ha cometido este delito tales como, el incremento patrimonial injustificado, la ausencia
de justificación legal o moral y la vinculación con una función blica. Dentro de sus elementos
del tipo penal, se encuentran el sujeto activo, el sujeto pasivo, el objeto jurídico o bien jurídico,
el objeto material y los elementos objetivos y subjetivos.
El sujeto activo que comete el delito es “la persona individual con capacidad penal que
realiza la conducta típica(Peña, 2010, p.71). Es así, como los servidores públicos pueden
convertirse en el sujeto que comete el delito o pueden ser declarados como tercero que
obtuvieron algún tipo de beneficio por el incremento patrimonial de alguien s. El sujeto
pasivo, es “el titular del interés jurídico lesionado o puesto en peligro(Peña, 2010, p.74). En
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donde este puede ser el Estado, una persona o una organización, empresa o institución en
particular.
En cuanto a el objeto jurídico o bien jurídico, es aquel que es jurídicamente protegido
o interés que está protegido por el Derecho (Peña, 2010, p.58) o en término del COIP este es
aquel que es protegido por la ley penal y por la administraciónblica, la cual pretende hacer
cumplir que los funcionarios públicos puedan cumplir los requerimientos de la sociedad,
utilizando la menor cantidad de recursos. Frente a esta acción u omisión, la Corte Nacional de
Justicia, mediante la Resolución N°. 0471-2011-1SP, señaló que esta es antijurídica debido a
que radica en la lesión que ocasiona a la moral de la administración y a la moral pública, su
punibilidad es de tipo penal bajo examen que no tutela el patrimonio del Estado.
Por otro lado, es relevante mencionar el concepto de objeto material como elemento del
enriquecimiento ilícito, sen la definición de Mir Puig (2016), quien lo describe como "la
persona o cosa sobre la que recae físicamente la acción" (p. 229). Estos objetos materiales se
refieren a aquellos bienes o recursos adquiridos por el sujeto activo que comete el delito de
enriquecimiento ilícito. En otras palabras, son los bienes obtenidos ilegalmente que constituyen
el beneficio o incremento patrimonial injustificado del individuo involucrado en dicho delito.
Finalmente, es necesario abordar los elementos subjetivos y objetivos del delito de
enriquecimiento ilícito. Según lo planteado por Rodríguez (2019), el elemento subjetivo se
refiere a la intencionalidad de la conducta por parte del sujeto activo. En este sentido, implica
que el individuo tiene pleno conocimiento y voluntad de cometer el acto ilícito de incrementar
su patrimonio de manera injustificada. Es decir, el sujeto activo actúa con plena conciencia de
su acción y busca obtener un beneficio económico indebido.
Por otro lado, los elementos objetivos se refieren a los aspectos normativos y
descriptivos del tipo legal. Los elementos descriptivos explican cómo debe ser ejecutada la
conducta, es decir, establecen los requisitos y condiciones específicas que deben cumplirse
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para configurar el delito de enriquecimiento ilícito (Rodríguez, 2019). Por ejemplo, se establece
que debe existir un incremento patrimonial injustificado y una vinculación con una función
blica. Por su parte, los elementos normativos requieren una valoración subjetiva por parte
del intérprete o autoridad encargada de aplicar la ley. En otras palabras, se necesita una
evaluación y análisis de los hechos y circunstancias para determinar si se cumple con los
criterios establecidos en la normativa.
El enriquecimiento ilícito implica a la corrupción (privada o pública) como fuente y
origen de los bienes de que se trate, en caso especial los bienes públicos que son protegidos por
la norma y el Estado, debido a que afecta a la comunidad ya sea desde la corrupción política
como la administrativa. Este es ampliamente cometido dentro de los contextos políticos y
jurídicos del país, pero, para demostrar que este ha sido cometido se deben presentar distintas
pruebas y evidencias necesarias que sustenten una acusación.
En este sentido, se requiere recopilar registros financieros detallados, como
declaraciones de impuestos, estados de cuenta bancarios, transacciones y registros de
propiedades o bienes adquiridos. Siendo importante, realizar un alisis exhaustivo del
patrimonio del acusado, comparando los ingresos lícitos declarados con los bienes y activos
adquiridos e investigando la procedencia de estos bienes y demostrar que no se pueden
justificar mediante ingresos legítimos.
