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Debido proceso y la contaminación de testigos en audiencias virtuales: amenaza al
principio de inmediación en el sistema judicial ecuatoriano
Devido processo e a contaminação de testemunhas em audiências virtuais: ameaça ao
princípio da imediação no sistema judicial equatoriano
Due process and witness tampering in virtual hearings: a threat to the principle of
immediacy in the Ecuadorian judicial system
Yelena Karelis Andrade Bravo
1
Universidad Bolivariana del Ecuador
ykandradeb@ube.edu.ec
https://orcid.org/0009-0006-3692-7061
Cecibel del Carmen Zambrano Navarrete
2
Universidad Bolivariana del Ecuador
cdzambranon@ube.edu.ec
https://orcid.org/0009-0007-8283-4752
Holger Geovannny García Segarra
3
Universidad Bolivariana del Ecuador
hggarcias@ube.edu.ec
https://orcid.org/0009-0009-2499-762X
DOI / URL: https://doi.org/10.55813/gaea/ccri/v6/n2/1225
Como citar:
Andrade, Y., Zambrano, C. & García, H. (2025). Debido proceso y la contaminación de testigos
en audiencias virtuales: amenaza al principio de inmediación en el sistema judicial ecuatoriano.
Código Científico Revista de Investigación, 6(2), 1119-1132.
Recibido: 05/10/2025 Aceptado: 06/11/2025 Publicado: 31/12/2025
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Resumen
Este artículo analiza el impacto de la virtualización de las audiencias penales en el principio de
inmediación, específicamente en relación con la contaminación de testigos durante los juicios
desarrollados en entornos digitales en el Ecuador. La investigación, de enfoque cualitativo y
jurídico-analítico, examina cómo prácticas como la presencia oculta de terceros, la lectura de
testimonios preelaborados o la influencia externa comprometen la veracidad de los testimonios y
vulneran el debido proceso. A partir del análisis de casos concretos, normativa nacional, protocolos
institucionales y comparaciones internacionales, se evidencia que el marco legal ecuatoriano no
ha evolucionado con la misma rapidez que la transformación digital de la justicia penal. El estudio
concluye que la ausencia de regulación específica sobre la prueba testimonial virtual genera riesgos
de manipulación probatoria y afecta la inmediación judicial. Se proponen reformas normativas que
incluyan mecanismos de verificación técnica, control del entorno del testigo y formación judicial
especializada. Estas propuestas buscan fortalecer las garantías procesales en la justicia digital y
preservar la validez del juicio oral penal. El trabajo constituye una contribución al debate sobre el
equilibrio entre innovación tecnológica y protección de derechos fundamentales en el contexto
judicial contemporáneo.
Palabras clave: inmediación, audiencias virtuales, prueba testimonial, debido proceso, derecho
procesal penal.
Abstract
This paper analyzes the impact of the virtualization of criminal hearings on the principle of
immediacy, particularly regarding the contamination of witnesses during digital trials in Ecuador.
This qualitative, legal-analytical research explores how practices such as the hidden presence of
third parties, pre-written testimonies, and external influence undermine the truthfulness of witness
statements and violate due process. Based on case analysis, national regulations, institutional
protocols, and international comparisons, the study reveals that Ecuador’s legal framework has not
evolved at the pace of judicial digitalization. It concludes that the lack of specific regulation on
virtual witness testimony poses risks of evidentiary manipulation and compromises judicial
immediacy. The article proposes legal reforms that include technical verification mechanisms,
control of the witness’s environment, and specialized training for judges. These recommendations
aim to reinforce procedural guarantees in digital justice and preserve the integrity of the criminal
oral trial. The study contributes to the debate on balancing technological innovation with the
protection of fundamental rights in today’s judicial systems.
Keywords: immediacy, virtual hearings, testimonial evidence, due process, criminal procedural
law.
