Código Científico Revista de Investigación/ V. 4/ N. E2/ www.revistacodigocientifico.itslosandes.net
ISSN: 2806-5697
Vol. 4 – Núm. E2 / 2023
pág. 756
La justicia indígena cómo mecanismo jurídico eficaz para la resolución de
conflictos internos
Indigenous justice as an effective legal mechanism for the resolution of
internal conflicts
A justiça indígena como mecanismo jurídico eficaz para a resolução de
conflitos internos
César Geovanny Analuiza García
Universidad Tecnológica Indoamérica
canaluiza.bsc@hotmail.com
https://orcid.org/0009-0004-6721-6890
José Antonio Ruiz Bautista
Universidad Tecnológica Indoamérica
joseruiz@uti.edu.ec
https://orcid.org/0000-0002-7115-4387
DOI / URL: https://doi.org/10.55813/gaea/ccri/v4/nE1/183
Como citar:
Analuisa, C. & Ruiz, J. (2023). La justicia indígena cómo mecanismo jurídico eficaz para la
resolución de conflictos internos. Código Científico Revista de Investigación, 4(E2), 756-788.
Recibido: 10/08/2023 Aceptado: 16/09/2023 Publicado: 29/09/2023
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Volumen 4, Número E2, 2023
Resumen
El debido proceso es el conjunto de garantías a favor de todas las personas sometidas a un
procedimiento en el que se discuten sus derechos u obligaciones, estos procedimientos pueden
ser de orden judicial, administrativo y de juzgamiento ante la justicia indígena. Sin embargo,
en ciertos casos, los procedimientos de juzgamiento indígena no cumplen con las garantías
mínimas que debería tener un proceso para determinar la responsabilidad. Esto puede dar lugar
a que la justicia indígena se vuelva un mecanismo ineficaz para resolver conflictos. El objetivo
de la presente investigación es evaluar la eficacia de los procesos de resolución de conflictos
en la justicia indígena, teniendo en cuenta la ausencia de mecanismos jurídicos ordinarios. La
investigación se desarrollará bajo los parámetros de un enfoque cualitativo y descriptivo, que
realizará un estudio de carácter bibliográfico documental. La conclusión radica en que la
justicia indígena a la postre resulta eficaz pues se basa en los valores culturales y tradiciones
propias de cada comunidad, con el objetivo de restaurar el equilibrio y la armonía social en
lugar de enfocarse únicamente en castigar al infractor, sin embargo, también resulta contrario
a las garantías mínimas del debido proceso.
Palabras Clave: Justicia Indígena, Juzgamiento, Debido Proceso, Penal.
Abstract
Due process is the set of guarantees in favor of all persons subjected to a procedure in which
their rights or obligations are discussed, these procedures can be judicial, administrative and
trial before indigenous justice. However, in certain cases, indigenous trial procedures do not
meet the minimum guarantees that a process to determine responsibility should have. This can
result in indigenous justice becoming an ineffective mechanism for resolving conflicts. The
objective of this research is to evaluate the effectiveness of conflict resolution processes in
indigenous justice, taking into account the absence of ordinary legal mechanisms. The research
will be carried out under the parameters of a qualitative and descriptive approach, which will
carry out a documentary bibliographic study. The conclusion is that indigenous justice is
ultimately effective because it is based on the cultural values and traditions of each community,
with the aim of restoring balance and social harmony instead of focusing solely on punishing
the offender, however, is also contrary to the minimum guarantees of due process
Keywords: Indigenous Justice, Judgment, Due Process, Criminal.
Resumo
O devido processo legal é o conjunto de garantias em favor de todas as pessoas submetidas a
um procedimento no qual são discutidos seus direitos ou obrigações, que podem ser judiciais,
administrativos e de julgamento perante a justiça indígena. Contudo, em certos casos, os
procedimentos de julgamento indígena não cumprem as garantias nimas que um processo
de determinação de responsabilidades deveria ter. Isto pode fazer com que a justiça indígena
se torne um mecanismo ineficaz para a resolução de conflitos. O objetivo desta pesquisa é
avaliar a eficácia dos processos de resolução de conflitos na justiça indígena, levando em
consideração a ausência de mecanismos legais ordinários. A pesquisa será desenvolvida sob os
parâmetros de uma abordagem qualitativa e descritiva, que realizará um estudo bibliográfico
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documental. A conclusão é que a justiça indígena é, em última análise, eficaz porque se baseia
nos valores culturais e nas tradições de cada comunidade, com o objetivo de restabelecer o
equilíbrio e a harmonia social em vez de focar apenas na punição do infrator, porém, também
é contrária ao garantias mínimas do devido processo.
Palavras-chave: Justiça Indígena, Julgamento, Devido Processo Penal.
Introducción
La historia de la justicia indígena se remonta a tiempos precolombinos, cuando las
comunidades indígenas de América Latina tenían sus propios sistemas de justicia y resolución
de conflictos. Estos sistemas se basaban en valores culturales y tradiciones propias de cada
comunidad, y eran administrados por las autoridades elegidas por los habitantes de la
comunidad. Con la llegada de los colonizadores europeos, estos sistemas fueron desplazados
por el sistema judicial impuesto por los conquistadores. Sin embargo, muchos pueblos
indígenas lograron mantener sus prácticas ancestrales y adaptarlas a las nuevas circunstancias.
En el siglo XX, con el surgimiento del movimiento indígena en América Latina, se
comenzó a reivindicar la importancia de la justicia indígena como un sistema propio y
autónomo que busca resolver los conflictos internos dentro de la comunidad. En muchos países
se han promulgado leyes que reconocen y protegen el derecho de los pueblos indígenas a
administrar su propia justicia. Hoy en día, la justicia indígena sigue siendo una parte importante
de la vida comunitaria en muchas comunidades indígenas de América Latina. Aunque existen
desafíos para su implementación efectiva y para garantizar su relación armoniosa con el sistema
judicial, sigue siendo una herramienta fundamental para preservar las tradiciones culturales y
resolver conflictos internos dentro de las comunidades.
La justicia indígena se refiere a las prácticas ancestrales que emergen de las costumbres
de cada comunidad, pueblo y nacionalidad indígena. En este sistema, las autoridades elegidas
por los habitantes regulan diversos aspectos de las actividades y relaciones sociales, así como
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la resolución de conflictos que surgen dentro de su comunidad. Las sanciones y el
procedimiento para su aplicación están en consonancia con la cosmovisión específica de cada
comunidad indígena. La justicia indígena es un sistema autónomo y propio que tiene como
objetivo resolver los conflictos internos dentro de la comunidad, basándose en los valores
culturales y las tradiciones propias de cada grupo indígena (Jiménez; Viteri & Mosquera,
2021).
De esta manera, la justicia indígena es un mecanismo judicial que se basa en las
tradiciones, costumbres y valores de las comunidades indígenas para resolver conflictos y
aplicar la ley. Este sistema es ejercido por las autoridades indígenas dentro de su ámbito
territorial y se rige por el derecho propio y ancestral de cada comunidad. La justicia indígena
busca promover la armonía social, la reparación del daño causado y la restauración de las
relaciones comunitarias, más que castigar al infractor. Aunque se rige por el derecho propio y
ancestral, la justicia indígena debe respetar los derechos humanos universales reconocidos
internacionalmente. Es importante destacar que la justicia indígena no reemplaza al sistema
judicial, sino que es complementaria a él para garantizar una protección efectiva de los
derechos humanos en todas las comunidades (Luque, Ortega & Carretero; 2019).
