Código Científico Revista de Investigación/ V. 4/ N. E2/ www.revistacodigocientifico.itslosandes.net
ISSN: 2806-5697
Vol. 4 – Núm. E2 / 2023
pág. 732
Rehabilitación del victimario en casos de delitos contra la propiedad desde
la cosmovisión indígena
Rehabilitation of the Offender in Property Crimes Cases from the
Indigenous Worldview
Reabilitação do autor em casos de crimes contra o patrimônio a partir da
cosmovisão indígena
Karla Patricia Rojano Naranjo
Universidad Tecnológica Indoamérica
krojano@indoamerica.edu.ec
https://orcid.org/0009-0002-2460-889X
Juan Francisco Alvarado Verdezoto
Universidad Tecnológica Indoamérica
juanalvarado@uti.edu.ec
https://orcid.org/0000-0003-0870-3846
DOI / URL: https://doi.org/10.55813/gaea/ccri/v4/nE1/182
Como citar:
Rojano, K., & Alvarado, J. (2023). Rehabilitación del victimario en casos de delitos contra la
propiedad desde la cosmovisión indígena. Código Científico Revista de Investigación, 4(E2),
732-755.
Recibido: 10/08/2023 Aceptado: 15/09/2023 Publicado: 29/09/2023
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Research Article
Volumen 4, Número E2, 2023
Resumen
La justicia indígena se caracteriza por su enfoque comunitario, participativo y restaurativo,
buscando no solo la sanción del infractor, sino también la armonización de las relaciones
sociales y la reparación del daño. La cosmovisión indígena se basa en el respeto a la naturaleza,
la reciprocidad, la equidad y la solidaridad, priorizando el bienestar colectivo y la preservación
de la armonía en la comunidad. En el contexto de los delitos contra la propiedad, se reconoce
la importancia de comprender las causas subyacentes que llevan a cometer tales actos. La
rehabilitación del victimario desde la cosmovisión indígena no se limita a castigos o sanciones,
sino que se enfoca en abordar las raíces del problema y promover cambios profundos en la vida
del individuo. El objetivo principal de esta investigación es analizar las implicaciones éticas y
legales de la rehabilitación del victimario en casos de delitos contra la propiedad desde la
cosmovisión indígena. Esta investigación se realizó mediante una metodología cualitativa que
busca comprender y analizar en profundidad la perspectiva de este tema, se empleó un enfoque
exploratorio, y analítico ya que se llevaron a cabo una revisión exhaustiva de bibliografía
existente sobre la cosmovisión indígena.
Palabras Clave: cosmovisión, justicia indígena, propiedad privada, rehabilitación, victimario.
Abstract
Indigenous justice is characterized by its community-oriented, participatory, and restorative
approach, seeking not only the punishment of the offender but also the harmonization of social
relationships and the reparation of harm. Indigenous cosmology is based on respect for nature,
reciprocity, equity, and solidarity, prioritizing collective well-being and the preservation of
harmony within the community. In the context of property crimes, the importance of
understanding the underlying causes that lead to such acts is recognized. Rehabilitation of the
offender from an indigenous perspective goes beyond mere punishment or sanctions and
focuses on addressing the root causes of the problem and promoting profound changes in the
individual's life. The main objective of this research is to analyze the ethical and legal
implications of rehabilitating offenders in cases of property crimes from the indigenous
worldview. This research was conducted using a qualitative methodology that aims to deeply
understand and analyze the perspective of this topic. An exploratory and analytical approach
was employed, involving a comprehensive review of existing literature on indigenous
cosmology.
Keywords: cosmology, indigenous justice, private property, rehabilitation, offender.
Resumo
A justiça indígena caracteriza-se pela sua abordagem comunitária, participativa e restaurativa,
buscando não apenas a punição do infrator, mas também a harmonização das relações sociais
e a reparação dos danos. A visão de mundo indígena é baseada no respeito à natureza, na
reciprocidade, na equidade e na solidariedade, priorizando o bem-estar coletivo e a preservação
da harmonia na comunidade. No contexto dos crimes contra a propriedade, é reconhecida a
importância de compreender as causas subjacentes que levam à prática de tais atos. A
reabilitação do agressor a partir da visão de mundo indígena não se limita a punições ou
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sanções, mas centra-se em abordar as raízes do problema e promover mudanças profundas na
vida do indivíduo. O objetivo principal desta pesquisa é analisar as implicações éticas e
jurídicas da reabilitação do autor do crime em casos de crimes contra o patrimônio a partir da
visão de mundo indígena. Esta pesquisa foi realizada por meio de uma metodologia qualitativa
que busca compreender e analisar em profundidade a perspectiva deste tema, utilizando uma
abordagem exploratória e analítica, uma vez que foi realizada uma revisão exaustiva da
literatura existente sobre a cosmovisão indígena.