Resumo
Este artigo analisa o impacto da virtualização das audiências penais sobre o princípio da
imediatidade, com ênfase na contaminação de testemunhas durante julgamentos realizados em
ambientes digitais no Equador. A pesquisa, de caráter qualitativo e jurídico-analítico, explora
como práticas como a presença oculta de terceiros, leitura de depoimentos pré-elaborados e
influências externas comprometem a veracidade dos testemunhos e violam o devido processo
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legal. Com base na análise de casos concretos, normas nacionais, protocolos institucionais e
experiências internacionais, evidencia-se que o marco normativo equatoriano não acompanhou o
ritmo da digitalização da justiça penal. Conclui-se que a ausência de regulação específica da prova
testemunhal virtual expõe o processo a riscos de manipulação e prejudica a imediatidade judicial.
Propõem-se reformas legislativas que incluam mecanismos técnicos de verificação, controle do
ambiente do declarante e capacitação especializada para juízes. Tais propostas buscam reforçar as
garantias processuais na justiça digital e preservar a validade do julgamento oral penal. O estudo
contribui para o debate sobre o equilíbrio entre inovação tecnológica e proteção dos direitos
fundamentais no cenário judicial contemporâneo.
Palavras-chave: imediatidade, audiências virtuais, prova testemunhal, devido processo, direito
processual penal.
Introducción
En el marco del sistema procesal penal ecuatoriano, el principio de inmediación constituye
una garantía estructural del debido proceso, al permitir la interacción directa, continua y sin
intermediaciones entre el juez, las partes procesales y los elementos probatorios, particularmente
en la fase del juicio (Zaffaroni, Alagia & Slokar, 2019). Esta inmediación resulta esencial para la
valoración directa de los testimonios, la percepción de la conducta de los intervinientes, y la
formación de la convicción judicial sobre la base de la prueba practicada. Sin embargo, la
implementación de mecanismos tecnológicos para el desarrollo de audiencias virtuales,
especialmente a raíz de la pandemia por COVID-19, ha introducido nuevos retos que comprometen
la vigencia plena de este principio, en especial cuando se evidencia la posibilidad de manipulación
o contaminación de testigos (López Medina, 2019).
La denominada “contaminación de testigos” en entornos virtuales ha cobrado relevancia
en la práctica procesal reciente, alude a interferencias, presiones externas, sugestiones previas o
acompañamiento indebido durante la declaración de los testigos, lo cual desnaturaliza la
espontaneidad y veracidad de sus versiones (Maturana, 2021). En el entorno virtual, las
limitaciones técnicas, la ausencia de control espacial y la imposibilidad de verificar plenamente el
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entorno desde donde declara el testigo, dificultan el ejercicio efectivo del control judicial y del
contradictorio, vulnerando así los pilares del juicio oral como escenario de inmediación y
confrontación pública (Binder & Quintana, 2020).
En el caso ecuatoriano, el Código Orgánico Integral Penal (COIP, 2014) reconoce como
garantía la inmediación del juzgador respecto a la prueba, lo cual se evidencia en diversas
disposiciones que exigen que el tribunal escuche y observe directamente a los declarantes. No
obstante, el desarrollo normativo en cuanto a la virtualización de las audiencias no ha evolucionado
al mismo ritmo que las exigencias prácticas de control en entornos digitales. A pesar de que el
artículo 17 del COIP reconoce el principio de inmediación como rector del proceso penal, y que
el artículo 502 establece reglas para la producción de prueba testimonial, persiste una laguna
respecto a la supervisión técnica y física del entorno virtual que asegure la autenticidad del
testimonio y prevenga su contaminación (Consejo de la Judicatura, 2020).
En este contexto, se vuelve imperativo reflexionar sobre el equilibrio entre la incorporación
de herramientas tecnológicas en el sistema judicial y la preservación de las garantías procesales
fundamentales. Si bien la digitalización representa una oportunidad para la celeridad procesal y el
acceso a la justicia, también impone la necesidad de revisar los marcos normativos, fortalecer los
protocolos de actuación y dotar al juzgador de mecanismos técnicos y legales para preservar la
fidelidad del testimonio y la integridad del juicio oral (Acosta, 2021). La experiencia comparada
en derecho procesal penal muestra que varios países han comenzado a reglamentar estrictamente
las condiciones de la prueba virtual, lo que constituye una referencia útil para la reforma interna
(Human Rights Watch, 2021; Herrera, 2020).