La eficacia de la justicia indígena es un tema complejo y controvertido. Por un lado, se
argumenta que la justicia indígena es más efectiva que el sistema judicial en resolver conflictos
internos dentro de las comunidades indígenas, ya que se basa en valores culturales y tradiciones
propias de cada comunidad, buscando restaurar el equilibrio y armonía social más que castigar
al infractor. Por otro lado, se argumenta que la justicia indígena puede ser discriminatoria hacia
ciertos grupos dentro de la comunidad, especialmente hacia las mujeres y los niños. Se ha
señalado, además que en algunos casos las sanciones impuestas por la justicia indígena pueden
ser crueles o inhumanas.
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Es importante tener en cuenta que la eficacia de la justicia indígena depende en gran
medida del contexto específico en el que se aplica. En algunos casos, puede ser una herramienta
efectiva para resolver conflictos internos dentro de las comunidades indígenas. En otros casos,
puede ser necesario buscar soluciones alternativas para garantizar los derechos humanos y
proteger a los grupos vulnerables dentro de la comunidad. En general, se reconoce que es
importante respetar y proteger el derecho de los pueblos indígenas a administrar su propia
justicia, siempre y cuando se garantice el respeto a los derechos humanos y se promueva una
relación armoniosa entre la justicia indígena y el sistema judicial.
Si bien la justicia indígena es un mecanismo que permite la resolución de conflictos
dentro de las comunidades, pueblos y nacionalidades, el problema jurídico de esta radica en la
tensión entre el derecho propio y ancestral de las comunidades indígenas y la justicia ordinaria.
Aunque la Constitución de muchos países reconoce el derecho a la justicia indígena, existen
desafíos en su implementación debido a la falta de claridad en cuanto a su relación con el
sistema judicial y los derechos humanos universales. Además, de las inquietudes sobre la falta
de garantías procesales y protección de los derechos humanos en algunos sistemas de justicia
indígena. De este modo, es necesario encontrar un equilibrio entre el respeto a las tradiciones
y costumbres de las comunidades indígenas y la protección efectiva de los derechos humanos
universales reconocidos internacionalmente.
En Ecuador, la justicia indígena es reconocida y protegida por la Constitución de la
República del Ecuador (2008) en el Capítulo Cuarto, Función Judicial y Justicia Indígena,
sección segunda donde establece:
Las autoridades de las comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas ejercerán
funciones jurisdiccionales, con base en sus tradiciones ancestrales y su derecho propio,
dentro de su ámbito territorial, con garantía de participación y decisión de las mujeres.
Las autoridades aplicarán normas y procedimientos propios para la solución de sus
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conflictos internos, y que no sean contrarios a la Constitución y a los derechos humanos
reconocidos en instrumentos internacionales.
El Estado garantizará que las decisiones de la jurisdicción indígena sean respetadas por
las instituciones y autoridades públicas. Dichas decisiones estarán sujetas al control de
constitucionalidad. La ley establecerá los mecanismos de coordinación y cooperación
entre la jurisdicción indígena y la jurisdicción ordinaria (Art. 171, Constitución de la
República del Ecuador 2008).
En este sentido, este mecanismo de justicia se basa en los sistemas normativos propios
de las comunidades indígenas y se enfoca en la restauración de la armonía social y la reparación
del daño causado. Las autoridades indígenas ejercen función jurisdiccional en su ámbito
territorial y aplican sanciones que pueden incluir multas, trabajos comunitarios o incluso el
destierro. Sin embargo, es importante destacar que la justicia indígena no reemplaza al sistema
judicial estatal, sino que es complementaria a él para garantizar una protección efectiva de los
derechos humanos en todas las comunidades. A pesar de su reconocimiento constitucional, aún
existen desafíos en cuanto a su implementación debido a la falta de claridad en cuanto a su
relación con el sistema judicial estatal y los derechos humanos universales.
Por lo tanto, con el desarrollo de la presente investigación desarrollaremos las
vulneraciones de derechos fundamentales a los que se ven expuestas las personas juzgadas bajo
el ámbito de la justicia indígena, enfatizando los medios y la motivación utilizada para la
resolución de los conflictos internos.
Desarrollo
1. Justicia Indígena en el ordenamiento ecuatoriano.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 1 de la Constitución de la República del
Ecuador (2008), Ecuador es un Estado constitucional de derechos y justicia social. Mediante
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la legislación de nuestro país se ha evidenciado la existencia de diferentes mecanismos
jurídicos que permiten la correcta administración de justicia, como son los organismos que
conforman la Función Judicial y por otra parte la Justicia Indígena.
La administración de justicia, de acuerdo con el artículo 168 de la Carta Constitucional,
es un proceso fundamental en cualquier sociedad democrática y justa, es por ello que en
Ecuador, la administración de justicia se rige por los principios establecidos en la Constitución
donde prescribe que “la potestad de administrar justicia emana del pueblo y se ejerce por los
órganos de la Función Judicial y por los demás órganos y funciones establecidos en la
Constitución” (Art. 167 - Constitución de la República del Ecuador, 2008).
Es necesario destacar que la independencia interna y externa de los órganos de la
Función Judicial es fundamental en este contexto, ya que asegura que los jueces puedan tomar
decisiones imparciales y de acuerdo con la ley, sin ninguna interferencia externa. Esto implica
que los jueces y juezas son responsables por cualquier perjuicio causado a las partes debido a
circunstancias como retrasos, negligencia, denegación de justicia o violación de la ley. Esta
responsabilidad garantiza que los funcionarios judiciales actúen con diligencia y
responsabilidad en la resolución de todos los casos.
En palabras de Cabadiana & Vázquez, 2022 manifiesta que:
Además, como mecanismo jurídico se reconoce en la Constitución la Justicia Indígena.
Esta es un sistema propio y autóctono de los pueblos y comunidades indígenas que se
fundamenta principalmente en sus tradiciones, costumbres y valores culturales
adquiridos desde sus ancestros. Es una forma de administrar la justicia que ha existido
desde tiempos ancestrales y que se ha transmitido de generación en generación.
De acuerdo con Bajaña (2019) que explica lo pertinente, mencionando que:
La existencia de la justicia indígena en Ecuador no se origina a partir de una decisión
legislativa basada en criterios técnicos o de eficiencia, sino que surge del
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reconocimiento de un derecho perteneciente a un ente colectivo, específicamente el
pueblo indígena. Esto implica que la inclusión de la justicia indígena en el sistema legal
y de protección en Ecuador surge del reconocimiento del derecho de los pueblos
indígenas como grupos humanos, en lugar de ser una política normativa impulsada por
construcciones intelectuales internas.
La historia de la justicia indígena en Ecuador se remonta a tiempos ancestrales de la
época precolombina, cuando los pueblos y comunidades nativos tenían sus propios sistemas
para resolver conflictos y así administración de justicia en la época. Estos sistemas se basaban
inicialmente en la cosmovisión indígena, que consideraba a la naturaleza y a la comunidad
como aquellos elementos fundamentales en la toma de decisiones frente a la existencia de
problemas (García, 2019).