Palavras-chave: cosmovisão, justiça indígena, propriedade privada, reabilitação, vitimador
Introducción
La justicia indígena es un sistema de resolución de conflictos y aplicación de normas
jurídicas propio de las comunidades indígenas, que se basa en principios y valores ancestrales
arraigados en su cultura y tradiciones, esta se caracteriza por su enfoque comunitario,
participativo y restaurativo, buscando no solo la sanción del infractor, sino también la
armonización de las relaciones sociales y la reparación del daño causado (Licta, 2001)
Este sistema se fundamenta en el respeto a la naturaleza, la reciprocidad, la equidad, la
solidaridad y la búsqueda del bienestar colectivo, priorizando la preservación de la armonía y
el equilibrio en la comunidad. Asimismo, reconoce la importancia de la oralidad, la mediación
y la conciliación como mecanismos para la resolución de conflictos, promoviendo la
participación activa de los miembros de la comunidad y valorando el conocimiento y la
sabiduría de los ancianos como guías en la toma de decisiones.
Las comunidades indígenas han mantenido tradicionalmente una estrecha relación con
la tierra y los recursos naturales, considerándolos sagrados y parte fundamental de su identidad
y sustento. Desde esta cosmovisión, el respeto y la armonía con el entorno son valores
fundamentales. Por lo tanto, cuando se produce un delito contra la propiedad privada en estas
comunidades, el enfoque en la rehabilitación del victimario es particularmente interesante, ya
que se basa en principios y prácticas diferentes a los sistemas de justicia gubernamental.
En el contexto de los delitos contra la propiedad privada, la visión indígena considera
fundamental comprender las causas subyacentes que pueden llevar a una persona a cometer
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tales actos. Se reconoce que la violencia, la desigualdad social, la pobreza y la falta de
oportunidades pueden ser factores que influyen en la comisión de delitos. Por lo tanto, la
rehabilitación del victimario no se limita a castigos o sanciones, sino que se enfoca en abordar
las raíces del problema y promover cambios profundos en la vida del individuo
Es importante destacar que cada pueblo indígena tiene su propia ideología y enfoque
hacia la propiedad y la relación con la tierra. Por lo tanto, no existe una única perspectiva
indígena sobre los delitos contra la propiedad privada, sino una diversidad de visiones y
enfoques que reflejan la riqueza cultural y la heterogeneidad de los pueblos originarios.
En este artículo científico, se explorará la perspectiva indígena sobre la rehabilitación
del victimario en casos de delitos contra la propiedad privada. Se abordala comprensión
profunda de los principios fundamentales que guían estos sistemas de justicia, así como en las
prácticas y procesos específicos utilizados para lograr la rehabilitación del delincuente y la
reparación del daño causado.
El objetivo principal de este estudio es analizar y comparar los sistemas de
rehabilitación del victimario desde la cosmovisión indígena y las leyes gubernamentales en
casos de delitos contra la propiedad privada. A través de esta comparación, se espera destacar
las fortalezas y debilidades de cada enfoque y promover un diálogo intercultural que permita
generar nuevas perspectivas en el ámbito de la justicia penal.
Asimismo, este artículo también examina los desafíos y las oportunidades que asocien
la implementación de estrategias de rehabilitación basadas en la cosmovisión indígena en
sistemas de justicia penal dominados por tradiciones. La comprensión de estas dinámicas es
esencial para promover un diálogo intercultural y construir puentes entre las diferentes
concepciones de justicia.
En última instancia, este artículo busca contribuir al debate sobre la justicia indígena y
la propiedad privada, promoviendo un punto de vista inclusivo y respetuoso de la diversidad
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jurídica, que reconozca la importancia de preservar y fortalecer los sistemas indígenas de
justicia mientras se garantiza el pleno respeto de los derechos individuales y colectivos.
Desarrollo
La justicia Indígena
Definición
La Constitución vigente del Ecuador (CRE) desde el año 2008 se caracteriza por ser
garantista de derechos y reconocer a Ecuador como un país plurinacional e intercultural. Es así
como, se promueve el reconocimiento y participación activa de colectivos, pueblos y
nacionalidades indígenas, que históricamente han sido discriminados y vulnerados en el país.
Uno de los derechos que se les reconoce es la de administrar su justicia, la cual forma parte del
derecho consuetudinario. Este reconocimiento es un componente importante en la creación de
nuevas relaciones entre el Estado y estos colectivos, pueblos y nacionalidades. La justicia
indígena, no es como la justicia ordinaria y como lo menciona Santos (2013) “La justicia
indígena no necesariamente persigue la justicia, sino busca la curación del que cayó en
desgracias” (p. 329).
La justicia indígena es un régimen jurídico propio de las comunidades indígenas, que
se basa en sus costumbres, tradiciones y valores, y busca principalmente la restauración de las
relaciones sociales y la armonía comunitaria, más que el castigo y la retribución individual.
Como la define Calapucha (2016), "…es una forma de construir la armonía en la comunidad a
partir de la solución de conflictos que ocurren en la vida cotidiana, mediante el respeto y la
aplicación de las normas y prácticas comunitarias consuetudinarias" (p. 16). Este sistema de
justicia ha sido reconocido en la Constitución de Ecuador 2008 como un derecho de estos
pueblos y nacionalidades, y se encuentra en proceso de ser fortalecido y coordinado con el
sistema de justicia ordinaria (Asamblea Constituyente, 2008).