Por tanto, este artículo tiene como objetivo general analizar la afectación del principio de
inmediación en el sistema judicial ecuatoriano debido a la contaminación de testigos en las
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audiencias virtuales. Se plantean como objetivos específicos: identificar las principales formas de
contaminación de testigos que se presentan durante las audiencias virtuales en Ecuador; evaluar el
impacto que dicha contaminación tiene sobre el principio de inmediación y el derecho al debido
proceso; y examinar el marco normativo actual que regula las audiencias virtuales en el contexto
del COIP y su aplicabilidad frente a los desafíos de la virtualidad. La investigación busca aportar
argumentos jurídicos y propuestas normativas que refuercen la protección del juicio justo en el
entorno digital contemporáneo.
Metodología
La presente investigación se enmarca dentro de un enfoque cualitativo de carácter jurídico-
analítico, orientado a la comprensión profunda del fenómeno de la contaminación de testigos en
audiencias virtuales y su impacto en el principio de inmediación dentro del sistema procesal penal
ecuatoriano. Se parte del análisis dogmático del derecho como instrumento interpretativo para
evaluar cómo las normas vigentes, particularmente las contenidas en el Código Orgánico Integral
Penal, se ajustan (o no) a las nuevas dinámicas que impone la virtualización del juicio oral
(Morales, 2022; López Medina, 2019). La metodología cualitativa permite un abordaje más
flexible y reflexivo del problema, orientado a generar una interpretación crítica y fundada, antes
que a medir variables o formular hipótesis cuantificables (Herrera, 2020).
En atención al primer objetivo específico, que busca identificar las formas en que se
manifiesta la contaminación de testigos en audiencias virtuales en Ecuador, se empleó el análisis
de casos concretos reportados por operadores de justicia, informes de observación procesal y
literatura especializada sobre el tema. Se tomó en cuenta la experiencia empírica de fiscales,
defensores públicos, jueces y abogados litigantes, cuyas observaciones han sido plasmadas en
entrevistas, boletines institucionales, estudios académicos y comunicados del Consejo de la
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Judicatura (2021), lo que permitió delinear tipologías recurrentes de interferencia o manipulación
del testimonio en entornos virtuales.
Respecto al segundo objetivo específico, orientado a evaluar el impacto de estas prácticas
en el principio de inmediación y el derecho al debido proceso, se aplicó una estrategia de análisis
crítico-normativo, a partir de la revisión sistemática de los principios procesales consagrados en el
COIP, la Constitución de la República del Ecuador y los instrumentos internacionales de derechos
humanos, en especial los relativos a las garantías judiciales. Esta etapa metodológica procuró
contrastar la teoría normativa con la realidad práctica de las audiencias virtuales, identificando
tensiones, vacíos o contradicciones que puedan poner en riesgo el estándar de juicio justo.
Para abordar el tercer objetivo específico, que consiste en examinar el marco normativo
actual que regula las audiencias virtuales, se desarrolló un análisis documental que incluel
estudio de disposiciones legales, protocolos emitidos por el Consejo de la Judicatura y resoluciones
administrativas aplicables. También se consideró el estudio comparado con sistemas jurídicos de
la región, con el fin de identificar modelos regulatorios que puedan servir de referencia para
fortalecer el control procesal en la prueba testimonial a distancia (Human Rights Watch, 2021;
Acosta, 2021).