Sin embargo, con la llegada de la colonización española, la justicia indígena fue
marginada y reprimida. Los colonizadores impusieron su sistema de justicia occidental, que no
tomaba en cuenta las particularidades culturales y tradiciones de los pueblos originarios. Esto
llevó, casi en su totalidad, a la pérdida de autonomía y a la discriminación de los pueblos,
comunidades y nacionalidades indígenas en el ámbito legal. A partir de la década de los 90s,
donde se produjo un cambio significativo en la visión y reconocimiento de la justicia indígena
en Ecuador. Así, con la promulgación en el registro oficial de la Constitución Política de 1998,
se estableció una normativa legal que reconocía y protegía los derechos de los pueblos
indígenas, incluyéndolo como mecanismo de justicia. Posteriormente, en la Constitución de
2008, se reconoció a la justicia indígena como un organismo de carácter nacional, capaz de
ejercer justicia al mismo nivel que la Función Judicial (García, 2019).
Es aque, la justicia Indígena desde el 2008 ha sido un elemento importante dentro del
sistema jurídico en Ecuador. Ya que, se encuentra reconocida y garantizada legalmente por la
Constitución, donde se establece que este tipo de justicia basa su práctica y ejecución de
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acuerdo en las tradiciones ancestrales como un denominado derecho propio de las
comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas (Art. 171 - Constitución de la República del
Ecuador, 2008).
Continúan los autores Cabadiana & Vázquez, 2022, con el desarrollo del tema y
manifiestan que:
Asimismo, esta busca restablecer el equilibrio y la armonía en la comunidad,
promoviendo la participación de todos los miembros y respetando la diversidad cultural.
Es un sistema que pondera la relación existente entre la naturaleza y el entorno. Siendo
de este modo objeto de debates y contradicciones constitucionales, ya que existen
tensiones entre los principios de la justicia indígena y los derechos humanos
universales.
Se ejerce dentro del ámbito territorial de las comunidades indígenas y se rige por
normas y procedimientos propios, siempre y cuando no sean contrarios a la Constitución y a
los derechos humanos reconocidos en instrumentos internacionales. Es importante destacar que
las decisiones de la jurisdicción indígena deben ser respetadas por las instituciones y
autoridades públicas, y están sujetas al control de constitucionalidad (Art. 171 - Constitución
de la República del Ecuador, 2008).
En por ello que García, 2019, menciona que:
Consecuentemente, la justicia indígena se caracteriza por ser una institución que surge
del reconocimiento de un derecho colectivo de los pueblos indígenas. A diferencia de la justicia
ordinaria, la justicia indígena posee normas y costumbres propias de cada comunidad indígena,
las cuales son aplicadas por sus autoridades e instancias internas. El enfoque comunitario y
participativo de esta, hace que las decisiones y resoluciones judiciales sean tomadas de manera
colectiva, involucrando a la comunidad en su conjunto.
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El respeto a los derechos humanos es un pilar esencial de cualquier sistema de justicia,
y la justicia indígena no es una excepción. Los derechos humanos, como el derecho a un juicio
justo, la igualdad ante la ley y la prohibición de la tortura o tratos inhumanos, son inherentes a
la dignidad humana y deben ser protegidos sin distinción de etnia, cultura o creencias. Al
asegurar que estos derechos sean respetados en la justicia indígena, se garantiza un sistema más
justo y equitativo para los miembros de los pueblos indígenas que recurren a este sistema de
justicia para resolver sus conflictos internos.
En palabras de Ramírez, 2021 manifiesta que:
A pesar de estos avances y el reconocimiento dentro de la legislación ecuatoriana,
persisten desafíos en la implementación efectiva de la justicia indígena en el país. Una
de las principales dificultades es la falta de un marco legal que sea claro y coherente
que permita la coordinación, articulación y aplicación adecuada entre ambos
mecanismos de justicia. Si bien la Constitución reconoce este sistema de justicia no
existe una normativa que permita, y en ciertos casos limite la administración de justicia
ponderando lo establecido en los tratados internacionales de derechos humanos
Un desafío significativo al que se enfrenta la justicia indígena es la escasez de recursos
y apoyo proveniente de la Función Judicial. Con frecuencia, estos sistemas carecen de los
recursos necesarios para operar eficazmente, lo que restringe su capacidad para resolver
conflictos y garantizar un acceso oportuno a la justicia para los pueblos y comunidades
indígenas. Se destaca que una de las principales consecuencias de estas circunstancias es la
falta de capacitación y formación para las autoridades indígenas, lo que puede llevar a graves
violaciones de derechos humanos.
Sin duda, la discriminación y el racismo han sido problemas sociales arraigados dentro
de cualquier entorno, los cuales se convierten también en desafíos importantes para la justicia
indígena. A menudo, esta ha sido considerada como un sistema inferior al de la justicia
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ordinaria, o que sus resoluciones poseen prácticas primitivas, lo que puede llevar a la
discriminación y sobre todo a la falta de respeto por los derechos de las comunidades indígenas.
Lo propio desarrolla Hidalgo; Jiménez & Torres, 2021, al investigar sobre el tema,
llegando a una idea relatada de la siguiente manera:
La justicia indígena y la justicia ordinaria coexisten en un sistema jurídico dual. Está
muy bien definido que la justicia indígena se basa en las costumbres y tradiciones de
los pueblos indígenas, mientras que la justicia ordinaria se rige por lo establecido en la
normativa legal vigente y los tratados y convenios internacionales. Sin embargo, la
adecuada o inadecuada aplicación de la justicia indígena ha sido objeto de controversia
y conflicto en el país. Uno de los principales problemas es el conflicto de competencias
entre la justicia indígena y la justicia ordinaria.
En relación con la conexión de ideas los autores Hidalgo; Jiménez & Torres, 2021,
continúan con la construcción de la investigación al manifestar lo siguiente:
Por una parte, la justicia indígena tiene jurisdicción sobre los miembros de la
comunidad indígena y se encarga de resolver conflictos únicamente internos, como
disputas de tierras, problemas familiares y delitos menores. Sin embargo, cuando se
trata de delitos catalogados por la justicia ordinaria como graves, como en el caso de
asesinato o la violación, la justicia indígena no tiene la competencia para juzgar,
resolver y sancionar a los presuntos implicados.
Lo propio aportan los autores Chuma & Pozo, 2023, al manifestar que:
Este conflicto de competencias ha llevado a situaciones en las que los acusados son
juzgados por ambos sistemas de justicia, lo que puede resultar en una violación a lo establecido
en el artículo 76 literal i) de la Constitución de la República del Ecuador (2008). Además, la
falta de coordinación y comunicación entre los dos sistemas de justicia ha conllevado que se
superpongan o entran en conflicto, generando incertidumbre y falta de claridad en cuanto a la
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jurisdicción y competencia de cada una. La falta de una normativa clara y precisa que regule
esta situación ha sido un factor determinante en la persistencia de este conflicto.
Para darle más relevancia al orden de ideas, los aportes de Chuma & Pozo, 2023, son
relevantes al manifestar que:
Es importante abordar desde un punto de vista específico este conflicto de competencias
para agarantizar el acceso adecuado a la justicia de todas las personas, sin importar
su origen étnico o cultural. Se requiere de un ordenamiento jurídico que reconozca y
respete los derechos de las comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas, al mismo
tiempo que garantice los principios fundamentales del sistema de justicia.