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El reconocimiento de este sistema como parte de la legislación ecuatoriana es una
muestra del compromiso del Estado por la protección y la garantía de los derechos de estas
comunidades. A diferencia de la justicia ordinaria, la justicia indígena busca la restauración de
las relaciones sociales y la armonía comunitaria, y se basa en las costumbres, tradiciones y
valores propios de cada comunidad. Este sistema de justicia se enfoca principalmente en la
solución de conflictos que ocurren en la vida cotidiana, respetando siempre en la aplicación de
las normas propias de cada comunidad.
Justicia indígena en el Ecuador
La CRE en su artículo 171 consagra que, dentro de su territorio, los líderes y autoridades
de las comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas podrán ejercer la jurisdicción,
basándose en sus costumbres y tradiciones. Para resolver conflictos internos de la comunidad,
se aplicarán normas y procedimientos propios, siempre que respeten a la CRE (2008) y a los
tratados internacionales reconocidos. El Estado tiene la obligación de respetar las sanciones
dadas en base a este derecho consuetudinario. (Asamblea Constituyente, 2008)
Del mismo modo el Código Orgánico de la Función Judicial (COFJ) en sus artículos
343 y 344, establece que, dentro del territorio propio de las comunidades indígenas, la autoridad
de esta ejercerá funciones jurisdiccionales, basándose en la costumbre y tradiciones. Asimismo,
se establecen los principios que regirán a este tipo de derecho consuetudinario, entre estos
principios está el “non bis in ídem”, que indica que lo actuado por la jurisdicción indígena, no
podrá ser juzgado por la justicia ordinaria. (Asamblea Nacional, 2009)
La Legislación ecuatoriana, garantiza el derechos de los pueblos y nacionalidades
indígenas, de administrar sus propia justicia, la cual a diferencia de la justicia ordinaria busca
resolver conflictos dentro de sus comunidades, basándose expresamente en la costumbre y
tradiciones de la misma, sin embargo esta tiene un límite y es que no puede ir en contra de la
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CRE y los derechos humanos, de la misma forma como es obligación del Estado garantizar el
derecho de mantener su jurisdicción, es deber del Estado controlar el respeto de sus límites.
Convenios internacionales
El Convenio 169 de la Organización Internacional de Trabajo (OIT), aprobado en 1989,
de la que Ecuador es participe, ha significado un punto de partida para los cambios
constitucionales actuales a favor de los pueblos indígenas. Este convenio reconoce los derechos
de los pueblos indígenas a fortalecer su identidad, cultura, forma de vida e instituciones
internas, a participar en la vida política y tomar decisiones, así como a recibir educación,
atención médica y trabajo, buscando la igualdad con otros ciudadanos de la nación (OIT, 1989)
Así mismo, la Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos
Indígenas de 2007 fortalece el Convenio 169 de la OIT y reconoce el derecho a la
autodeterminación, el autogobierno en asuntos internos y locales, la conservación de
instituciones políticas, jurídicas, económicas, sociales, culturales y cualquier otra índole, y la
práctica de tradiciones indígenas, entre otros derechos (Asamblea General de Naciones, 2007).
De esta manera se puede establecer que se reconocen los derechos de los pueblos
indígenas a fortalecer su identidad, cultura y forma de vida, así como a participar en la vida
política y tomar decisiones. Además, se les garantiza la igualdad en cuanto a educación,
atención médica y trabajo, y se reconoce su derecho a la autodeterminación, el autogobierno y
la conservación de sus instituciones políticas, jurídicas, económicas, sociales, culturales y
cualquier otra índole, acomo a la práctica de sus tradiciones. Estos convenios internacionales
son un antecedente importante para los cambios constitucionales que se han dado en materia
de derechos.
Delitos contra la propiedad privada
Tanto en la justicia ordinaria como en la justicia indígena, el objetivo de sancionar los
delitos relacionados con el patrimonio es resguardar el bien jurídico inherente a la propiedad,
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esta puede ser de diversa naturaleza, privada, pública o colectiva, y se busca, por tanto, castigar
las acciones que atenten contra este bien, como el apoderamiento ilegal, que se enmarca dentro
de los delitos de robo o hurto. (Vargas, 2016)
La legislación ecuatoriana ha abordado una amplia variedad de delitos que atentan
contra el derecho a la propiedad. Estos delitos se encuentran tipificados en el Código Orgánico
Integral Penal del 2014 (COIP). En el presente estudio, se mencionarán algunos de ellos con el
propósito de obtener un mayor conocimiento sobre los delitos establecidos en nuestra
legislación y cuál de estos son sancionados de igual manera en la justicia indígena.
1. Extorsión: La extorsión según el artículo 185 del COIP, es un delito que involucra
amenazas, coacciones o intimidación con el objetivo de obtener un beneficio
económico de la víctima. En el contexto de los delitos contra la propiedad privada, la
extorsión puede estar dirigida a propietarios de negocios, exigiendo el pago de una
suma de dinero a cambio de protección o para evitar daños a su propiedad. Este delito
se encuentra penado en el COIP y puede llevar a sanciones graves, incluyendo penas
privativas de libertad.