Por otro lado, se debe contar con los testimonios de personas relacionadas con el caso,
como colegas, empleados, familiares o expertos en el campo financiero, pueden proporcionar
información relevante y respaldar la acusación. Los testimonios de expertos pueden ayudar a
explicar la falta de justificación legal o moral para el incremento patrimonial. En donde tal
como lo reza el Art. 430.1, la denuncia en cuanto a un enriquecimiento ilícito debe ser con
reserva de la identidad, la cual es registrada con un código especial que identifique al
denunciante para salvaguardar su integridad (Asamblea Nacional, 2021, Art. 430.1).
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Es fundamental que las pruebas y evidencias presentadas sean sólidas y convincentes
para demostrar más allá de una duda razonable que se ha cometido enriquecimiento ilícito.
Asimismo, para poder imponer una sanción o acción penal se debe realizar un presupuesto de
procedibilidad, es decir, que exista un informe previo sobre los indicios de responsabilidad
penal desde la Contraloría según el Art. 581 de la COIP. Esta responsabilidad se debe
determinar responsabilidad administrativa, civil e indicios de la penal, relacionadas con los
aspectos sujetos a su control (Constitución Política de la República del Ecuador, 2008, Art.
211).
Dentro del proceso penal se tiene en cuenta el principio de reparación a la víctima y el
sancionar al sujeto activo, en donde este último debe comparecer a juicio y poder ejercer su
derecho a la defensa para así cumplir o no su sanción o pena impuesta. Teniendo en cuenta que
este delito, al igual que el cohecho, concusión y peculado, en donde la acción para perseguirlos
y las penas correspondientes serán imprescriptibles (Constitución de la República del Ecuador,
2008, Art. 233). Siendo así, que así que los juicios se iniciarán y continuarán incluso en
ausencia de las personas acusadas.
Finalmente, después de todo el debido proceso para poder imponer la sanción o pena
por el delito cometido se tiene en cuenta la carga de las pruebas presentadas durante este. En
el caso del enriquecimiento ilícito según Montenegro (2020), se tienen en cuenta los principios
rectores de la prueba los cuales son la necesidad, la legalidad, la pertinencia, entre otros; al
igual que los medios probatorios como lo son los testimonios brindados por los denunciantes
o los documentos obtenidos de las entidades financieras y demás.
Eficacia de la tipificación de enriquecimiento ilícito
La eficacia de la legislación en la detección, investigación y sanción del delito de
enriquecimiento ilícito en Ecuador es un tema de evaluación constante. A lo largo de los años,
se han implementado diversas medidas legales y normativas con el objetivo de combatir la
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corrupción y el enriquecimiento ilícito en el país. Sin embargo, es importante analizar la
efectividad de estas medidas y su impacto en la detección, investigación y sanción de este
delito.
En términos de detección, la legislación ecuatoriana ha establecido mecanismos para la
declaración y fiscalización de los bienes y patrimonio de los funcionarios blicos, acomo
la obligación de presentar informes de gestión y rendición de cuentas por medio de la LOTAIP
(2004). Esto proporciona una base para la identificación de posibles casos de enriquecimiento
ilícito. Además, la existencia de leyes de transparencia y acceso a la información blica
contribuye a la detección al facilitar el acceso a datos relevantes.
En cuanto a la investigación, se han creado instituciones y organismos especializados
en la lucha contra la corrupción, como la Fiscalía General del Estado y la Contraloría General
del Estado, encargados de investigar y perseguir los casos de enriquecimiento ilícito. Estas
entidades cuentan con recursos y personal capacitado para llevar a cabo investigaciones
exhaustivas, recopilar pruebas y presentar acusaciones ante los tribunales.
Sin embargo, es importante señalar que la efectividad de las investigaciones puede verse
afectada por diversos factores, como la disponibilidad de recursos, la independencia de las
instituciones encargadas y la capacidad de enfrentar posibles obstáculos o influencias
indebidas. La corrupción y la impunidad pueden dificultar el proceso de investigación y
sanción del enriquecimiento ilícito.