El enfrentar estos desafíos y conflictos entre los mecanismos de justicia generan
necesidades para un efectivo desarrollo de la justicia indígena. Por lo cual es importante que la
legislación de la República del Ecuador cree una normativa que permita y garantice una
adecuada aplicación de la justicia indígena englobando las costumbres y tradiciones, en
concordancia con aquellos derechos que les son inherentes a los seres humanos.
Resulta imperativo que la legislación de nuestro país contemple la posibilidad de
desarrollar una ley específica que respete las formas tradicionales de resolución de conflictos
en el contexto de los pueblos y comunidades indígenas, sin imponer procedimientos externos.
En este sentido, es fundamental describir los principios de aplicación especiales que se adaptan
a las necesidades y garantías de la justicia indígena. Asimismo, es esencial destacar la
relevancia de los "mínimos jurídicos", que establecen los derechos fundamentales que deben
ser respetados y garantizados al emitir una resolución en casos sometidos a este mecanismo
jurídico.
La normativa que se desarrolle por la legislación, debe considerar específicamente el
reconocimiento de la justicia indígena en toda su diversidad e interculturalidad, donde se
garantice además que esta se encuentra sometida al Control Constitucional. Enfatizando, que
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la aplicabilidad de este sistema se basa en reestablecer el orden interno dentro de cualquier
comunidad o pueblo indígena. De esta manera, los aspectos descritos dentro de esta nueva Ley,
sean de importancia y deban ser tomados con determinación objetiva dentro de la legislación,
ya que contemplando las necesidades y desafíos que enfrenta la justicia indígena es pertinente
extender una normativa que garantice la adecuada administración de justicia en las
comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas.
Si bien, la justicia indígena enfrenta diferentes dificultades como la falta de garantías
procesales, la discriminación de género, la exclusión de ciertos grupos de la comunidad en el
acceso a la justicia, la posibilidad de que las autoridades indígenas actúen simultáneamente
como juez y parte en el proceso, al momento de que esta sea ejecutada; existen circunstancias
en las cuales las autoridades se extralimitan y las sanciones establecidas vulneran los derechos
humanos de la persona que está siendo juzgada. Al igual que el sistema de justicia ordinario,
la justicia indígena debe poseer límites claros y definidos para garantizar la protección de los
derechos humanos y evitar abusos innecesarios. Estos límites son necesarios para asegurar que
la justicia indígena opere dentro de un marco legal y respete los principios fundamentales de
la justicia.
2. Supervisión y control de la Justicia Indígena.
La justicia indígena, debe garantizar el respeto a los derechos humanos consagrados en
tratados y convenios internacionales, tales como el derecho a un juicio justo, la igualdad ante
la ley y la prohibición de la tortura o tratos inhumanos. Estos derechos son de vital importancia
y deben ser salvaguardados y aplicados en cualquier sistema de justicia, incluido el sistema
indígena. Además, al igual que en la justicia ordinaria, la justicia indígena debe estar sujeta a
la supervisión y control de los organismos constituidos por la Función Judicial. Esto significa
que las decisiones y acciones de las autoridades indígenas deben ser susceptibles de revisión o
apelación ante los tribunales de la justicia ordinaria.
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La ausencia de una normativa legal que regule los procedimientos de justicia indígena
plantea un desafío importante, ya que no se dispone de un marco claro que defina las
competencias de los jueces de las cortes provinciales en relación con estos procesos. En otras
palabras, debido a la falta de legislación específica para la justicia indígena, no se puede
establecer de manera precisa quiénes son los responsables legales o qué instancias judiciales
deben supervisar o intervenir en dichos procesos. Esta carencia de normativas puede generar
incertidumbre y conflictos en la administración de justicia en contextos indígenas.
La misma idea es compartida por los autores Zhumi & Trelles, 2020, al manifestar que:
En primer lugar, la justicia indígena debe respetar los derechos humanos reconocidos
en los tratados y convenios internacionales, como el derecho a un juicio justo, la
igualdad ante la ley y la prohibición de la tortura o tratos inhumanos. Estos derechos
son fundamentales y deben ser salvaguardados por el estado y efectivizados en
cualquier sistema de justicia, esto incluye el indígena. Así también, como en la justicia
ordinaria, esta debe estar sujeta a la supervisión y control de los organismos
establecidos para el efecto dentro en la Función Judicial. Esto implica que las decisiones
y acciones de las autoridades indígenas deben poseer la característica de revisables o
apelables ante los tribunales de la justicia ordinaria, en el caso de que se evidencie una
vulneración a los derechos fundamentales.
También, es menester contemplar que, en el marco de la justicia indígena, esta debe
aplicar los principios de la norma de normas evitando la discriminación o la exclusión de algún
individuo o grupo de personas por motivos de género, orientación sexual, ideología política,
religión u origen étnico, o que utilice estas condiciones para definir la situación de las personas.
Todos los miembros de la comunidad deben tener acceso igualitario a la justicia recibiendo un
trato justo y equitativo, caso contrario se debería permitir la intervención de una unidad
especializada que verifique se desarrolle de manera adecuada la justicia.
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En palabras de Angamarca & Vázquez, 2021, analizan el tema de la siguiente manera:
Sin embargo, en la ejecución de las decisiones de la justicia indígena se ha observado
posibles excesos. Estos excesos principalmente se refieren a la falta de claridad sobre
los límites de la jurisdicción indígena. A menudo, se han reportado casos en los que se
ha aplicado justicia indígena a personas que no pertenecen a ninguna comunidad,
pueblo o nacionalidad, lo que genera preocupación en la justicia ordinaria enfatizando
los términos generales sobre las garantías procesales y derechos humanos.
Los pueblos indígenas han enfrentado históricamente la discriminación y la
marginación en muchos países, lo que ha llevado a la vulneración de sus derechos humanos.
La justicia indígena puede convertirse en un poderoso instrumento para abordar estas
injusticias y restaurar el equilibrio, pero solo si se asegura que este sistema de justicia no incurra
en violaciones de derechos fundamentales. Es responsabilidad tanto de los líderes y autoridades
indígenas como del Estado garantizar que los derechos humanos sean salvaguardados en la
justicia indígena.
Continúan los autores Angamarca & Vázquez, 2021, aportando con un pensamiento
definido sobre la temática al manifestar que:
La evidente falta de garantías procesales y el respeto a los derechos fundamentales de
las personas acusadas o juzgadas, se ve reflejada en las decisiones tomadas por las
autoridades o líderes comunitarios sin tener en cuenta principios básicos establecidos
en el artículo 76 de la Constitución como es el derecho al debido proceso. Asimismo,
en diferentes circunstancias se ha evidenciado la aplicación de penas crueles e
inhumanas, donde se practica el castigo físico o el exilio social, que sin ahondar en la
justicia ordinaria se pueden verificar posibles vulneraciones los derechos humanos de
las personas involucradas. Por tanto, es necesario encontrar un equilibrio entre
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preservar las tradiciones culturales y proteger los derechos fundamentales de todas las
personas, independientemente de su origen étnico o cultural.
Para fortalecer la protección de los derechos humanos en la justicia indígena, es
fundamental establecer mecanismos de supervisión y control por parte de los organismos
constituidos en la Función Judicial. Estos organismos deben asegurar que las decisiones y
acciones de las autoridades indígenas sean sujetas a revisión o apelación ante los tribunales de
la justicia ordinaria en caso de que se identifiquen posibles vulneraciones de derechos
fundamentales. Esto no implica interferir en las prácticas culturales y tradicionales de los
pueblos indígenas, sino garantizar que su sistema de justicia opere dentro de los parámetros
legales y respetando los derechos humanos internacionalmente reconocidos.