2. Robo: El robo es uno de los delitos más comunes contra la propiedad privada en
Ecuador, según el artículo 189 del COIP consiste en apoderarse de bienes muebles
ajenos, mediante el uso de la fuerza, violencia o intimidación. Este delito está tipificado
en el COIP y se sanciona con penas privativas de libertad, las cuales varían dependiendo
del monto o valor de lo robado, así como de las circunstancias agravantes.
3. Hurto: El hurto es otro delito que afecta la propiedad privada en Ecuador. Según el
artículo 196 del COIP se refiere a la sustracción de bienes muebles ajenos sin el uso de
la fuerza o la violencia. En este caso, el delincuente actúa sin el consentimiento del
propietario y con ánimo de lucro. El hurto también está contemplado en el COIP y se
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sanciona con penas privativas de libertad, las cuales dependen del valor de lo sustraído
y de otras circunstancias relevantes.
4. Abigeato: El abigeato es considerado un delito contra la propiedad en el ámbito
agropecuario. Según el artículo 199 del COIP se castiga con pena privativa de libertad,
cuya duración depende del valor de los animales sustraídos y de las circunstancias
específicas del caso. Además, puede acarrear sanciones económicas y otras medidas
complementarias.
5. Usurpación: La usurpación, según lo establecido en el artículo 200 del COIP, se refiere
a la acción ilegítima de despojar a otra persona de la posesión, tenencia o dominio de
un bien inmueble, así como de un derecho real como el uso, usufructo, habitación,
servidumbre o anticresis sobre un inmueble. El COIP establece que aquellos que
cometan este delito serán sancionados con una pena privativa de libertad que oscila
entre seis meses y dos años.
6. Daño a bien ajeno: El daño a la propiedad es otro delito que afecta la propiedad privada
en Ecuador. Según el artículo 204 del COIP consiste en causar daños o perjuicios a
bienes muebles o inmuebles que pertenecen a terceros, ya sea de forma intencional o
negligente. Los actos de vandalismo, la destrucción de bienes sin autorización son
ejemplos de este delito. Las sanciones por daño a la propiedad varían dependiendo de
la magnitud de los daños y las circunstancias específicas del caso. (Asamblea Nacional,
2014)
En el marco de la justicia indígena, los delitos contra la propiedad privada son
abordados desde una perspectiva particular, que tiene en cuenta las prácticas y valores de las
comunidades indígenas. En ocasiones, se busca resolver los conflictos a través de mecanismos
de conciliación y restitución, en lugar de recurrir a la imposición de penas o sanciones
tradicionales.
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Propiedad Colectiva de los pueblos indígenas
La propiedad colectiva es un principio fundamental que reconoce y protege los derechos
territoriales y recursos naturales de las comunidades indígenas sobre las tierras que han
ocupado y utilizado ancestralmente. Este concepto se basa en la conexión íntima y espiritual
que los pueblos indígenas tienen con su territorio y en su forma de vida tradicional. Esta
propiedad es reconocida y respaldada por instrumentos internacionales, como el Convenio 169
de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) que establece que los pueblos indígenas
tienen el derecho a poseer, controlar y gestionar sus tierras, territorios y recursos de manera
colectiva, de acuerdo con sus tradiciones y costumbres. (Vivas et al., 2019)
El Convenio 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales (1989) establece los siguientes
derechos sobre la propiedad colectiva:
Artículo 14
1. Deberá reconocerse a los pueblos interesados el derecho de propiedad y de posesión
sobre las tierras que tradicionalmente ocupan. Además, en los casos apropiados,
deberán tomarse medidas para salvaguardar el derecho de los pueblos interesados a
utilizar tierras que no estén exclusivamente ocupadas por ellos, pero a las que hayan
tenido tradicionalmente acceso para sus actividades tradicionales y de subsistencia.
2. Los gobiernos deberán tomar las medidas que sean necesarias para determinar las
tierras que los pueblos interesados ocupan tradicionalmente y garantizar la protección
efectiva de sus derechos de propiedad y posesión. (Organizacion Internacional de
Trabajo, 1989)
El Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) es un instrumento
importante para la protección de los derechos de los pueblos indígenas y tribales, incluyendo
su derecho a la propiedad colectiva. El artículo 14 de este convenio reconoce el derecho de los
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pueblos indígenas a la propiedad y posesión de las tierras que tradicionalmente ocupan.
También establece la importancia de tomar medidas para proteger el acceso de estos pueblos a
tierras en las que han tenido tradicionalmente actividades y subsistencia.
Este artículo subraya la necesidad de que los gobiernos adopten acciones concretas para
determinar las tierras que los pueblos indígenas ocupan tradicionalmente y garantizar la
protección efectiva de sus derechos de propiedad y posesión. Esto implica reconocer y respetar
los vínculos históricos y culturales que los pueblos indígenas tienen con sus tierras, y asegurar
que puedan seguir ejerciendo sus prácticas tradicionales y de subsistencia.