En cuanto a la sanción, la legislación ecuatoriana en el COIP (2021) contempla penas
y sanciones para quienes sean encontrados culpables de enriquecimiento ilícito. Estas
sanciones pueden incluir la rdida de los bienes adquiridos de manera ilícita, multas
económicas y, en algunos casos, penas de prisión. Sin embargo, la efectividad de estas
sanciones depende de la aplicación adecuada de la ley y la capacidad del sistema judicial para
llevar a cabo procesos justos y eficientes.
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Ahora bien, uno de los aspectos problemáticos del delito de enriquecimiento ilícito es
su falta de precisión en cuanto a lo que se presume. En este tipo de casos, no se atribuye al
sospechoso una conducta específica, sino que se basa en la existencia de un "mero estado de
cosas" o en el resultado de un comportamiento previo definido. Esta falta de claridad en la
descripción del delito puede dificultar su aplicación efectiva y generar interpretaciones diversas
(Del Carpio, 2015). Además, al existir una vaguedad en la descripción del delito del
enriquecimiento ilícito puede generar incertidumbre en su aplicación y dificultades en la
recolección de pruebas.
Siendo así, que la justificación de la criminalización del enriquecimiento ilícito suele
descansar en la necesidad de establecer penas para evitar que los funcionarios públicos
acumulen un patrimonio significativo que no pueda ser justificado al finalizar su mandato. Se
busca evitar que se produzcan lagunas en la responsabilidad penal, y se plantea la importancia
de sancionar a aquellos que obtienen un enriquecimiento desproporcionado y sin fundamento
legal o ético.
En palabras de Pérez (2012), la defensa de la penalización del enriquecimiento ilícito
se sustenta en criterios de necesidad de pena, como una medida para evitar vacíos de
punibilidad frente a aquellos funcionarios que, al término de su ejercicio, ostentan un
patrimonio importante no justificado. Del Carpio (2015) también señala que se busca evitar
que los funcionarios se enriquezcan ilícitamente a costa de los recursos públicos y se cree un
incentivo para la corrupción.
Estas discusiones en torno al enriquecimiento ilícito y su tipificación ponen de
manifiesto la complejidad y los retos asociados a este delito. La falta de una conducta concreta
y la necesidad de demostrar el incremento patrimonial injustificado pueden dificultar la
recolección de pruebas y la efectividad de las investigaciones.
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En este sentido, la Sala Especializada de lo Penal de la CNJ (2018), en el proceso 17721-
2016-1564, manifestó que el delito del enriquecimiento ilícito, al estar asociado a la corrupción
y deshonestidad del servidor público, “…afecta al correcto funcionamiento de la
administración pública, en sus faces de eficiencia, funcionalidad, prestigio, dignidad y
confianza…” y por tanto, …la sanción punitiva alcanza una mayor intensidad al resultar
afectado los intereses sociales relacionados a un funcionamiento de la administración estatal”
(p. 32).
Si bien Ecuador ha implementado legislación y medidas para detectar, investigar y
sancionar el delito de enriquecimiento ilícito, la eficacia de estas acciones debe evaluarse
constantemente. Es necesario garantizar la independencia y fortaleza de las instituciones
encargadas, mejorar la capacidad de investigación, asegurar el debido proceso y fortalecer la
lucha contra la corrupción en todos los niveles. Solo así se podrá lograr una mayor eficacia en
la detección, investigación y sanción del delito de enriquecimiento ilícito en Ecuador.
Obstáculos y desafíos en la persecución del delito de enriquecimiento icito
Los antecedentes constitucionales y legales que dieron paso a la creación de la figura
de enriquecimiento ilícito se encuentran cimentados en un problema a nivel político y criminal,
el cual es la corrupción (Abad, 2019). Este se ha presentado desde hace muchos años dentro de
las instituciones y organizaciones públicas, en donde los servidores aumentaron sus riquezas
en el ejercicio de su cargo.
Las limitaciones e impedimentos en la recolección de pruebas y la investigación
efectiva del delito de enriquecimiento ilícito en Ecuador están relacionados principalmente con
la resistencia y la corrupción en el sistema judicial. Estos factores dificultan el adecuado
desarrollo de los procesos de investigación y pueden obstaculizar la sanción de los
responsables.
