Resumen
El objetivo de la investigación fue Analizar la reforma al delito de delincuencia organizada
prevista en el artículo 369 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), en afectación del núcleo
de derechos reconocidos en la Constitución de la República del Ecuador (CRE). La
metodología recurrida fue documental con diseño bibliográfico, utilizando el folder digital para
la compilación de datos e informaciones de fuentes documentales sustentadoras del estudio,
siendo analizados a través de la hermenéutica jurídica para obtener resultados. Del análisis se
obtuvo que en la reforma del 2023, se conceptualiza al colaborador, para lo cual se considera
como relevante los verbos rectores: a) ofrecer; b) prestar; c) facilitar, conocimientos jurídicos,
contables, técnicos, científicos u otros; asimismo, desde la teoría garantista, los límites al
ejercicio de criminalización primaria realizado por el legislador, se encuentran en los axiomas
A4, A5, A6, que se traducen como “A4 No hay necesidad sin ofensa; A5 No hay ofensa sin
acción; y, A6 No hay acción sin culpa”, estos axiomas a su vez representan a los principios de
lesividad, materialidad, y culpabilidad. Por otra parte, la reforma al tipo penal no cumple con
el principio de respeto irrestricto a los derechos humanos, toda vez que afecta el núcleo de los
derechos a la presunción de inocencia, libertad de asociación, libertad de trabajo y libre
desarrollo de la personalidad. Se concluye que la inclusión de la conceptualización de
colaborar, implica una clara violación a los derechos humanos; por lo tanto resulta
evidentemente atentatorio contra la CRE (2008).
Palabras clave: Colaboradores, constitucionalidad, delincuencia organizada, tipo penal.
Abstract
This research aimed to analyze the reform to the offense of organized crime provided by law
in the article 369 of the "Código Orgánico Integral Penal" (COIP), which affects the core of
rights recognized in the "Constitución de la República del Ecuador (CRE). This study used a
documentary approach with a bibliographic design. It used a digital folder for the compilation
of information from documented sources that support the study. The information was analyzed
through legal hermeneutics to obtain results. The results showed that in the 2023 reform, the
collaborator was conceptualized, for which the governing verbs that are considered relevant
are: a) offer; b) lend; c) provide legal, accounting, technical, scientific or other knowledge.
From the guarantee theory, the limits to the exercise of primary criminalization carried out by
the legislator are found in the axioms A4, A5, A6, which means “A4:There is no need without
offense, A5: There is no offense without action, and A6: There is no action without guilt”.
These axioms represent the principles of harmfulness, materiality, and guilt. On the other hand,
the reform of the criminal type does not comply with the principle of unrestricted respect for
human rights, since it affects the core of the rights to the presumption of innocence, freedom
of association, freedom of work and free development of personality. In conclusion, the
inclusion of the conceptualization of collaborating implies a clear violation of human rights.
Therefore it is evidently in violation of the CRE (2008).
Keywords: Collaborators, constitutionality, organized crime, penal type.