Artículo 15
1. Los derechos de los pueblos interesados a los recursos naturales existentes en sus
tierras deberán protegerse especialmente. Estos derechos comprenden el derecho de
esos pueblos a participar en la utilización, administración y conservación de dichos
recursos.
2. En caso de que pertenezca al Estado la propiedad de los minerales o de los recursos
del subsuelo, o tenga derechos sobre otros recursos existentes en las tierras, los
gobiernos deberán establecer o mantener procedimientos con miras a consultar a los
pueblos interesados, a fin de determinar si los intereses de esos pueblos serían
perjudicados, y en qué medida, antes de emprender o autorizar cualquier programa de
prospección o explotación de los recursos existentes en sus tierras. Los pueblos
interesados deberán participar siempre que sea posible en los beneficios que reporten
tales actividades, y percibir una indemnización equitativa por cualquier daño que
puedan sufrir como resultado de esas actividades. (Organizacion Internacional de
Trabajo, 1989)
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Los derechos de los pueblos indígenas a los recursos naturales presentes en sus tierras
son de vital importancia y deben ser protegidos. El reconocimiento de estos derechos implica
no solo la garantía de su acceso a los recursos, sino también su participación en la toma de
decisiones relacionadas con la utilización, administración y conservación de los mismos.
El artículo plantea la necesidad de que los gobiernos establezcan mecanismos de
consulta con los pueblos indígenas cuando se trate de recursos naturales que se encuentren en
sus tierras. Esta consulta previa es fundamental para determinar si los intereses de los pueblos
indígenas se verían perjudicados y, en tal caso, en qué medida, antes de emprender cualquier
programa de prospección o explotación de dichos recursos.
Al respecto el artículo 60 de la Constitución de la Republica del Ecuador 2008 consagra
lo siguiente:
Los pueblos ancestrales, indígenas, afroecuatorianos y montubios podrán constituir
circunscripciones territoriales para la preservación de su cultura. La ley regulará su
conformación. Se reconoce a las comunas que tienen propiedad colectiva de la tierra,
como una forma ancestral de organización territorial. (Asamblea Constituyente, 2008)
Aunque los delitos contra la propiedad colectiva no están específicamente
contemplados en la legislación penal ecuatoriana, existen precedentes y jurisprudencia a nivel
internacional que abordan este tipo de vulneraciones. Un ejemplo destacado es el caso "Pueblo
Kichwa de Sarayaku vs Ecuador", en el cual se presentó una denuncia contra el Estado
ecuatoriano, debido a que este otorgó una concesión petrolera y permitió posteriormente que
una empresa argentina realizara exploración sísmica en el territorio del pueblo Sarayaku sin
llevar a cabo la consulta previa con la comunidad. Estos hechos constituyeron violaciones a los
derechos de consulta y acuerdo previo, propiedad comunal indígena e identidad cultural. (Corte
Interamericana de Derechos Humanos, 2012)
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Rehabilitación del victimario
Rehabilitación del victimario en la justicia ordinaria
La rehabilitación del victimario es un aspecto fundamental en el sistema de justicia
ordinaria ecuatoriana. La justicia no se limita únicamente a la imposición de penas, sino que
también busca la reinserción social y la rehabilitación de las personas que han cometido delitos.
En la justicia ordinaria, se reconoce la importancia de abordar las causas subyacentes que llevan
a una persona a cometer un delito y se busca implementar programas y medidas que promuevan
su cambio y reintegración en la sociedad. (Apuango, 2022)
En este sentido, el sistema de justicia ecuatoriano contempla diferentes enfoques y
programas de rehabilitación para los victimarios. Estos programas pueden incluir terapias
psicológicas, programas de tratamiento de adicciones, educación y capacitación vocacional,
programas de apoyo y reinserción laboral, entre otros. El objetivo de la rehabilitación es lograr
que el victimario reflexione sobre sus acciones, adquiera conciencia de las consecuencias de
sus actos y desarrolle habilidades y competencias que le permitan llevar una vida libre de
delitos. Además, se busca prevenir la reincidencia y promover la responsabilidad individual y
el respeto por las normas sociales.
En el Código Orgánico Integral Penal 2014 en su artículo 692 se establecen las faces
para la rehabilitación del victimario:
1. Información y diagnóstico de la persona privada de la libertad: es la fase de
atención integral en la que se recopila toda la información que sirve para orientar
su permanencia y salida del centro de privación de libertad, mediante la
ejecución de un plan individualizado de cumplimiento de la pena, la
observación, valoración, clasificación y ubicación de la persona privada de
libertad.
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2. Desarrollo integral personalizado: en esta fase del modelo de atención integral
se ejecuta el plan individualizado de cumplimiento de la pena de la persona
privada de la libertad a través del seguimiento y evaluación periódica de los
programas familiares, psicológicos, educativos, culturales, laborales,
productivos, sociales, de salud y otros que se consideren necesarios.