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La resistencia dentro del sistema judicial puede manifestarse a través de demoras
injustificadas en la tramitación de los casos, falta de voluntad para llevar a cabo investigaciones
exhaustivas o la falta de asignación de los recursos necesarios para realizar una investigación
efectiva. Estas situaciones pueden llevar a la impunidad y a la dilación de los procesos
judiciales, lo que debilita la confianza de la ciudadanía en el sistema de justicia.
Ades, la corrupción en el sistema judicial es una barrera significativa para una
investigación efectiva del enriquecimiento ilícito (Erazo & Ziadet, 2019). La existencia de
sobornos, influencias indebidas o presiones políticas puede afectar la imparcialidad y la
objetividad de los jueces, fiscales y otros actores involucrados en el proceso. Esto puede
resultar en la falta de persecución y sanción de los responsables, acomo en la protección de
aquellos que se benefician del enriquecimiento ilícito.
Otro factor limitante es la falta de cooperación y acceso a la información por parte de
las instituciones involucradas (Tapia, 2018). Puede haber obstáculos para obtener datos
financieros, registros de propiedades y otros documentos relevantes que respalden una
investigación sólida. Esto dificulta la recolección de pruebas contundentes y la presentación de
acusaciones sólidas en los casos de enriquecimiento ilícito.
Por otro lado, el infractor puede reconocer el hecho y asolicitar un procedimiento
abreviado, el cual se contempla en los Arts. 634 a 639 del COIP en el cual se manifiesta lo
siguiente:
Es aplicable en infracciones sancionadas con pena máxima privativa de libertad de
hasta diez años, propuesto por el fiscal desde la audiencia de formulación de cargos,
hasta la audiencia de evaluación y preparatoria de juicio, en donde la persona debe
consentir expresamente en la aplicación de este proceso, con la acreditación de su
defensor que le explique que no existe violación a sus derechos constitucionales, y que
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en ningún caso la pena por aplicar podrá ser superior o más grave a la sugerida por la o
el fiscal. (Código Orgánico Integral Penal, 2014, pág. 237)
Esto es una oportunidad de negociación para el infractor, pero durante su admisibilidad
pueden dar ocasión a que este quite circunstancias agravantes del hecho, participación en el
delito, entre otros. Siendo así, que al reducirse el proceso se tendrán una desventaja en cuanto
a que la administración blica este incapacitada para evaluar las causas, haciendo que se de
una vulneración de los derechos declarados en la Constitución de la República, tales como son
el debido proceso; siendo así, que no se haga alarde a una acción penal en sí, sino a una petición
punitiva.
Para superar las limitaciones e impedimentos en la eficacia del delito de
enriquecimiento ilícito, es crucial fortalecer la independencia y la integridad del sistema
judicial. Esto implica establecer salvaguardias y mecanismos que aseguren que los jueces y
fiscales encargados de estos casos actúen de manera imparcial y libre de influencias indebidas.
Asimismo, se deben implementar medidas para prevenir la corrupción dentro del propio
sistema judicial, como la promoción de la transparencia en los procesos de selección y
evaluación de los jueces.
Es necesario garantizar la protección de los denunciantes y testigos clave en los casos
de enriquecimiento ilícito. Estas personas suelen enfrentar riesgos significativos al revelar
información sobre actos de corrupción, por lo que se requiere establecer mecanismos eficaces
de protección y apoyo, como la confidencialidad de su identidad, asistencia legal y medidas de
seguridad adecuadas. De esta manera, se fomentará un entorno propicio para la denuncia de
casos de enriquecimiento ilícito y se facilitará la obtención de pruebas relevantes para su
investigación y persecución.
Ades de fortalecer el sistema judicial, es fundamental promover una mayor
cooperación entre las instituciones encargadas de la investigación y persecución de los delitos
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de corrupción (Arroyo, 2018). Esto implica establecer canales efectivos de intercambio de
información y coordinación entre las agencias anticorrupción, la policía, los fiscales y los
organismos de control. La colaboración conjunta y el acceso compartido a recursos y
conocimientos especializados permitirán una respuesta más eficiente y coordinada en la
detección, investigación y sanción de los casos de enriquecimiento ilícito.