Finalmente, la validación de los hallazgos se hizo mediante el uso de fuentes jurídicas
primarias y secundarias, combinando criterios dogmáticos, jurisprudenciales y doctrinarios. Se
priorizó la interpretación sistemática de las normas y principios constitucionales, así como la
valoración de criterios emitidos por la Corte Constitucional del Ecuador y por organismos
internacionales (Corte Interamericana de Derechos Humanos, 2005). De esta forma, la
metodología adoptada garantiza un abordaje riguroso, coherente con el enfoque cualitativo del
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estudio, y comprometido con el fortalecimiento de las garantías procesales en el contexto de la
justicia penal digitalizada (Alvarado-Vélez, 2025).
Con relación a los métodos empíricos escogimos la entrevista donde entrevistamos a tres
personas, a un juez, un defensor público y un abogado del libre ejercicio público, los tres tienen
aproximadamente de 5 a 10 años aproximadamente de ejercicio profesional y las preguntas que se
realizaron fueron las siguientes: 1. ¿Cuál ha sido su experiencia general en el desarrollo de
audiencias virtuales dentro del proceso penal? , 2. Desde su perspectiva, ¿qué entiende por
“contaminación de testigos” en una audiencia virtual?, 3. ¿Ha presenciado o conoce de casos en
los que testigos hayan sido influenciados o manipulados durante una audiencia virtual?, 4. ¿Cómo
considera que la contaminación de testigos afecta el principio de inmediación y el derecho al
debido proceso?, 5. ): En su opinión, ¿qué vacíos normativos existen actualmente respecto al
control de los testigos en audiencias virtuales?, 6. ¿Qué medidas cree usted que deberían
implementarse para evitar la contaminación de testigos en las audiencias virtuales?, 7. Finalmente,
¿considera que la virtualización de audiencias debería mantenerse en el sistema judicial
ecuatoriano, y bajo qué condiciones para proteger el debido proceso?.
Los tres entrevistados reconocen que las audiencias virtuales son útiles, pero presentan
riesgos de vulneración al debido proceso y falta de regulación.
Todos coinciden en que se necesita un reglamento específico que controle la participación
de testigos y el entorno virtual. Sin embargo, el juez se inclina más hacia la presencialidad; el
defensor público destaca la dificultad de controlar el entorno del testigo y la influencia externa; el
abogado del libre ejercicio valora la accesibilidad y modernización, pero reconoce la necesidad de
control y capacitación.
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Resultados y discusión
Formas de contaminación de testigos en audiencias virtuales en Ecuador
La experiencia judicial ecuatoriana reciente ha evidenciado que las audiencias virtuales
pueden facilitar situaciones de contaminación de testigos, entendida como cualquier forma de
interferencia que afecta la espontaneidad, veracidad o autonomía de su declaración. Uno de los
mecanismos más recurrentes es la presencia no visible de personas externas que se encuentran
junto al testigo durante su intervención, lo que puede derivar en coacciones, señas, sugerencias o
presiones sutiles que condicionan su testimonio. Esta práctica, casi imposible de detectar en
entornos virtuales sin protocolos de control, debilita la autenticidad probatoria y representa una
afectación directa al principio de inmediación.
Otro modo frecuente de contaminación se presenta a través de instrucciones previas dadas
al testigo sobre qué declarar y cómo hacerlo, aprovechando la ausencia de controles físicos previos
al acto procesal. Esta preparación indebida, que en muchos casos constituye una forma de
direccionamiento del testimonio, encuentra en la virtualidad un terreno fértil, ya que no siempre
existe un control efectivo sobre la identificación, ubicación o aislamiento del testigo antes de su
intervención. Las dificultades técnicas, como el uso de maras con ángulos limitados o
micrófonos deficientes, también impiden advertir señales de manipulación externa.
Asimismo, se han documentado casos en los que los testigos leen sus declaraciones desde
documentos previamente preparados, visibles en sus pantallas o dispositivos, lo cual compromete
la espontaneidad requerida en el juicio oral. Esta modalidad ha sido denunciada por fiscales y
defensores públicos en diversos boletines institucionales, y ha sido reconocida por el Consejo de
la Judicatura como un riesgo procesal que debe ser gestionado. Sin mecanismos de verificación
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visual y tecnológica del entorno del declarante, estas conductas se mantienen como focos críticos
dentro del proceso penal digitalizado.