En palabras de Morocho & Pinos, 2020 manifiesta que:
Para proteger los derechos fundamentales de las personas sometidas a la justicia
indígena de manera formal, es necesario garantizar la participación y decisión de las
mujeres, aplicar normas y procedimientos propios que no sean contrarios a la
Constitución y a los derechos humanos reconocidos en instrumentos internacionales,
respetar los principios del Estado constitucional de derecho y justicia social, y
desarrollar normas, políticas públicas, mecanismos y garantías especiales donde se
conceptualice de manera específica las generalidades, aplicabilidad y acceso a la
jurisdicción de este sistema jurídico. Donde se deberá contemplar como mecanismo
alternativo para la solución de conflictos el diálogo intercultural y el respeto mutuo
entre la justicia indígena y la justicia ordinaria, asegurando la igualdad en dignidad y
derechos de todas las personas involucradas.
La Constitución establece que la ley debe instituir los mecanismos de coordinación y
cooperación entre la jurisdicción indígena y la jurisdicción ordinaria. Esto busca garantizar la
armonía y el respeto mutuo entre ambos sistemas de justicia, promoviendo así el dialogo y la
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interculturalidad. Por lo tanto, esta tiene como objetivo principal resolver los conflictos
internos de las comunidades indígenas, donde exista la participación y decisión de las mujeres.
Además, busca preservar y fortalecer las prácticas y valores culturales de los pueblos indígenas,
contribuyendo así a la diversidad y pluralidad jurídica en el país.
El reconocimiento de la justicia indígena invita a los operadores de justicia a adoptar
un enfoque intercultural en sus decisiones. Esto implica cambiar los esquemas de sentencias
tradicionales y considerar las particularidades culturales y valores propios de las comunidades
indígenas al interpretar y aplicar el derecho. Se busca superar las prácticas discriminatorias y
permitir la participación de los pueblos indígenas en la toma de decisiones que preceden a sus
vidas.
Lo propio manifiestan los autores Ilaquiche; González; Bucaran & Manaces, 2022,
cuando mencionan que:
Por lo tanto, es importante que, para el desarrollo de la justicia, se apliquen los
principios que en toda etapa deben regir la justicia indígena, contemplando que los
procedimientos de este sistema son agiles y de carácter público. En este sentido prima
el respeto a la vida, basándose en conocimientos ancestrales establecidos en tradiciones,
usos y costumbres de las comunidades indígenas; el respeto a los derechos humanos,
que incluyen la justicia, la solidaridad, la equidad, el respeto y la participación en la
sociedad. Estos principios buscan garantizar la armonía y el cumplimiento de deberes
y derechos dentro de las comunidades indígenas, promoviendo una forma de justicia
que se origina en la identidad cultural y las necesidades de los pueblos nativos.
La posibilidad de revisar o apelar las decisiones y acciones de las autoridades indígenas
ante los tribunales de la justicia ordinaria es un mecanismo importante para garantizar que los
derechos humanos no sean vulnerados. Esta medida busca ofrecer una vía de recurso en caso
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de que existan dudas sobre el respeto a los derechos fundamentales en la justicia indígena y
promueve la rendición de cuentas y la transparencia en el sistema.
Dada la importancia de garantizar el respeto a los derechos humanos en la justicia
indígena, se requiere una supervisión adecuada para evitar posibles vulneraciones. En este, los
organismos establecidos por la Función Judicial pueden desempeñar un papel clave en la
supervisión y control de la justicia indígena. Esta supervisión no debe ser vista como una
interferencia en las tradiciones culturales, sino como una medida para asegurar que los
derechos humanos se respeten y protejan adecuadamente.
Para garantizar que los derechos humanos se respeten y protejan después de la
aplicación de la justicia indígena, se deben implementar estrategias y salvaguardias efectivas.
Primero, es esencial establecer un marco legal que reconozca y regule la justicia indígena,
definiendo sus límites y garantizando el respeto por los derechos humanos. Esto proporcionaría
una base sólida para la aplicación de principios como el debido proceso y la igualdad ante la
ley. La capacitación y sensibilización son fundamentales para todos los involucrados en los
procesos de justicia indígena, incluidos los líderes y jueces indígenas. Deben comprender los
estándares de derechos humanos y cómo aplicarlos en su toma de decisiones. Además, es
importante establecer mecanismos de supervisión externa, como la participación de
observadores independientes y defensores de derechos humanos, para garantizar la
imparcialidad y la conformidad con los derechos fundamentales.
El diálogo intercultural entre las autoridades de justicia indígena y las instituciones
legales convencionales es clave para abordar posibles conflictos y garantizar el respeto mutuo
por los derechos humanos. Además, se deben establecer procedimientos de revisión de casos
para garantizar que las decisiones sean coherentes con los derechos humanos y que las personas
tengan acceso a recursos legales para impugnar decisiones injustas. La transparencia y la
rendición de cuentas son cruciales, por lo que se debe requerir que las autoridades de justicia
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indígena informen públicamente sobre sus decisiones y procesos. En última instancia, la
protección de los derechos humanos después de la aplicación de la justicia indígena requiere
un enfoque colaborativo y comprometido de todas las partes interesadas, con el objetivo de
preservar las tradiciones culturales mientras se garantizan los estándares universales de
derechos humanos.
La falta de interpretación intercultural en el control constitucional puede limitar la
autonomía de la jurisdicción indígena para aplicar su derecho consuetudinario y cosmovisión
en la resolución de conflictos. El máximo órgano de control constitucional, al no comprender
plenamente la interculturalidad como base de un estado plurinacional, puede adoptar enfoques
homogéneos que no reflejen adecuadamente la diversidad cultural y la cosmovisión de los
pueblos indígenas.
En la justicia indígena, cuando se juzga a una persona, se considera que se está juzgando
también a toda la comunidad, y el bien jurídico protegido va más allá de lo individual,
abarcando la vida del Ayllu (comunidad) y la familia. La justicia indígena valora y busca
proteger la vida comunitaria y colectiva, lo que la diferencia de la perspectiva de la justicia
ordinaria, que tiende a enfocarse más en lo individual y lo social.
En procesos de justicia indígena, las sanciones se aplican estos de acuerdo con la
gravedad de la infracción cometida. Estas sanciones pueden incluir desde la expulsión de la
comunidad y la privación de derechos comunitarios, hasta el uso de látigos, ortiga (una planta
urticante) y baños en agua fría, así como la petición de perdón, entre otros. Las decisiones
judiciales en la justicia indígena no son tomadas por un juez individual, sino por la Asamblea
General Comunitaria, lo que refuerza la importancia del enfoque colectivo y comunitario en
este sistema de justicia.
Es decir que, la interpretación intercultural es esencial para garantizar que la
jurisdicción indígena tenga la libertad y el reconocimiento necesario para aplicar su derecho
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consuetudinario y cosmovisión en la resolución de conflictos. Respetar y comprender la
perspectiva indígena, centrada en lo comunitario y colectivo, es fundamental para promover
una convivencia armónica y respetuosa en el marco de un estado plurinacional y multicultural.