3. Inclusión social: es la fase del modelo de atención integral en la que, previa
evaluación del cumplimiento del plan individualizado de los requisitos previstos
en el reglamento respectivo y del respeto a las normas disciplinarias, efectuada
por el Organismo Técnico, las personas privadas de libertad podrán incluirse en
la sociedad de manera progresiva.
4. Apoyo a liberados: es la fase del modelo de atención integral que consiste en
una serie de acciones tendientes a facilitar la inclusión social y familiar de las
personas que luego de haber permanecido en los centros de privación de
libertad, se reintegrarán a la sociedad, de conformidad con lo previsto en el
reglamento respectivo. (Asamblea Nacional, 2014)
Es importante destacar que la rehabilitación del victimario en la justicia ordinaria se
realiza dentro del marco legal establecido y en cumplimiento de los derechos fundamentales
de las personas. Se busca brindar oportunidades para la transformación y el crecimiento
personal, garantizando al mismo tiempo la seguridad y protección de la sociedad. Esta
representa un enfoque integral que busca no solo castigar el delito, sino también promover la
resocialización y la construcción de una sociedad más justa y segura.
Rehabilitación del victimario en la justicia indígena
La rehabilitación del victimario en el contexto de la justicia indígena es un tema
complejo, ya que este sistema de justicia se basa en principios y valores propios de las
comunidades indígenas en Ecuador. En este enfoque, la rehabilitación no se centra únicamente
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en el individuo que ha cometido un delito, sino que se extiende a la comunidad en su conjunto.
En la justicia indígena, la rehabilitación del victimario se concibe desde una perspectiva más
holística y comunitaria. Se busca restaurar el equilibrio y la armonía dentro de la comunidad
afectada por el delito, así como fortalecer los lazos sociales y fomentar la reconciliación entre
las partes involucradas (Chavéz, 2016).
Los procesos de rehabilitación en este tipo de justicia se basan en la participación de la
comunidad y en la aplicación de mecanismos de justicia restaurativa. Estos mecanismos
incluyen diálogos, asambleas comunitarias, ceremonias y rituales, donde se busca la reparación
del daño causado y la reintegración del victimario en el tejido social. En lugar de imponer
sanciones punitivas, la justicia indígena enfatiza la responsabilidad individual y la participación
activa del victimario en su propio proceso de transformación. Se le brinda la oportunidad de
reflexionar sobre sus acciones, de asumir la responsabilidad por el daño causado y de
comprometerse con la comunidad para enmendar sus actos (Bernal, 2022).
Es importante destacar que la rehabilitación en la justicia indígena se basa en los valores
de la cultura y cosmovisión indígena, que promueven el respeto por la naturaleza, la comunidad
y la reciprocidad. Se busca no solo la reintegración del victimario, sino también su
transformación personal y espiritual. Es fundamental respetar y valorar la forma en que la
justicia indígena aborda la rehabilitación del victimario, reconociendo la importancia de su
enfoque comunitario y su contribución a la construcción de una sociedad más equitativa y
armoniosa.
En el derecho consuetudinario indígena, el proceso de juzgar un delito generalmente
sigue una serie de etapas que varían según las tradiciones y costumbres de cada comunidad, sin
embargo, existen etapas comunes para la mayoría de las comunidades, pueblos o
nacionalidades que según Cobos Palomeque (2017) son:
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Diagnóstico y mediación: En esta etapa inicial, se busca comprender el conflicto y sus
implicaciones en el contexto cultural y comunitario, se puede recurrir a la mediación y
al diálogo entre las partes involucradas, con el objetivo de buscar una solución
consensuada y reparadora.
Investigación y recopilación de pruebas: Una vez que se ha identificado el delito, se
lleva a cabo una investigación para recopilar pruebas y testimonios relevantes, este
proceso puede involucrar a las autoridades y líderes de la comunidad, así como a
testigos y expertos tradicionales.
Audiencia o asamblea comunitaria: En esta etapa, se convoca a una asamblea
comunitaria en la que se presentan las pruebas y testimonios recopilados, la comunidad
participa activamente en la discusión y toma de decisiones, bajo la dirección de los
líderes y autoridades tradicionales.
Deliberación y dictamen: Una vez que se han escuchado todas las voces y se ha
debatido el caso, se llega a un dictamen o resolución, este puede incluir medidas de
reparación, sanciones o acciones que busquen restablecer el equilibrio y la armonía
dentro de la comunidad.
Ejecución de la resolución: Una vez que se ha emitido la resolución, se procede a su
ejecución, esto puede implicar la implementación de las medidas de reparación
acordadas, el seguimiento de su cumplimiento y la supervisión de la reintegración del
infractor a la comunidad.
Es importante tener en cuenta que las etapas y procedimientos específicos son
susceptibles de variaciones dependiendo de la comunidad, pueblo o nacionalidad indígena y
sus tradiciones.