Asimismo, se debe promover una cultura de legalidad y ética en la sociedad para
abordar la raíz de este problema. Esto implica la educación y concientización de la ciudadanía
sobre los impactos negativos de la corrupción y la importancia de la transparencia en la gestión
blica. El fortalecimiento de los valores de integridad, honestidad y responsabilidad en todos
los niveles de la sociedad contribuirá a prevenir y combatir el enriquecimiento ilícito, alentando
a los ciudadanos a no tolerar ni participar en prácticas corruptas y a demandar rendición de
cuentas a los funcionarios públicos.
En conclusión, las limitaciones e impedimentos en la recolección de pruebas y la
investigación efectiva del delito de enriquecimiento ilícito en Ecuador están relacionados con
la resistencia y la corrupción en el sistema judicial. Superar estos desafíos requiere de reformas
institucionales, medidas anticorrupción efectivas y una mayor cooperación entre las entidades
encargadas de combatir la corrupción. Esto permitirá avanzar hacia una mayor transparencia,
justicia y sanción de los responsables de enriquecimiento ilícito.
Instrumentos y mecanismos de prevención y lucha contra el enriquecimiento ilícito
Las políticas públicas y acciones estatales desempeñan un papel crucial en la lucha
contra el enriquecimiento ilícito en Ecuador. El gobierno ecuatoriano ha implementado
diversas medidas y políticas con el objetivo de prevenir y combatir este delito, a como
fomentar la transparencia y la rendición de cuentas en la administración pública.
En primer lugar, se han establecido leyes y normativas específicas que tipifican el
enriquecimiento ilícito como un delito y establecen sanciones para quienes lo cometan. Estas
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leyes buscan desincentivar el enriquecimiento injustificado y proporcionar un marco legal
sólido para la investigación y el enjuiciamiento de los responsables.
En términos de políticas blicas, se ha observado un impulso en la implementación de
medidas de transparencia y acceso a la información en relación con el enriquecimiento ilícito.
Estas medidas tienen como objetivo brindar a la ciudadanía y a los organismos de control los
mecanismos necesarios para fiscalizar las declaraciones de bienes y patrimonio de los
funcionarios públicos (Espinoza et al., 2019). A través de la publicación de dichas
declaraciones y su disponibilidad para su escrutinio, se busca promover la rendición de cuentas
y fomentar la detección temprana de posibles casos de enriquecimiento ilícito.
En esta línea, la implementación de políticas de transparencia y acceso a la información
ha permitido fortalecer la participación ciudadana en el control y vigilancia de la gestión
blica. La posibilidad de acceder a la información sobre los bienes y patrimonio de los
funcionarios públicos crea un entorno propicio para la detección y denuncia de posibles actos
de enriquecimiento ilícito. Asimismo, estas políticas contribuyen a generar confianza en la
gestión pública, ya que se promueve una mayor rendición de cuentas y se disminuye la
opacidad en el manejo de los recursos públicos.
Ades de las medidas implementadas a nivel nacional, el gobierno ecuatoriano ha
reconocido la importancia de fortalecer la cooperación internacional en la lucha contra el
enriquecimiento ilícito (García et al., 2020). Para ello, ha suscrito acuerdos de cooperación y
establecidos canales de intercambio de información y asistencia técnica con otros países. Esta
colaboración se basa en el reconocimiento de que los actos de enriquecimiento ilícito a menudo
trascienden las fronteras nacionales, involucrando transacciones financieras y movimientos de
activos a nivel internacional.
La cooperación internacional en la lucha contra el enriquecimiento ilícito es esencial
debido a la naturaleza globalizada de la economía y los flujos financieros. A través de acuerdos
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bilaterales y multilaterales, los gobiernos pueden intercambiar información relevante,
coordinar investigaciones conjuntas y brindarse asistencia mutua en la recuperación de activos.
Esta colaboración permite un enfoque más efectivo y coordinado para abordar los casos de
enriquecimiento ilícito, al tiempo que dificulta que los infractores se beneficien de la
impunidad en otros países.