Es necesario recalcar que la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control
Constitucional, en su artículo 65, sobre la acción extraordinaria de protección contra decisiones
de la justicia indígena, disponiendo que: La persona que estuviere inconforme con la decisión
de la autoridad indígena en ejercicio de funciones jurisdiccionales, por violar los derechos
constitucionalmente garantizados o discriminar a la mujer por el hecho de ser mujer, podrá
acudir a la Corte Constitucional y presentar la impugnación de esta decisión, en el término de
veinte días de que la haya conocido.
Se observarán los principios que, sobre esta materia, se encuentran determinados en la
Constitución, instrumentos internacionales de derechos humanos de los pueblos y
nacionalidades indígenas, demás instrumentos de derechos humanos, Código Orgánico de la
Función Judicial y la ley.
Los principios y el procedimiento para llevar a cabo la acción extraordinaria de
protección contra decisiones de la justicia indígena se encuentran en el artículo 66 de la misma
Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, en el cual dispone que la
Corte Constitucional debe respetar los siguientes principios y reglas como la:
1. Interculturalidad. - Se prevé que el procedimiento garantizará la comprensión
intercultural de los hechos y una interpretación intercultural de las normas aplicables, a fin de
evitar una interpretación etnocéntrica y monocultural. De allí que, para el entendimiento
intercultural, la Corte deberá recabar toda la información necesaria sobre el conflicto resuelto
por las autoridades indígenas.
2. Pluralismo jurídico. - Luego, determina que el Estado ecuatoriano reconoce, protege
y garantiza la coexistencia y desarrollo de los sistemas normativos, usos y costumbres de las
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nacionalidades, pueblos indígenas y comunidades de conformidad con el carácter del estado
plurinacional intercultural.
3. Autonomía. - En tercer lugar, determina que las autoridades de las nacionalidades,
pueblos y comunidades indígenas gozarán de un ximo de autonomía y un mínimo de
restricciones en el ejercicio de sus funciones jurisdiccionales, dentro de su ámbito territorial,
de conformidad con su derecho indígena propio.
4. Debido proceso. - Seguidamente se prevé que la observancia de las normas, usos y
costumbres, y procedimientos que hacen parte del derecho propio de la nacionalidad, pueblo o
comunidad indígena constituyen el entendimiento intercultural del principio constitucional del
debido proceso.
5. Oralidad. - Se determina, además, como en todo momento del procedimiento, cuando
intervengan las personas, grupos o autoridades indígenas, se respetará la oralidad y se contará
con traductores de ser necesario. La acción podrá ser presentada en castellano o en el idioma
de la nacionalidad o pueblo al que pertenezca la persona. Así pues, cuando sea reducido a
escrito, deberá constar en la lengua propia de la persona o grupos de personas y será traducida
al castellano.
6. Legitimación activa. - En cuanto a este aspecto se consagra como cualquier persona
o grupo de personas podrá presentar esta acción. De tal manera, cuando intervenga una persona
a nombre de la comunidad, deberá demostrar la calidad en la que comparece.
7. Acción. - Este es un aspecto muy importante y se prevé que la persona o grupo
planteará su acción verbalmente o por escrito y manifestará las razones por las que se acude al
tribunal y las violaciones a los derechos que supuestamente se han producido. Esta solicitud
será reducida a escrito por el personal de la Corte dentro del término de veinte días.
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8. Calificación. - De forma inmediata, según lo determina la norma, que la sala de
admisiones deberá comunicar si se acepta a trámite y las razones que justifican su decisión. Se
sentará un acta sobre la calificación.
9. Notificación. - Seguidamente, de ser aceptado el trámite, la jueza o juez ponente de
la Corte designado mediante sorteo, señalará día y hora para la audiencia y hallamar a la
autoridad o autoridades indígenas que tomaron la decisión o podrá acudir a la comunidad, de
estimarse necesario.
10. Audiencia. - Entonces, la autoridad o autoridades serán escuchadas al igual que las
personas que presentaron la acción por el Pleno de la Corte. La audiencia deberá ser grabada.
De considerarse necesario, se escuchará a la persona o personas que fueron contraparte en el
proceso del cual se revisa la sentencia.
11. Opinión técnica. - Para esta investigación resulta fundamental resaltar, como el
numeral 11 estipula que la jueza o juez ponente podrá solicitar la opinión técnica de una persona
experta en temas relacionados con justicia indígena y recibir opiniones de organizaciones
especializadas en estos temas, siendo, a criterio del autor, el peritaje antropológico la
evaluación más adecuada.
12. Proyecto de sentencia. - Con posterioridad, la jueza o juez ponente presentará el
proyecto de sentencia del Pleno para su conocimiento y resolución. La sentencia puede ser
modulada para armonizar los derechos constitucionalmente garantizados y los derechos
propios de la comunidad, pueblo o nacionalidad.
13. Notificación de la sentencia. - Para concluir, la sentencia sobre constitucionalidad
de las decisiones indígenas deberá ser transmitida de forma oral y motivadamente en la
comunidad, ante la presencia de al menos los accionantes y la autoridad indígena, a través del
ponente o su delegado. La sentencia deberá ser reducida a escrito, en castellano y en la lengua
propia de la persona o grupo de personas.
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14. Violación de derechos de las mujeres. - Es de recalcar que las juezas o jueces
deberán impedir que en sentencias de justicia indígena se alegue la costumbre, la
interculturalidad o el pluralismo jurídico para violar los derechos humanos o de participación
de las mujeres.
Es cierto que la interpretación intercultural, vista como el principio in dubio pro justicia
indígena, es un aspecto importante para proteger y respetar los derechos de la justicia indígena
en un contexto intercultural. Este principio implica que, en caso de duda o ambigüedad en el
control constitucional de decisiones jurisdiccionales indígenas, se deberá favorecer y valorar
la justicia indígena.
La aplicación del principio en dubio pro justicia indígena reconoce que la justicia
indígena es un derecho minoritario y, por lo tanto, merece especial protección y consideración
en un estado plurinacional y multicultural. Dado que la cosmovisión y los sistemas jurídicos
indígenas pueden diferir significativamente de los enfoques occidentales de la justicia, la
interpretación intercultural se vuelve esencial para evitar la vulneración de estos derechos.
Al inclinar la balanza a favor de la justicia indígena en casos de duda, se garantiza un
espacio de respeto y reconocimiento para las prácticas y valores culturales propios de las
comunidades indígenas. Esto ayuda a fortalecer la autonomía y el ejercicio de la justicia
indígena en el marco del sistema legal más amplio del país.
Es importante destacar que el principio in dubio pro justicia indígena no implica que
los derechos humanos universales y los principios fundamentales del debido proceso deban ser
desestimados o vulnerados. Por el contrario, se trata de encontrar un equilibrio entre la
protección de los derechos indígenas y el respeto a los derechos humanos universales,
fomentando un enfoque intercultural y de diálogo en la administración de justicia.
En resumen, la interpretación intercultural, manifestada a través del principio in dubio
pro justicia indígena, es un elemento clave para reconocer y proteger los derechos de la justicia
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indígena en el contexto de un estado plurinacional y multicultural. Esto permite salvar la
autonomía y la diversidad jurídica de las comunidades indígenas, respetando sus sistemas de
justicia y promoviendo una convivencia armoniosa y respetuosa entre las distintas culturas
presentes en el país.