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Asimismo, en estos sistemas de justicia las sanciones por delitos contra la propiedad
privada también pueden variar según las costumbres y prácticas de cada comunidad, sin
embargo, es posible identificar algunas medidas comunes que se utilizan para abordar este tipo
de delitos según Pintag (2017), son:
Restitución de lo sustraído: La restitución es una medida común en la justicia
indígena, y en casos de delitos contra la propiedad privada, se puede requerir al infractor
que devuelva lo sustraído o compense económicamente el valor de lo que se perdió.
Trabajo comunitario: Se puede imponer al infractor la obligación de realizar trabajos
o tareas en beneficio de la comunidad, esto puede incluir labores de reparación,
mantenimiento o construcción que contribuyan al bienestar y desarrollo de la
comunidad.
Amonestación pública: En algunos casos, se puede llevar a cabo una ceremonia o
reunión comunitaria donde se amoneste públicamente al infractor, con el fin de hacerle
entender el impacto de sus acciones en la comunidad y promover su reflexión.
Medidas de reconciliación: La justicia indígena busca promover la armonía y la
restauración de las relaciones comunitarias, en este sentido, se pueden implementar
medidas de reconciliación, como encuentros o diálogos entre el infractor, la víctima y
los miembros de la comunidad, con el objetivo de buscar la reparación del daño y la
restauración de la confianza.
Estas etapas y medidas muestran una visión de justicia que se basa en la participación
comunitaria, la responsabilidad individual y colectiva, y la búsqueda de soluciones equitativas
y restauradoras. Este enfoque tiene el potencial de complementar y enriquecer el sistema de
justicia convencional, promoviendo una mayor inclusión y respeto por las tradiciones y
costumbres de los pueblos indígenas.
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Análisis comparativo de la rehabilitación del victimario en la justicia ordinaria y en la
justicia indígena
La rehabilitación del victimario es un aspecto fundamental en cualquier sistema de
justicia, ya sea en la justicia indígena o en la justicia ordinaria. Ambos enfoques buscan abordar
el comportamiento delictivo y promover la reintegración de los infractores a la sociedad, sin
embargo, existen diferencias significativas en los todos y enfoques utilizados por cada
sistema.
En la justicia indígena, que se basa en las tradiciones y costumbres de los pueblos
indígenas, se pone un fuerte énfasis en la restauración y la reparación del daño causado a la
comunidad, el objetivo principal es restaurar el equilibrio y la armonía dentro del tejido social,
más que castigar al infractor, se busca una solución consensuada que involucre a la comunidad,
las víctimas y el victimario.
En este contexto, la rehabilitación del victimario se enfoca en la transformación
personal y en su reintegración a la comunidad, identificar las causas subyacentes del
comportamiento delictivo y brindar oportunidades de aprendizaje y crecimiento personal, los
métodos utilizados pueden incluir procesos de reconciliación, consejería, mediación y
participación en programas comunitarios, el énfasis está en la responsabilidad individual y la
reparación del daño causado.
Por otro lado, en la justicia ordinaria, el enfoque de la rehabilitación del victimario
puede variar dependiendo del sistema legal de cada país, en general, se imponen sanciones
proporcionales al delito cometido y brindar oportunidades de rehabilitación y reintegración
social. Esto puede incluir sentencias de prisión, programas de tratamiento y educación, terapia
psicológica y seguimiento por parte de las autoridades penitenciarias.
A diferencia de la justicia indígena, la justicia ordinaria tiende a tener un enfoque más
individualizado en la rehabilitación del victimario, se enfoca en la responsabilidad personal y
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la imposición de penas proporcionales al delito, con el objetivo de disuadir futuros
comportamientos delictivos y proteger a la sociedad. El proceso de rehabilitación puede incluir
programas de educación, capacitación laboral y terapias especializadas, dependiendo de las
necesidades individuales del infractor.
Es importante destacar que tanto la justicia indígena como la justicia ordinaria tienen
como objetivo principal la prevención de futuros delitos y la reintegración del infractor a la
sociedad. Sin embargo, la justicia indígena se enfoca en la restauración del tejido social y la
reparación del daño a la comunidad, mientras que la justicia ordinaria se centra más en la
responsabilidad individual y la imposición de sanciones proporcionales.
El enfoque de rehabilitación del victimario en la justicia indígena y en la justicia
ordinaria difiere en términos de énfasis, métodos y enfoques utilizados. Mientras que la justicia
indígena busca restaurar el equilibrio social y la armonía comunitaria, la justicia ordinaria se
centra en la responsabilidad individual y la protección de la sociedad. Ambos enfoques son
fundamentales para abordar de manera integral el problema de la delincuencia y sus
consecuencias.
Metodología
Este trabajo se desarrolló mediante un paradigma cuantitativo en donde ‘‘el sujeto
investigador aborda el objeto con neutralidad, busca las causas de los fenómenos sociales
mediante la cuantificación y medición de variables, cuyo rigor científico viene dado por la
validez y confiabilidad de los instrumentos que se aplican’’ (Finol y Vera, 2020, p. 7).