La búsqueda de la cooperación internacional refleja el compromiso del gobierno
ecuatoriano de enfrentar el enriquecimiento ilícito de manera integral y con una perspectiva
global. Al trabajar en conjunto con otros países, se fortalece la capacidad de investigación,
seguimiento y sanción de los casos de corrupción y enriquecimiento ilícito, contribuyendo así
a la prevención y combate de estos delitos a nivel nacional e internacional.
Es importante destacar que la cooperación internacional en la lucha contra el enriquecimiento
ilícito puede ayudar a identificar y recuperar activos obtenidos de manera ilícita, así como a
facilitar el enjuiciamiento de los responsables. Además, este intercambio de experiencias y
buenas prácticas puede contribuir a fortalecer los mecanismos nacionales de prevención y
persecución de este delito.
Siendo así que las políticas blicas y acciones estatales, así como la cooperación
internacional, desempeñan un papel fundamental en la lucha contra el enriquecimiento ilícito
en Ecuador. La implementación de leyes, la creación de instituciones especializadas, las
políticas de transparencia y acceso a la información, y la colaboración con otros países son
elementos clave para prevenir y combatir este delito. Es necesario mantener un compromiso
constante en estas áreas para lograr avances significativos en la lucha contra el enriquecimiento
ilícito y promover la integridad en la gestión pública.
Metodología
La metodología empleada en este trabajo de investigación se basa en el método
inductivo, bajo el enfoque cualitativo, ya que este permite al investigador actuar de manera
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particular para recopilar la información bajo la aplicación de cnicas que se basan en la
subjetividad (Sánchez et al., 2021).
Se trata de una investigación de tipo analítico jurídica, diseño no experimental,
empleando como instrumento de recolección de datos la revisión documental, de tipo
bibliográfica, basada en las principales fuentes del derecho como la doctrina, la legislación y
la jurisprudencia, a fin de realizar un análisis jurídico del delito de enriquecimiento ilícito y su
eficacia desde su tipificación en Ecuador.
Resultados
La efectividad de la tipificación del enriquecimiento ilícito en Ecuador es motivo de
debate. Aunque es un paso importante para combatir la corrupción, su aplicación y persecución
han sido limitadas, debido que, a pesar de las penas establecidas, el número de casos juzgados
ha sido reducido. La eficacia depende de la capacidad del sistema judicial para investigar y
sancionar a los infractores, así como de la voluntad política para enfrentar la corrupción.
La persecución del delito de enriquecimiento ilícito en Ecuador enfrenta obstáculos y
desafíos, como la obtención de pruebas lidas, el respeto al debido proceso y la presunción de
inocencia, la colaboración en el sistema judicial, la capacitación de los jueces y fiscales, la
independencia del poder judicial, y la promoción de una cultura de transparencia y rendición
de cuentas. Superar estos obstáculos es fundamental para lograr una efectiva persecución del
delito y combatir la corrupción en Ecuador.
Los mecanismos que se utilizan para la recolección y presentación de pruebas lidas
en los casos de enriquecimiento ilícito no permiten fortalecer las capacidades técnicas de las
instituciones encargadas de la investigación y recopilación de evidencias, así como la
promoción de la cooperación interinstitucional para compartir información y recursos.
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Conclusiones
Se evidencia escasa inversión en capacitación y formación de jueces y fiscales
especializados en la persecución del delito de enriquecimiento ilícito. Esto impide adquirir los
conocimientos y habilidades necesarios para llevar a cabo investigaciones sólidas, respetando
siempre el debido proceso y la presunción de inocencia.
Es necesario fomentar una cultura de transparencia y rendición de cuentas tanto en el
sector público como en la sociedad en general. Esto implica establecer mecanismos efectivos
para el monitoreo de la declaración de bienes y patrimonio de los servidores públicos, acomo
promover la participación ciudadana en la vigilancia y denuncia de los casos de
enriquecimiento ilícito.
La lucha contra el enriquecimiento ilícito es un desafío global que requiere de la
cooperación entre países. Es importante fortalecer los mecanismos de cooperación
internacional, como el intercambio de información y la asistencia jurídica mutua, para facilitar
la persecución y recuperación de activos relacionados con casos de enriquecimiento ilícito.
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