Metodología:
El presente trabajo de investigación se desarrollará bajo los parámetros de un enfoque
cualitativo y descriptivo, que realizará un estudio de carácter bibliográfico documental, que
permite analizar las particularidades de la justicia indígena y definir si la misma es un
mecanismo de justicia eficaz para la resolución de conflictos en el contexto de las comunidades,
pueblos y nacionalidades indígenas del territorio ecuatoriano.
A través de la metodología de análisis bibliográfico documental, se pretende
proporcionar un marco sistemático y riguroso para obtener los resultados requeridos para la
presente investigación. Donde se garantice que los métodos utilizados sean válidos y confiables
compilando información sobre el derecho de la justicia indígena frente a la justicia ordinaria.
Discusión de resultados
La justicia indígena es un sistema judicial que se fundamenta en las tradiciones,
costumbres y valores de las comunidades indígenas con el propósito de resolver conflictos y
aplicar la ley. Este mecanismo es ejercido por las autoridades indígenas dentro de su territorio
y se rige por el derecho propio y ancestral de cada comunidad. Su enfoque principal es fomentar
la armonía social, la reparación del daño causado y la restauración de las relaciones
comunitarias, priorizando la resolución pacífica de los conflictos más que la imposición de
castigos a los infractores.
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Aunque se basa en el derecho propio y ancestral, la justicia indígena también debe
respetar los derechos humanos universales reconocidos a nivel internacional. Esto implica que,
si bien se aplican las normas y principios propios de cada comunidad indígena, se debe
garantizar el respeto a los derechos fundamentales de las personas involucradas en los procesos
judiciales. Esto incluye el derecho a un juicio justo, a la igualdad ante la ley y a la no
discriminación, entre otros.
Es importante destacar que la justicia indígena no reemplaza al sistema judicial
convencional, sino que opera de manera complementaria a él. Ambos sistemas coexisten con
el fin de asegurar una protección efectiva de los derechos humanos en todas las comunidades,
sin importar su origen étnico o cultural. La justicia indígena contribuye a fortalecer la
autonomía y el autogobierno de las comunidades indígenas, al tiempo que se busca promover
la justicia y la equidad en la resolución de conflictos dentro de sus territorios.
La justicia indígena tiene como objetivo preservar las tradiciones culturales y resolver
conflictos internos dentro de las comunidades indígenas. Este sistema propio y autónomo se
basa en prácticas ancestrales que resultan de las costumbres de cada comuna, pueblo y
nacionalidad indígena. En él, las autoridades elegidas por los habitantes regulan diversos
aspectos de las actividades, relaciones sociales y todo tipo de conflictos que surgen dentro de
su comunidad.
Si bien la justicia indígena no se basa en formalismos y se rige por normas nacidas de
la necesidad de proteger los derechos de la comunidad y buscar la reinserción del infractor,
esta naturaleza no excluye la posibilidad de revisión o apelación de sus decisiones ante la
justicia ordinaria. En un sistema legal integral y respetuoso de los derechos humanos, es
importante encontrar un equilibrio entre el respeto por las tradiciones culturales y el
cumplimiento de las normas legales más amplias. La ausencia de formalismos en la justicia
indígena no significa necesariamente que sus decisiones sean inapelables o no sujetas a
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revisión. La apelación a la justicia ordinaria puede ser un mecanismo para garantizar que se
respeten los derechos individuales y los estándares de derechos humanos reconocidos
internacionalmente.
Se caracteriza por ser un sistema basado en principios de inclusión, rehabilitación social
y toma de decisiones colectivas. Los casos son tratados de manera imparcial y gratuita, y la
resolución de conflictos comienza en el nivel familiar, donde se busca la armonía y el
restablecimiento de las relaciones dentro de la comunidad. Esta perspectiva de la justicia
indígena es una manifestación del enfoque cultural y tradicional que resalta la importancia de
la cohesión social y el bienestar comunitario.
El segundo nivel o espacio en la justicia indígena en el Ecuador está representado por
los cabildos, que son las autoridades encargadas de administrar la comunidad y de impartir
justicia dentro de su jurisdicción con autonomía propia. Los cabildos generalmente están
compuestos por el presidente, vicepresidente, Secretario, Tesorero y los Síndicos, quienes
desempeñan funciones específicas en la toma de decisiones y en la gestión de la comunidad.
En este nivel, los cabildos conocen y resuelven problemas de mayor trascendencia que
surgen a la comunidad. Entre los problemas se incluyen asuntos relacionados con el
alcoholismo, las drogas, las pandillas, los robos, las lesiones físicas y los abusos de confianza.
Estas cuestiones son de gran relevancia para la cohesión social y el bienestar de la comunidad,
por lo que requiere una atención especial.
El tercer nivel o espacio en la justicia indígena en Ecuador se refiere al tratamiento de
problemas muy graves y está representado por las autoridades de las organizaciones de segundo
grado. Estas autoridades no están establecidas por leyes formales y, por lo tanto, no están
determinadas específicamente ni encargadas de la administración de justicia de manera oficial.
Sin embargo, en la práctica, estas autoridades abarcan todos los aspectos de la vida cotidiana
que implican el ejercicio de la administración de justicia dentro de la comunidad.
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Lourdes Tibán (2008), menciona al respecto que las autoridades competentes en
aplicación y ejecución de los derechos indígenas, están investidas de tal responsabilidad por la
comunidad de acuerdo con la organización social y política, cuyas autoridades son el cabildo,
el consejo de gobierno representado por el presidente, vicepresidente, secretario, el síndico, y
la asamblea general como la máxima autoridad de la comunidad, la que resuelve los conflictos
más graves y toma las decisiones transcendentales, la competencia de estas autoridades es
personal y aplica a todos los miembros de la comunidad como autores o víctimas, y territorial
cuando los actos son perpetrados en un ámbito geográfico propio de la comunidad.
Es cierto que, en la noción occidental del debido proceso, el derecho consuetudinario
no está presente, ya que se basa en un sistema legal codificado y formalizado. Sin embargo, en
las comunidades indígenas del Ecuador, existe un procedimiento propio para la administración
de justicia, que cumple con los principios fundamentales del debido proceso.
Dentro de este sistema de justicia indígena, se garantiza el derecho a la defensa de las
partes involucradas en el conflicto. Se permite que las personas expliquen las razones de sus
actuaciones sin límites de tiempo o rminos limitados, lo que facilita una comprensión más
completa de la situación y de los argumentos de las partes.
El principio de legalidad también es respetado en la justicia indígena, ya que se procura
que las normas y decisiones sean conocidas por toda la comunidad. Esto asegura una mayor
transparencia y participación en el proceso, ya que todos los miembros de la comunidad pueden
tener acceso a la información relevante.
Las resoluciones de la justicia indígena tienen como objetivo restaurar la armonía
comunitaria y evitar que el autor vuelva a cometer transgresiones. En lugar de exigir en el
castigo, se busca la rehabilitación y la reintegración del individuo a la comunidad. Estas
resoluciones a menudo se expresan en ceremonias y rituales de sanación, que tienen un
significado simbólico importante.
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El uso del fuete en algunos casos es un ejemplo de cómo la justicia indígena emplea
símbolos y rituales para representar el poder purificador y restaurador. No se trata de un castigo
corporal o físico en el sentido occidental, sino s bien de un símbolo que busca purificar al
individuo de sus acciones negativas y permitir su reintegración a la comunidad.