En cuanto a diseño de trabajó mediante un diseño de campo mismo que según Arias
(2012) consiste en ‘‘la recolección de datos directamente de los sujetos investigados, o de la
realidad donde ocurren los hechos (datos primarios), sin manipular o controlar variable alguna,
es decir, el investigador obtiene la información, pero no altera las condiciones existentes’’ (pág.
31).
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Resultados
En el marco de la cosmovisión indígena, la rehabilitación del victimario en casos de
delitos contra la propiedad adquiere una dimensión particular, la visión indígena de la justicia
busca la restauración del equilibrio y la armonía en la comunidad, así como la transformación
personal del infractor, a diferencia de los enfoques punitivos de la justicia ordinaria, la
rehabilitación desde la cosmovisión indígena se basa en la interconexión entre el individuo, la
comunidad y la naturaleza.
En la cosmovisión indígena, se entiende que los delitos contra la propiedad no solo
afectan a la víctima directa, sino también a la comunidad y al orden cósmico, el victimario se
considera parte de un tejido social más amplio, y su rehabilitación implica reconocer y reparar
el daño causado, restableciendo así la armonía en la comunidad.
Por ello la rehabilitación desde esta cosmovisión se enfoca en la transformación
personal del infractor, se busca comprender las circunstancias que llevaron al delito, como la
desigualdad social, la falta de oportunidades o la pérdida de conexión con las tradiciones y
valores comunitarios, a través de procesos de reconciliación, diálogo y consejería, se fomenta
la reflexión y el aprendizaje por parte del infractor, con el fin de promover su reintegración a
la comunidad como un miembro responsable y comprometido.
Es imperante destacar que esta rehabilitación no pretende imponer penas severas o
retributivas, sino más bien un proceso de sanación y transformación. Se valora la participación
de la comunidad en el proceso de rehabilitación, ya que se entiende que la comunidad
desempeña un papel crucial en el apoyo y la supervisión del infractor durante su proceso de
reintegración.
Además, se centra en el fortalecimiento de la identidad cultural y la recuperación de los
valores y saberes ancestrales, se promueve la participación en actividades comunitarias, rituales
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y ceremonias, que contribuyen a la reconexión del infractor con su cultura y a su reinserción
en la comunidad de una manera significativa y constructiva.
Es fundamental reconocer que el enfoque de rehabilitación del victimario desde la
justicia indígena puede ofrecer perspectivas y prácticas enriquecedoras para abordar los delitos
contra la propiedad, sin embargo, es necesario encontrar un equilibrio entre los principios y
valores de la cosmovisión indígena y los marcos legales establecidos en el sistema de justicia
nacional. La colaboración y el diálogo entre ambas instancias pueden permitir una combinación
de enfoques que promueva la rehabilitación efectiva del victimario y el restablecimiento de la
armonía en la comunidad.
La rehabilitación del victimario en casos de delitos contra la propiedad desde la
cosmovisión indígena busca la transformación personal, la restauración del equilibrio
comunitario y la conexión con los valores ancestrales. Este enfoque propone una visión más
integral y restaurativa de la justicia, que valora la interconexión entre el individuo, la
comunidad y la naturaleza.
Conclusiones
La cosmovisión indígena propone una visión distinta de la justicia, basada en la
restauración del equilibrio y la armonía en la comunidad, a como en la transformación
personal del infractor. A diferencia de los enfoques punitivos de la justicia ordinaria, se busca
comprender las causas del delito y promover la reconciliación y el aprendizaje.
La rehabilitación desde la cosmovisión indígena reconoce que los delitos contra la
propiedad afectan tanto a la víctima directa como a la comunidad y al orden cósmico. Se
entiende que el infractor es parte de un tejido social más amplio, por lo que su rehabilitación
implica reconocer y reparar el daño causado, restableciendo así la armonía en la comunidad.
La rehabilitación se enfoca en la transformación personal del infractor, abordando las
circunstancias que llevaron al delito, como la desigualdad social o la pérdida de conexión con
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los valores comunitarios. A través de procesos de reconciliación, diálogo y consejería, se busca
promover la reflexión y el aprendizaje, con el objetivo de reintegrar al infractor a la comunidad
como un miembro responsable y comprometido.
La participación de la comunidad es fundamental en el proceso de rehabilitación, ya
que brinda apoyo y supervisión al infractor durante su proceso de reintegración. Se valora la
participación en actividades comunitarias, rituales y ceremonias, que contribuyen a la
reconexión del infractor con su cultura y a su reinserción en la comunidad de manera
significativa y constructiva.
Es importante encontrar un equilibrio entre los principios y valores de la cosmovisión
indígena y los marcos legales establecidos en el sistema de justicia nacional. La colaboración
y el diálogo entre ambas instancias pueden permitir una combinación de enfoques que
promueva la rehabilitación efectiva del victimario y el restablecimiento de la armonía en la
comunidad.
La rehabilitación del victimario en casos de delitos contra la propiedad desde la
cosmovisión indígena busca la transformación personal, la restauración del equilibrio
comunitario y la conexión con los valores ancestrales. Este enfoque propone una visión más
integral y restaurativa de la justicia, que valora la interconexión entre el individuo, la
comunidad y la naturaleza.
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