Finalmente, una forma sutil pero igualmente preocupante de contaminación de testigos
radica en el uso de plataformas tecnológicas no seguras o en conexiones compartidas que permiten
la intromisión de terceros. La falta de supervisión sobre la conexión del testigo, combinada con la
precariedad técnica de ciertos tribunales o usuarios, facilita situaciones en las que se pierde el
control sobre quién escucha o influye en la declaración. Estos hallazgos reafirman la necesidad de
adoptar medidas correctivas y normativas que aseguren el aislamiento efectivo del testigo, la
observación directa por parte del juzgador y la protección de la inmediación como garantía del
debido proceso.
Impacto de la contaminación de testigos en el principio de inmediación y el debido proceso
El principio de inmediación exige que el juez perciba directamente la prueba producida en
el juicio oral, especialmente aquella de carácter testimonial. La presencia de contaminación de
testigos en audiencias virtuales interfiere con esta exigencia, en tanto impide al juzgador observar
en condiciones óptimas el lenguaje corporal, la expresión emocional y la interacción genuina del
testigo. La virtualidad reduce la tridimensionalidad del contacto entre el tribunal y los declarantes,
dificultando la valoración completa de la credibilidad, lo que constituye una vulneración al
estándar constitucional de inmediación garantizado en el artículo 11 del COIP.
Esta afectación no es meramente teórica, pues el debido proceso implica un conjunto de
garantías interdependientes entre las que se encuentra la confrontación pública, el contradictorio y
la transparencia. La contaminación testimonial rompe el equilibrio procesal al generar una prueba
sesgada, lo que perjudica tanto el derecho de defensa como la imparcialidad judicial. En efecto, si
el testigo está siendo influenciado o monitoreado, la contraparte pierde la oportunidad de interrogar
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sobre la base de un testimonio libre y autónomo, vulnerando así la estructura adversarial del juicio
penal ecuatoriano.
Además, la presencia de estas prácticas no solo debilita la inmediación, sino que erosiona
la confianza en el sistema judicial. En un proceso penal, la verdad procesal depende en gran medida
de la calidad de la prueba, y esta, a su vez, de las condiciones en las que fue producida. Cuando
los testimonios son obtenidos en contextos de posible interferencia, la validez y legitimidad de la
decisión judicial se ven comprometidas. Por ello, la afectación al debido proceso trasciende lo
formal y se convierte en una amenaza al derecho sustancial de acceso a una justicia imparcial y
efectiva.
En este sentido, los resultados permiten concluir que la virtualización de las audiencias, si
bien necesaria por razones de salud y modernización, debe estar acompañada de garantías
procesales adicionales que compensen la pérdida de control físico sobre el entorno. La ausencia
de estas garantías, como ha sido evidenciado en los casos analizados, genera un impacto negativo
en la inmediación judicial y, en consecuencia, en la calidad del juicio. Esta constatación refuerza
la urgencia de revisar protocolos, capacitar a los operadores de justicia y reformar el marco
normativo para preservar el estándar del debido proceso en la era digital.
Examen del marco normativo aplicable a las audiencias virtuales en el proceso penal
ecuatoriano
El análisis del marco jurídico ecuatoriano revela que el Código Orgánico Integral Penal
establece el principio de inmediación como una de las garantías fundamentales del proceso penal,
en concordancia con lo dispuesto por el artículo 76 de la Constitución de la República del Ecuador.
No obstante, dicho cuerpo normativo no contempla de manera expresa disposiciones específicas
que regulen el uso de medios virtuales en la práctica testimonial, ni establece salvaguardas
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suficientes para prevenir la contaminación de testigos en entornos digitales. Esta omisión deja un
vacío normativo que ha sido parcialmente cubierto por instrumentos administrativos como
resoluciones del Consejo de la Judicatura y lineamientos provisionales emitidos durante la
pandemia.