Es decir que, la justicia indígena en Ecuador, aunque difiere del sistema occidental,
cumple con los principios esenciales del debido proceso. Garantiza el derecho a la defensa,
respeta el principio de legalidad y busca la restauración y rehabilitación social del individuo.
Los símbolos y rituales utilizados en este sistema reflejan la importancia de la cultura y la
espiritualidad en el proceso de justicia indígena.
En el ordenamiento ecuatoriano, la justicia indígena debe resolver casos que estén
relacionados con aspectos propios de las comunidades indígenas y que se rijan por sus normas
y costumbres ancestrales. Estos casos suelen involucrar asuntos internos y conflictos dentro de
las comunidades indígenas que son de relevancia para su convivencia y funcionamiento
interno.
Esta busca promover la armonía social, la reparación del daño causado y la restauración
de las relaciones comunitarias, en lugar de enfocarse en castigar al infractor. Aunque se rige
por el derecho propio y ancestral, es importante destacar que la justicia indígena debe respetar
los derechos humanos universales reconocidos a nivel internacional. Es un sistema
complementario al sistema judicial convencional y su objetivo principal es garantizar una
protección efectiva de los derechos humanos en todas las comunidades.
Así también, es considerada como un eficaz mecanismo legal para resolver conflictos
internos dentro de las comunidades indígenas. Este sistema autónomo y propio se fundamenta
en las tradiciones, costumbres y valores de cada comunidad, con el propósito de promover la
armonía social, la reparación del daño causado y la restauración de las relaciones comunitarias,
en lugar de centrarse en castigar al infractor. Las autoridades indígenas son las encargadas de
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ejercer la justicia indígena dentro de su territorio, guiándose por el derecho propio y ancestral
de su comunidad.
Sin embargo, es importante reconocer que también pueden existir vulneraciones de
derechos fundamentales en su aplicación. Estas vulneraciones pueden manifestarse de diversas
formas, como la falta de garantías procesales, la discriminación de género y la exclusión de
ciertos grupos de la comunidad en el acceso a la justicia. En algunos casos, la justicia indígena
puede no garantizar plenamente el derecho a un juicio justo y equitativo, ya que las autoridades
indígenas pueden actuar simultáneamente como juez y parte en el proceso. Además, la falta de
transparencia y publicidad en los procedimientos judiciales dificulta la supervisión y el control
de las decisiones adoptadas.
La discriminación de género es otra preocupación relevante, ya que en algunas
comunidades indígenas las mujeres pueden enfrentar barreras para acceder a la justicia y
pueden tener menos oportunidades de participar plenamente en los procesos judiciales.
Además, otros grupos dentro de la comunidad, como los jóvenes o los miembros de minorías
étnicas, también pueden experimentar discriminación en el ámbito de la justicia indígena.
La discriminación de género en la justicia indígena puede contribuir a perpetuar
estereotipos y roles de género tradicionales que limitan el empoderamiento y el desarrollo de
las mujeres dentro de las comunidades. Además, es necesario destacar que los grupos
vulnerables dentro de la comunidad, como los jóvenes y los miembros de minorías étnicas,
también pueden experimentar discriminación y marginación en el ámbito de la justicia
indígena.
La capacitación y sensibilización de las autoridades y miembros de la justicia indígena
en temas de género y derechos humanos también son esenciales para promover un enfoque
inclusivo y equitativo en la resolución de conflictos y la administración de justicia dentro de
las comunidades. Además, la cooperación entre la justicia indígena y la justicia ordinaria puede
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ser mejorada para garantizar que los casos de discriminación y violencia de género sean
tratados de manera efectiva y se respeten los derechos de todas las personas involucradas
Es crucial destacar que estas vulneraciones de derechos no son inherentes a la justicia
indígena en misma, sino que se derivan de prácticas y actitudes particulares dentro de cada
comunidad. Por lo tanto, es necesario colaborar estrechamente con las comunidades indígenas
para garantizar que la justicia indígena se aplique de manera justa y equitativa, en pleno respeto
de los derechos humanos universales reconocidos a nivel internacional.
Exactamente, es importante destacar que las vulneraciones de derechos mencionados
no son inherentes a la justicia indígena en su concepción, sino que pueden surgir de prácticas
y actitudes específicas dentro de cada comunidad. La justicia indígena es un sistema arraigado
en las tradiciones culturales y valores de las comunidades indígenas, y su objetivo es mantener
el equilibrio y la armonía interna.
Conclusiones
El concepto de la justicia indígena ha sido objeto de discusión y análisis durante mucho
tiempo debido a su complejidad y controversia. Por un lado, se argumenta que la justicia
indígena es más efectiva que el sistema judicial en resolver conflictos internos dentro de las
comunidades indígenas. Esto se debe a que se basa en los valores culturales y tradiciones
propias de cada comunidad, con el objetivo de restaurar el equilibrio y la armonía social en
lugar de enfocarse únicamente en castigar al infractor. Sin embargo, también se plantea que la
justicia indígena puede ser discriminatoria hacia ciertos grupos dentro de la comunidad,
especialmente hacia las mujeres y los niños. Además, se ha observado que en algunos casos las
sanciones impuestas por la justicia indígena pueden ser crueles o inhumanas.
La justicia indígena es un mecanismo jurídico complementario al sistema judicial
estatal que busca garantizar una protección efectiva de los derechos humanos en todas las
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comunidades. A pesar de su reconocimiento constitucional, aún existen desafíos en cuanto a
su implementación debido a la falta de claridad en cuanto a su relación con el sistema judicial
estatal y los derechos humanos universales. La presente investigación se enfoca en evaluar la
eficacia de los procesos de resolución de conflictos en la justicia indígena, teniendo en cuenta
la ausencia de mecanismos jurídicos ordinarios. Se analizan las vulneraciones de derechos
fundamentales a las que se ven expuestas las personas juzgadas bajo el ámbito de la justicia
indígena, enfatizando los medios y la motivación utilizada para la resolución de los conflictos
internos.
A pesar de estas críticas, la justicia indígena continúa siendo un mecanismo importante
para resolver conflictos internos en muchas comunidades indígenas de América Latina. Es
crucial considerar que su eficacia depende del contexto específico en el que se aplique. En
algunos casos, puede resultar una herramienta efectiva para resolver disputas dentro de las
comunidades indígenas. No obstante, en otros casos, puede ser necesario buscar soluciones
alternativas que garanticen los derechos humanos y protejan a los grupos vulnerables, sin
embargo, es relevante destacar que la justicia indígena no constituye un sistema uniforme, ya
que varía de una comunidad a otra. Cada comunidad posee sus propias tradiciones, costumbres
y valores, y la justicia indígena se adapta a estas particularidades. Por lo tanto, cualquier
intervención en relación con la justicia indígena debe realizarse de manera respetuosa y en
consulta con las comunidades indígenas
Los resultados obtenidos de la investigación señalan que la justicia indígena puede ser
un medio eficaz para solucionar los conflictos internos en las comunidades indígenas, siempre
y cuando se respeten los derechos humanos y se evite la discriminación hacia ciertos grupos
dentro de la comunidad. En este sentido, es crucial que la justicia indígena se complemente con
el sistema judicial estatal para garantizar una protección efectiva de los derechos humanos en
todas las comunidades. La justicia indígena no debe considerarse como una alternativa al
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sistema judicial estatal, sino como un complemento que puede contribuir a una resolución más
efectiva y equitativa de los conflictos.
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