Entre los documentos más relevantes se encuentra el “Protocolo para el desarrollo de
audiencias telemáticas en la Corte Nacional de Justicia, emitido por el Consejo de la Judicatura
en 2021, el cual establece parámetros generales para la conexión, identificación y conducta de las
partes durante las audiencias virtuales. Sin embargo, dicho protocolo carece de fuerza normativa
equivalente a una ley, y su contenido es insuficiente para garantizar el cumplimiento riguroso del
principio de inmediación. En particular, no establece procedimientos efectivos de verificación del
entorno físico del testigo, ni contempla sanciones procesales claras en caso de que se detecte una
posible manipulación de la prueba testimonial.
El contraste con experiencias normativas comparadas evidencia un desfase regulatorio
importante. Países como Colombia, Chile y España han desarrollado marcos legales o
reglamentarios específicos que incorporan criterios de autenticidad, registro visual continuo,
validación de identidad biométrica y control remoto del entorno del declarante. Estas medidas
permiten al juzgador mantener una supervisión más estricta de la prueba a distancia, reforzando
así los principios de inmediación y contradicción. En Ecuador, la ausencia de una regulación
integral coloca a los jueces en una situación de inseguridad jurídica respecto de cómo valorar
testimonios rendidos en condiciones dudosas.
En suma, los hallazgos muestran que el marco normativo ecuatoriano en su estado actual
no garantiza una protección efectiva del principio de inmediación frente a los desafíos de la
digitalización judicial. Esta laguna normativa amplifica el riesgo de vulneraciones al debido
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proceso y compromete la legitimidad de las decisiones judiciales adoptadas sobre la base de
testimonios posiblemente contaminados. Por tanto, se vuelve imperativo reformar el COIP y los
reglamentos complementarios para introducir regulaciones precisas, técnicas y vinculantes que
regulen la recepción de prueba testimonial en entornos virtuales.
Conclusiones
Los resultados obtenidos permiten afirmar que las audiencias virtuales, si bien han
representado una solución funcional frente a los retos logísticos derivados de la pandemia, también
han generado una serie de vulnerabilidades en la protección de garantías procesales fundamentales.
En particular, la contaminación de testigos constituye un fenómeno creciente en el entorno digital,
que debilita la credibilidad de la prueba, afecta la inmediación judicial y distorsiona el
contradictorio, pilares esenciales del juicio oral penal. Este hallazgo se verifica empíricamente en
la práctica de los operadores judiciales y se confirma al contrastar la normativa vigente con los
estándares del derecho constitucional e internacional.
La falta de un marco normativo robusto que regule las condiciones en que debe rendirse la
prueba testimonial virtual ha generado un terreno de discrecionalidad operativa que, en muchos
casos, deja desprotegidos tanto a los testigos como a las partes procesales. Esta situación se traduce
en una desnaturalización del proceso penal oral, al trasladar al espacio digital sin adecuadas
garantías una fase procesal altamente sensible. El déficit normativo no solo debilita la inmediación,
sino que pone en entredicho el principio de legalidad procesal, al permitir que decisiones
jurisdiccionales se sustenten en pruebas recogidas en condiciones irregulares o inciertas.
Frente a esta problemática, se propone incorporar en el COIP o en un reglamento específico
disposiciones claras y obligatorias que regulen la recepción de prueba testimonial en entornos
virtuales. Estas deberían incluir: i) verificación previa del entorno físico del testigo mediante
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registro visual panorámico; ii) prohibición expresa de acompañamiento no autorizado durante la
declaración; iii) obligatoriedad del uso de plataformas seguras con doble autenticación; iv)
posibilidad de interrupción de la audiencia en caso de sospecha de interferencia; y v) formación
continua a jueces y defensores sobre criterios técnicos y jurídicos para garantizar la autenticidad
del testimonio virtual.
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